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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (20/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 180437 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de noviembre de 1999 y Séptima Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, respectivamente, y María del Pilar Peralta Ramírez, Fiscal Provincial Titular de la Vigésima Octava Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima y Fiscal Ad Hoc, del 7 al 17 de diciembre de 1999, es necesario encargar los referidos Despachos y designar al Fiscal que se avoque al conocimiento de los casos Ad Hoc materia de las Resoluciones Nº 148-99-MP-CEMP, Artículo Primero, de fecha 10 de marzo de 1999, Nº 688-95-MP-FN de fecha 18 de julio de 1995 y Nº 617-94-MP-FN de fecha 11 de octubre de 1994, por el referido término; En consecuencia, en mérito al Acuerdo Nº 7618 de fecha 18 de noviembre de 1999, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público adopta por unanimidad el Acuer- do Nº 7653 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623, y de las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar los Despachos: Quin- ta Fiscalía Provincial de Familia de Lima, a la doctora Lourdes Bernardita Téllez Pérez, Fiscal Adjunta Provin- cial de la referida Fiscalía; y Séptima Fiscalía Provin- cial de Familia de Lima, a la doctora Rosario del Pilar Elescano Recalde, Fiscal Adjunta Provincial, quien de- berá reincorporarse a la Octava Fiscalía Provincial de Familia de Lima al término de la presente encargatura; por el término que dure la licencia de las Fiscales Provinciales Titulares. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Vigésima Octava Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, a la doctora Allyson Cecilia Jaramillo Ortiz, Fiscal Adjunta Provincial Provisional de dicha Fiscalía; y designarla como Fiscal Ad Hoc, para que con retención del mencionado Despacho, se avoque al conocimiento de los casos materia de las Resoluciones Nº 148-99-MP- CEMP, Artículo Primero, de fecha 10 de marzo de 1999, Nº 688-95-MP-FN de fecha 18 de julio de 1995 y Nº 617- 94-MP-FN de fecha 11 de octubre de 1994, por el término que dure la licencia de la doctora María del Pilar Peralta Ramírez, Fiscal Provincial Titular. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Secretario Eje- cutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presidente de la Sala Penal Perma- nente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscal Supremo Provisional de la Cuarta Fiscalía Su- prema en lo Penal y Especializada en Delito de Terroris- mo, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Encargado de la Ges- tión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima, y Fiscales mencionadas, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 14503ADUANAS Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a presuntos responsables de delito contra la administración pública RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 001581 Callao, 17 de noviembre de 1999 VISTOS, el Atestado Nº 044-99-ADUANAS-PP-UIE del 20.OCT.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación alcanzada por la Intendencia de Aduana Aérea del Callao con el Informe Nº 012-98-ADUANAS.0221 del 5.NOV.98, se tomó cono- cimiento de irregularidades detectadas durante el pro- ceso de verificación y recepción de mercancía que se encontraba en custodia de la División de Recaudación y Contabilidad de dicha Renta, para su posterior traslado a los Almacenes de Santa Anita; habiéndose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especia- les Adscrita a ADUANAS, para su indagación técnico- policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Uni- dad, con conocimiento de la Primera Fiscalía Provincial Penal del Callao, se ha formulado el Atestado de Vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal por parte de MARIA ROSA AZAPINTO HOLGA- DO y VICTOR JAVIER TAMAYO PAREDES, quienes, estando encargados de la custodia, control y supervisión de la Caja Fuerte de la referenciada División y consiguientemente de la mercancía entregada en custo- dia, no tomaron las medidas de seguridad ni realizaron inventarios periódicos que determinen la existencia física de la mercancía recepcionada, dando ocasión a que terceras personas se aprovechen de dicha situación y las sustraigan; Que, los hechos anteriormente expuestos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran el delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de PECULADO CULPOSO, previsto y penado en el Artículo 387º, párrafo tercero, del Código Penal, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Público de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones legales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley General de ADUANAS, Decreto Legislativo Nº 809; y, En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución de Superintendencia Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Superintenden- cia Nacional de ADUANAS para que en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones legales a que hubiere lugar en contra de MARIA ROSA AZAPINTO HOLGADO y VICTOR JAVIER TAMAYO CACERES, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolución, debiéndose para el efecto remitírsele la documentación actuada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Ejecutivo 14403