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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (19/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

Pág. 180418 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de noviembre de 1999 Que, la Municipalidad Provincial del Callao, expidió el día 10 de junio el Decreto de Alcaldía Nº 015-97 en virtud del cual se crea en la Provincia Constitucional del Callao, el procedimiento, requisitos de empadronamiento y autoriza- ción para el ejercicio del Servicio de Taxi-Callao-SETACA, norma elevada a la categoría de Ordenanza Municipal Nº 000019 de fecha 1 de octubre de 1999; Que, el día 26 de julio del presente año las Autoridades de la Municipalidad Provincial del Callao sostuvieron una reunión con los diferentes dirigentes de transporte del Callao, entre los que se encontraban el Presidente del Sindicato de Choferes del Callao y el Presidente de los Taxistas del Callao y demás representantes de dicho gre- mio arribándose a diferentes acuerdos que es menester que se formalicen en una norma municipal; En ejercicio de las facultades conferidas mediante la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER hasta el 31 de diciembre de 1999 en S/. 168.00 nuevos soles la suma que como derecho de pago para la inscripción de vehículos en el Servicio de Taxi - Callao SETACA, deberán abonar los contribuyentes que ejerzan dicha actividad. Esta suma se podrá fraccionar en cuatro cuotas mensuales de S/. 42.00 nuevos soles cada una, más los pagos adicionales correspondientes, establecidos en la referida norma muni- cipal. La misma fecha establecida en el primer párrafo regirá para obtener la renovación anual, previo pago de S/. 61.60 nuevos soles, más S/. 28.00 nuevos soles de Constatación de Características. Artículo Segundo.- OTORGAR como plazo máximo 30 días hábiles a partir de la vigencia de la presente Norma Municipal para la Anulación de las Multas por infracciones a la Ordenanza indicada, para aquellos contribuyentes que inscriban sus unidades en Servicio de Taxi - Callao, SETA- CA, en dicho lapso; incluyéndose las multas sujetas a cobranza coactiva, sin perjuicio de los pagos correspon- dientes por concepto de gastos administrativos y costas procesales que hayan generado. Artículo Tercero.- AUTORIZAR como paraderos for- males para el Servicio de Taxi los siguientes lugares: Jr. Cuzco, primera cuadra; Jr. Cochrane primera y segunda cuadra; y Jr. Saloom primera y segunda cuadra. Artículo Cuarto.- DAR cuenta del presente Decreto de Alcaldía al Concejo Municipal Provincial del Callao. Artículo Quinto.- La presente norma entrará en vi- gencia al siguiente día de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 14382 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Aprueban exoneración de proceso de selección de obra vial, a ejecutarse en el distrito de Callería RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 585-99-MPCP Pucallpa, 7 de setiembre de 1999 VISTO, el Acuerdo por unanimidad contenido en el Acta de Coordinación de Funcionarios de la Munici- palidad Provincial de Coronel Portillo, de fecha 3 de setiembre de 1999.CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 550-99-MPCP, de fecha 25.8.99, se aprobó el Expediente Técnico de la Obra "Enripiado de Accesos a Calles Principales en la zona Urbana y Asentamientos Humanos de Pucallpa, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, Ucayali; cuyo Presu- puesto Base asciende a la suma de S/. 673,911.40 (Seiscien- tos Setentitrés Mil Novecientos Once y 40/100 Nuevos Soles), a precios unitarios y a precios del mes de agosto de 1999. Que asimismo, en la Resolución de Alcaldía, señalada en el párrafo precedente en su Segundo Artículo, se autorizó a la Dirección General de Obras y Promoción de Inversio- nes, la Convocatoria para la ejecución de la mencionada obra. Que, la Dirección General de Obras y Promoción de Inversiones en su condición de Organo Encargado, sostuvo una reunión de coordinación el día 3.9.99, con los Señores Directores de la Dirección Municipal, Dirección General de Administración, Dirección de Asesoría Legal y Dirección General de Planificación, en la que luego de revisados los antecedentes consideraron: Primero.- Que, la Oficina de Asentamiento Rural de Pucallpa (OAR-PUC) del Ejército Peruano, ha suscrito con nuestra Municipalidad un Conve- nio de Cooperación Técnica, la que faculta celebrar Contra- tos para ejecución de obras, y Segundo.- Que la menciona- da Entidad Pública Castrense en la actualidad viene ejecu- tando una obra a favor de nuestra Institución Edil, en la que nos ha permitido un descuento del 10% del Costo total y de continuar con dicho ofrecimiento en la obra descrita en el primer Considerando, nos permitiría ampliar nuestra co- bertura de enripiados en otras calles de nuestra ciudad, y luego del análisis de la Ley Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM, y Contando con la opinión favorable de los asistentes, acordaron por Unanimidad celebrar Contrato para la ejecución de la obra en mención con la Oficina de Asentamiento Rural (OAR-Pucallpa) del Ejército Peruano. Que, mediante Carta Nº 150-99-MPCP-DGOPI, de fe- cha 6.9.99, la Dirección General de Obras y Promoción de Inversiones de esta Entidad Edil, invitó a la OAR-Pucallpa, a que presente su propuesta económica. Asimismo median- te Oficio Nº 009-99-AR, de fecha 7.7.99, la Oficina de Asentamiento Rural de Pucallpa, presentó su propuesta económica, aceptando suscribir Contrato para la ejecución de la obra referida, ofertando para cuyo efecto, un descuento del 20% (S/. 112,264.80), fijándose como resultado la canti- dad de S/. 561,646.60 (Quinientos Sesentiún Mil Seiscien- tos Cuarentiséis y 60/100 Nuevos Soles), como monto mate- ria de Contrato. Que, de conformidad a lo señalado en el Art. 19º, inciso a) y el Art. 20º, inciso c) de la Ley Nº 26850, la presente ejecución de la obra descrita en el Primer Considerando se deberá exonerar del proceso de selección toda vez que la relación contractual será entre Entidades del Sector Públi- co, y el asunto refiere a ejecución de obras, que se deberá aprobar mediante Resolución de la máxima Autoridad de la Entidad Edil. Que, en uso de las facultades que confiere la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853, Art. 47º, incisos 6) y 17); SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración del proceso de selección de la obra a ejecutar: "Enripiado de Accesos a Calles Principales en la Zona Urbana y Asenta- mientos Humanos de Pucallpa", la misma que se encuentra aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 550-99-MPCP, de fecha 25.8.99. Artículo Segundo.- ADJUDICAR a la Oficina de Asen- tamiento Rural Pucallpa (OAR-Pucallpa), la obra descrita en el artículo precedente, para cuyo efecto se deberá suscri- bir el respectivo Contrato. Artículo Tercero.- PROCEDASE a poner en conoci- miento la presente Resolución, tal y conforme lo establece el Art. 19º, segundo párrafo de la Ley Nº 26850, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su expedi- ción. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 14366