Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 1999 (19/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 1999

vigencia de la mencionada Resolucion, se efectuara la clasificacion del Sistema Electrico Ingenio- Changuillo, para lo cual la empresa concesionaria Electro Sur Medio S.A. debera remitir a la Comision de Tarifas de Energia la informacion correspondiente; Que, Electro Sur Medio mediante Oficio N° GG-501-99 remitio la informacion correspondiente para la clasificacion del Sistema Electrico Ingenio-Changuillo, la misma que, analizada por la Comision de Tarifas de Energia, ha sido encontrada conforme, lo que permite la clasificacion del Sistema Electrico Ingenio _ Changuillo; Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesion N° 022-99 de fecha 10 de noviembre de 1999; RESUELVE: Articulo Primero.- Fijese la Clasificacion del Sistema Electrico Ingenio-Changuillo, perteneciente a la Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A., como Sector Tipico 4. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de diciembre de 1999. Articulo Tercero.- Dejese en suspenso las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Resolucion. MORDAZA ZOLEZZI MORDAZA Presidente 14374

Group, no irrogando gasto alguno con cargo al presupuesto institucional. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 14387

ESSALUD
Sancionan con destitucion a servidora de la Gerencia Departamental de San MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL Nº 217-GDSM-ESSALUD-1999 Moyobamba, 28 de octubre de 1999

CONASEV
Autorizan viaje de funcionaria de la CONASEV a los Estados Unidos Mexicanos, en comision de servicios
RESOLUCION CONASEV Nº 102-99-EF/94.10 MORDAZA, 16 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de noviembre de 1999, CONASEV, ha recibido la invitacion de The World Bank Group a fin de que se designe un funcionario de esta Comision Nacional para que como representante del ente regulador del MORDAZA de valores peruano asista a la reunion del International Advisory Council (IAC) que agrupa a expertos internacionales en sistemas de pagos y compensacion y liquidacion de valores, cuyo objetivo es la revision del trabajo de las dos primeras misiones llevadas a cabo en Peru y Argentina; Que, la referida invitacion exige el traslado del funcionario que CONASEV designe a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos del 21 al 24 de noviembre de 1999, asumiendo The World Bank Group todos los gastos del viaje, no irrogando, en consecuencia, gasto alguno con cargo al presupuesto de esta Comision Nacional; Que, dado que la invitacion recibida esta directamente vinculada con las funciones que corresponden a la Gerencia de Operaciones de esta Comision Nacional, se considera necesario autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Nunez, Gerente de Operaciones a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos del 21 al 24 de noviembre para los fines expuestos en el primer considerando de la presente Resolucion; Estando a lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15, asi como a lo acordado en sesion de Directorio de fecha 15 de noviembre de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Nunez, Gerente de Operaciones de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos del 21 al 24 de noviembre de 1999, para los fines expuestos en la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion sera asumido por The World Bank

VISTA: La Carta Nº 06-CPAD-GDSM-ESSALUD-99 sobre pronunciamiento de la situacion laboral de la servidora MORDAZA K. Ocmin MORDAZA y el Acta de fecha veintidos de octubre de mil novecientos noventinueve, emitida por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Departamental de San Martin; CONSIDERANDO: Que mediante Ejecutoria de fecha doce de MORDAZA de mil novecientos noventiocho, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro no haber nulidad en la sentencia recurrida entre otros a la servidora MORDAZA K. Ocmin MORDAZA como participe de los delitos contra la administracion publica - Corrupcion de Funcionarios en agravio del ex IPSS ahora ESSALUD y el Estado; Que el Articulo 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, disponen que "la condena privativa de la MORDAZA por delito doloso cometido por un servidor publico lleva consigo la destitucion automatica"...; y que... "La condena penal consentida y ejecutoriada privativa de la MORDAZA por delito doloso acarrea destitucion automatica. En el caso de condena condicional la Comision Permanente de Procesos Administrativos evalua si el servidor puede seguir prestando servicios siempre y cuando el delito no este relacionado con las funciones asignadas ni afecte la administracion publica"; Que en el presente caso se trata de una condena penal consentida y ejecutoriada que impone entre otros, a la servidora MORDAZA K. Ocmin MORDAZA, como encargada del Area de Adquisiciones - Division de Logistica de la Gerencia Departamental de San MORDAZA, un ano de pena privativa de la MORDAZA suspendida condicionalmente por el periodo de prueba de un ano por los delitos contra la administracion publica y corrupcion de funcionarios en agravio del ex IPSS ahora ESSALUD y el Estado, fijando por concepto de reparacion civil la cantidad de un mil nuevos soles; en consecuencia, se debe proceder a la destitucion automatica de la indicada servidora; Por los argumentos expuestos, de conformidad con lo senalado en el Art. 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, a lo recomendado en el Acta emitida por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Departamental de San MORDAZA, y en uso de las facultades delegadas;

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