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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 1999 (18/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 173274 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de mayo de 1999 Artículo 2º.- Modifíquese el tercer párrafo del Artículo 3º de la Ordenanza Nº 019-MDA, en los siguientes términos: "Tratándose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligación de pago de la primera cuota trimestral de los arbitrios vence el 31 de mayo de 1999". POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 6439 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan plazo de Situación de Ur- gencia de los servicios de limpieza pública de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-99-MDLV La Victoria, 6 de mayo de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 6 de mayo del año en curso, presidida por el señor Tnte. Alcalde José Fort Laguardia, el informe del Director de Servicios a la Ciudad, el informe del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y el informe del Director Municipal, mediante los cuales sustentan la nece- sidad de prorrogar la Situación de Urgencia, respecto a los servicios de limpieza pública en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades tienen autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su competen- cia; Que, en el marco de dicha autonomía, el Artículo 192º inciso 4), de la misma Carta Fundamental, preceptúa que las munici- palidades son competentes para "Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su competencia"; Que, en el mismo sentido, el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que, las municipalidades son com- petentes para "Organizar, reglamentar y administrar los servi- cios públicos locales"; Que, el Artículo 71º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su inciso 4), que las municipalidades son competen- tes para sostener o supervigilar, por lo menos, los servicios públicos esenciales para la comunidad, entre los que se encuen- tran la limpieza pública, seguridad ciudadana y servicios administrativos; Que, de otro lado el Decreto Ley Nº 25593 califica, en su Artículo 83º, que los servicios de limpieza y saneamiento como servicios públicos esenciales; Que, de acuerdo a los informes que sustentan el presente acuerdo se advierte, que los servicios de limpieza pública del distrito, continúan en situación crítica, la cual hace peligrar la continuidad de este servicio esencial, situación que se ve agravada no sólo por el volumen de desechos y desperdicios que produce la ciudad, sino también por el estado de la infraestructura, equipos, vehículos y personal, que no permi- ten que dicho servicio se preste, en forma eficiente y oportu- na; Que, esta situación no sólo conduce a que la municipalidad incumpla con prestar los servicios públicos esenciales a la que está obligada, sino que pone en inminente peligro la salud de la población que reside en la jurisdicción del distrito; Que, en consecuencia, resulta necesario prorrogar la Situa- ción de Urgencia de los servicios de limpieza pública de la Municipalidad Distrital de La Victoria, con la finalidad de que la administración adopte las medidas necesarias y de urgencia que permitan superar y revertir la situación crítica de estos servicios y así asegurar su continuidad en beneficio de la comu- nidad; Estando al mérito de lo expuesto, de conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipali- dades; el Concejo por UNANIMIDAD;ACORDO: Artículo Primero.- Prorrogar por sesenta (60) días la Situación de Urgencia de los servicios de Limpieza Pública de la Municipalidad de La Victoria. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde, para que en vista de la prórroga de la Situación de Urgencia, prosiga con las medidas tendientes a superar y revertir la situación en estos servicios esenciales, a efectos de asegurar su continuidad. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 6433 Aprueban exoneración del requisito de Concurso Público para la contratación de Servicios de Limpieza Pública RESOLUCION Nº 0193-99-ALC/MDLV La Victoria, 7 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; el Acuerdo de Concejo Nº 025-99-MDLV de fecha 6 de mayo de 1999, por el cual el Concejo Distrital de La Victoria por unanimidad, prorrogó por sesenta (60) días la "Situación de Urgencia" de los Servicios de Limpieza Pública; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, en el mismo sentido, el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las municipalidades son com- petentes para organizar, reglamentar y administrar los servi- cios públicos esenciales; Que, los servicios de Limpieza Pública del distrito, conti- núan en situación crítica, situación que hace peligrar la conti- nuidad de este servicio esencial y la salud de la población, no sólo por el volumen de desechos y desperdicios que produce la ciudad, sino también por la infraestructura, equipos, vehículos y perso- nal que no permiten que dichos servicios esenciales se presten en forma eficiente y oportuna; Que, con la finalidad de solucionar la situación de los Servi- cios de Limpieza Pública en el distrito, el Concejo Distrital de La Victoria, por votación unánime mediante Acuerdo de Concejo Nº 025-99-MDLV, prorrogó por sesenta (60) días la Situación de Urgencia de dichos servicios, asimismo, facultó expresamente al señor Alcalde para que adopte las medidas necesarias para revertir y superar la situación y así asegurar la continuidad de la Limpieza Pública en beneficio de la comunidad; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del requisito de Concurso Público para la contratación de los Servicios de Limpieza Pública, en aplicación de las normas legales que reglamentan la "Situación de Urgencia". Artículo Segundo.- Autorizar al órgano encargado de las Adquisiciones de Bienes y Servicios de la municipalidad, para que de conformidad con la Ley Nº 26850 de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y su reglamento, proceda a la selección de una empresa que brinde los Servicios de Limpie- za Pública; de acuerdo a las especificaciones técnicas y térmi- nos de referencia que elabore la Jefatura de la Dirección de Servicios a la ciudad. Artículo Tercero.- La Dirección Municipal, la Dirección de Administración y la Dirección de Servicios a la ciudad, serán los encargados de dar cumplimiento a la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase a los organismos compe- tentes, copia legalizada de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 6444