Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 1999 (22/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 1999

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran caducidad de contrato de concesion suscrito por la Municipalidad con empresa para la ejecucion del proyecto "Remodelacion del MORDAZA Central"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 201-99-ALC/MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA San MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 Visto, el Informe de Inspeccion Ocular de la Direccion de Desarrollo Urbano. CONSIDERANDO: Que, con arreglo a la Ordenanza Nº 098-96-MML que aprobo el "Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Publicos Locales en la provincia de Lima" y su modificatoria Ordenanza Nº 112-97-MML y segun Resolucion de Alcaldia Nº 285-96-ALC/MSI de fecha 14 de MORDAZA de 1996 se aprobo la iniciativa presentada por la firma Inmobiliaria Constructores S.A. para la ejecucion y explotacion del proyecto denominado "Remodelacion del MORDAZA Central" en el distrito de San Isidro; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 099-97-ALC/MSI de fecha 17 de marzo de 1997 se aprobo las Bases del Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-97-MSI denominado "Remodelacion del MORDAZA Central" y se convoco a concurso de fechas 22 y 23 de marzo de 1997; Que, por Resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones Nº 001-97-CAC/MSI de fecha 11 de MORDAZA de 1997 publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 22 del mismo mes y ano, se otorgo a la firma Inmobiliaria Constructores S.A., la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-97-MSI, para la ejecucion, concesion y explotacion del proyecto denominado "Remodelacion del MORDAZA Central"; Que, la Municipalidad de San MORDAZA e Inmobiliaria Constructores S.A. con fecha 6 de agosto de 1997 suscribieron contrato de concesion para el uso y explotacion de las obras de infraestructura a ser ejecutadas en el subsuelo del area publica del MORDAZA Central, asi como las obras de infraestructura que contempla el proyecto a nivel de superficie descrito en la clausula MORDAZA del mencionado contrato; Que, tal como consta del acta de entrega de terreno de fecha 17 de setiembre de 1998, la Municipalidad de San MORDAZA representada por el entonces Director de Desarrollo MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hizo entrega fisica y formal del terreno a la empresa Inmobiliaria Constructores S.A. representada por el Ing. MORDAZA Camarero; Que, de conformidad a las Clausulas Octava y Decimo MORDAZA del Contrato de Concesion es obligacion de la concesionaria iniciar los trabajos en el MORDAZA Central dentro del plazo de seis (6) meses de entregado el terreno y en caso de incumplimiento la municipalidad declarara la caducidad del contrato de concesion sin necesidad de pronunciamiento judicial; Que, segun Informe de la Direccion de Desarrollo MORDAZA se constato que la empresa Inmobiliaria Constructores S.A. no ha iniciado obras en el MORDAZA Central, pese habersele requerido notarialmente en diversas oportunidades; Que, el inciso l) del Articulo 40ºde la Ordenanza Nº 098-96-MML que aprobo el "Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Publicos Locales en la provincia de Lima" establece que son obligaciones de la concesionaria cumplir con las clausulas que se pacten en el contrato de concesion; Que, es facultad municipal como organo concedente, declarar la caducidad del contrato de concesion cuando concurra alguna de las causales senaladas en la ley o en el contrato, tal como lo prescribe el numeral i) del Articulo 41º de la MORDAZA citada MORDAZA legal; Que, asi mismo se colige del Articulo 1361º del Codigo Civil, que los contratos son obligatorios en cuanto se hayan expresado en ellos, y en el presente caso la concesionaria ha incumplido su obligacion, al no iniciar las obras dentro del plazo senalado en el contrato de concesion, en consecuencia debe declararse la caducidad del contrato de concesion suscrito por la Municipalidad de San MORDAZA e Inmobiliaria Constructores S.A.; Que, con arreglo al inciso 13) del Articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, concordante con el Articulo 4º del Reglamento para la Ejecucion de Obras en las Areas de Dominio Publico, aprobado por Ordenanza Nº 203-99MML, es competencia municipal, conservar, ejecutar, administrar y autorizar obras en las areas de dominio publico; Estando a lo opinado al Informe Nº 237-99-09-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica;

En uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y Ordenanza Nº 098-96-MML; RESUELVE: 1º.- Declarar la CADUCIDAD del contrato de concesion suscrito por la Municipalidad de San MORDAZA e Inmobiliaria Constructores S.A. de fecha 6 de agosto de 1997, en consecuencia dejar sin efecto el mencionado contrato. 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Alcaldia Nº 285-96ALC/MSI y Nº 099-97-ALC/MSI que aprobaron la iniciativa privada presentada por Inmobiliaria Constructores S.A. y las Bases del Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-97-MSI, denominado "Remodelacion del MORDAZA Central" y consecuentemente la Resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones Nº 001-97-CAC-MSI. 3º.- La Municipalidad de San MORDAZA se reserva su derecho de interponer las acciones legales que estime convenientes, en relacion al MORDAZA Central. 4º.- Este Concejo reasume la competencia municipal del MORDAZA Central, pudiendo ejecutar las acciones convenientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 6724

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo de inscripcion para participar en matrimonio civil comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-99-MDSL San MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 116-99-CDSL se aprobo la realizacion del matrimonio civil comunitario para el dia 29 de MORDAZA de 1999, expidiendose el Decreto de Alcaldia Nº 006-99; Que, asimismo el acuerdo y decreto mencionados en el considerando precedente en su Articulo MORDAZA faculto a la administracion para que se encargue de las publicaciones pertinentes del referido matrimonio y el Articulo MORDAZA establecio como inicio de las inscripciones el 15 de MORDAZA y como cierre de inscripcion el 17 de MORDAZA del ano en curso; Que, la actual gestion municipal al aprobar la realizacion del matrimonio civil comunitario busca la mayor concurrencia de participantes, ya que el objetivo es llegar a la mayoria de los vecinos del distrito de San MORDAZA, por lo que se hace necesario prorrogar el plazo para la inscripcion del matrimonio civil comunitario con el afan de seguir acrecentando el numero de parejas que deseen contraer matrimonio civil; Que, el Codigo Civil en su Articulo 252º establece que "El MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Articulo 248º del mismo cuerpo de ley", que tratandose de un matrimonio civil comunitario su publicacion irrogaria un excesivo gasto a la municipalidad; Que, estando a lo aprobado por unanimidad del Concejo mediante Acuerdo Nº 154-99-CDSL y en aplicacion a lo dispuesto en los Articulos 248º y 252º del Codigo Civil, los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de inscripcion para el matrimonio civil comunitario hasta el 26 de MORDAZA de 1999. Articulo Segundo.- DISPENSAR el tramite de publicacion de los avisos del matrimonio civil comunitario con arreglo a ley. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Direccion de Servicios Sociales, Oficina de Registro Civil, Administracion y Relaciones Publicas, en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6726

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