Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 1999 (18/05/1999)


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NORMAS LEGALES
ACORDO:

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 1999

Articulo 2º.- Modifiquese el tercer parrafo del Articulo 3º de la Ordenanza Nº 019-MDA, en los siguientes terminos: "Tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligacion de pago de la primera cuota trimestral de los arbitrios vence el 31 de MORDAZA de 1999". POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 6439

Articulo Primero.- Prorrogar por sesenta (60) dias la Situacion de Urgencia de los servicios de Limpieza Publica de la Municipalidad de La Victoria. Articulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA, para que en vista de la prorroga de la Situacion de Urgencia, prosiga con las medidas tendientes a superar y revertir la situacion en estos servicios esenciales, a efectos de asegurar su continuidad. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 6433

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan plazo de Situacion de Urgencia de los servicios de limpieza publica de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-99-MDLV La MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion extraordinaria de Concejo de fecha 6 de MORDAZA del ano en curso, presidida por el senor Tnte. MORDAZA MORDAZA Fort Laguardia, el informe del Director de Servicios a la MORDAZA, el informe del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y el informe del Director Municipal, mediante los cuales sustentan la necesidad de prorrogar la Situacion de Urgencia, respecto a los servicios de limpieza publica en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el MORDAZA de dicha autonomia, el Articulo 192º inciso 4), de la misma Carta Fundamental, preceptua que las municipalidades son competentes para "Organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su competencia"; Que, en el mismo sentido, el Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades dispone que, las municipalidades son competentes para "Organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales"; Que, el Articulo 71º de la Ley Organica de Municipalidades establece en su inciso 4), que las municipalidades son competentes para sostener o supervigilar, por lo menos, los servicios publicos esenciales para la comunidad, entre los que se encuentran la limpieza publica, seguridad ciudadana y servicios administrativos; Que, de otro lado el Decreto Ley Nº 25593 califica, en su Articulo 83º, que los servicios de limpieza y saneamiento como servicios publicos esenciales; Que, de acuerdo a los informes que sustentan el presente acuerdo se advierte, que los servicios de limpieza publica del distrito, continuan en situacion critica, la cual hace peligrar la continuidad de este servicio esencial, situacion que se ve agravada no solo por el volumen de desechos y desperdicios que produce la MORDAZA, sino tambien por el estado de la infraestructura, equipos, vehiculos y personal, que no permiten que dicho servicio se preste, en forma eficiente y oportuna; Que, esta situacion no solo conduce a que la municipalidad incumpla con prestar los servicios publicos esenciales a la que esta obligada, sino que pone en inminente peligro la salud de la poblacion que reside en la jurisdiccion del distrito; Que, en consecuencia, resulta necesario prorrogar la Situacion de Urgencia de los servicios de limpieza publica de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, con la finalidad de que la administracion adopte las medidas necesarias y de urgencia que permitan superar y revertir la situacion critica de estos servicios y asi asegurar su continuidad en beneficio de la comunidad; Estando al merito de lo expuesto, de conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades; el Concejo por UNANIMIDAD;

Aprueban exoneracion del requisito de Concurso Publico para la contratacion de Servicios de Limpieza Publica
RESOLUCION Nº 0193-99-ALC/MDLV La MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; el Acuerdo de Concejo Nº 025-99-MDLV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, por el cual el Concejo Distrital de La MORDAZA por unanimidad, prorrogo por sesenta (60) dias la "Situacion de Urgencia" de los Servicios de Limpieza Publica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades, dispone que las municipalidades son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos esenciales; Que, los servicios de Limpieza Publica del distrito, continuan en situacion critica, situacion que hace peligrar la continuidad de este servicio esencial y la salud de la poblacion, no solo por el volumen de desechos y desperdicios que produce la MORDAZA, sino tambien por la infraestructura, equipos, vehiculos y personal que no permiten que dichos servicios esenciales se presten en forma eficiente y oportuna; Que, con la finalidad de solucionar la situacion de los Servicios de Limpieza Publica en el distrito, el Concejo Distrital de La MORDAZA, por votacion unanime mediante Acuerdo de Concejo Nº 025-99-MDLV, prorrogo por sesenta (60) dias la Situacion de Urgencia de dichos servicios, asimismo, faculto expresamente al senor MORDAZA para que adopte las medidas necesarias para revertir y superar la situacion y asi asegurar la continuidad de la Limpieza Publica en beneficio de la comunidad; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del requisito de Concurso Publico para la contratacion de los Servicios de Limpieza Publica, en aplicacion de las normas legales que reglamentan la "Situacion de Urgencia". Articulo Segundo.- Autorizar al organo encargado de las Adquisiciones de Bienes y Servicios de la municipalidad, para que de conformidad con la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, proceda a la seleccion de una empresa que brinde los Servicios de Limpieza Publica; de acuerdo a las especificaciones tecnicas y terminos de referencia que elabore la Jefatura de la Direccion de Servicios a la ciudad. Articulo Tercero.- La Direccion Municipal, la Direccion de Administracion y la Direccion de Servicios a la MORDAZA, seran los encargados de dar cumplimiento a la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribase a los organismos competentes, MORDAZA legalizada de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 6444

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