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Pág. 180431 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de noviembre de 1999 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE DR. JOSE ANTONIO OBLITAS VERA JUEZ DE PAZ LETRADO DRA. GRACIELA CUIQUITA CONTRERAS JUEZ DE PAZ LETRADO DR. WALTER ENRIQUE NECIOSUP PUICAN JUEZ DE PAZ LETRADO DRA. PATRICIA DEL CARMEN VALLEJOS MEDINA JUEZ DE PAZ LETRADO DR. AUGUSTO GABRIEL FERNANDEZ CUSMAN JUEZ DE PAZ LETRADO DR. JUAN CARLOS ARBULU ZUÑIGA JUEZ DE PAZ LETRADO DR. ANDRES ENRIQUE MOZO MAEDA JUEZ DE PAZ LETRADO DRA. ELVA MARINA SANCHEZ VASQUEZ JUEZ DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS DR. OSCAR VILLANUEVA BECERRA JUEZ DE PAZ LETRADO DR. RODOMRO VILCARROMERO SILVA JUEZ DE PAZ LETRADO DR. JUAN R. PERALTA RIOS JUEZ DE PAZ LETRADO DR. JUAN VALDIZAN ECHEVARRIA JUEZ DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA DR. JOSE ANGELES TORRES LEYVA JUEZ DE PAZ LETRADO DRA. MARTHA DIAZ MEREJILDO JUEZ DE PAZ LETRADO DR. LUIS ALBERTO ROLDAN MERA JUEZ DE PAZ LETRADO DR. SEGUNDO IDROGO ZAMORA JUEZ DE PAZ LETRADO DRA. GLORIA LOCONI CAPITAN JUEZ DE PAZ LETRADO DR. JAIME ROBLES DEXTRE JUEZ DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA DR. LUIS ALBERTO PEREZ GRANADOS JUEZ DE PAZ LETRADO Segundo.- Conceder licencia con goce de haber a los Magistrados mencionados en el artículo anterior del 22 al 26 de noviembre de 1999, debiendo presentar a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial un informe de la actividad académica realizada. Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no irrogará gasto alguno al presupuesto del Pliego del Poder Judicial. Cuarto.- Transcribir la presente Resolución al Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes, San Martín, La Libertad, Lambayeque, Amazo- nas, Cajamarca, Del Santa y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ 14441 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Modifican resolución en la parte referi- da a la redistribución de carga proce- sal entre juzgados de paz letrados de El Agustino RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 455-1999-P-CSJLI/PJ Lima, 18 de noviembre de 1999 VISTOS: El Informe presentado por la Comisión de Especia- lización de los Juzgados de Paz Letrado de Lima de fecha 16 de diciembre de 1998 y la Resolución Admi- nistrativa Nº 307-98-P-CSJL-PJ de fecha 16 de diciem- bre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las resoluciones de vista se dispuso la Especialización de los Juzgados de Paz Letrado de El Agustino;Que, de la información evacuada se puede apreciar que en la actualidad existe una grave desproporción entre la carga que soporta el Segundo Juzgado de Paz Letrado de El Agustino compuesta por los expedientes civiles en ejecución de sentencia, procesos de Familia, No Contenciosos, Laborales y Penales en trámite y Ejecución, sumando todos un total de 1,287 procesos; y la carga del Primer Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito compuesta por los expedientes Civiles en trámi- te en número de 195, lo que debe ser corregido trasla- dando al Primer Juzgado algunas materias, como es el caso de los procesos Laborales en trámite; así como, los procesos de Familia en trámite y ejecución, lo cual permitirá un reparto proporcional de la carga procesal; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirigiendo la política interna del mismo, con- forme a los lineamientos emanados de la Comisión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecutiva; por lo que, asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones ad- ministrativas dictadas para la mejor organización y funcionamiento de las Dependencias que conforman su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y a mérito de las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el contenido de los Artículos Primero y Segundo de la Resolución Administrativa Nº 307-98-P-CSJL-PJ, su fecha 16 de diciembre de 1998, como se indica a continuación, que- dando subsistente lo demás que contiene la indicada resolución: "Artículo Primero.- ASIGNESE al Primer Juzgado de Paz Letrado de El Agustino el conocimiento exclusivo de los procesos Civiles y procesos Laborales en trámite hasta la expedición del fallo definitivo o la resolución que ponga fin al proceso; así como, los procesos de Familia en ejecución y trámite que son de competencia de los Juzgados de Paz Letrados". "Artículo Segundo.- ASIGNESE al Segundo Juzgado de Paz Letrado de El Agustino el conocimiento exclusivo de los procesos Civiles en Ejecución de Sentencia, No Contenciosos y los procesos Penales que son de compe- tencia de los Juzgados de Paz Letrados." Artículo Segundo.- DISPONER que las modifica- ciones de competencia establecidas en la presente resolu- ción rijan a partir de la fecha; en consecuencia, no se producirá desplazamiento de expedientes de un Juzga- do a otro, permaneciendo cada Judicatura con los expedientes que tiene a su cargo en la fecha, con excep- ción de los procesos de Familia en Ejecución de Senten- cia que son llevados por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de El Agustino, que a la entrada en vigencia de la presente Resolución Administrativa deberá ser en- tregado debidamente inventariado al Primer Juzgado en referencia. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de los señores Magistrados y Administradores de los Módulos Corporativos Manuales de El Agustino. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 14484