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Pág. 180433 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de noviembre de 1999 Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 14481 BANCO CENTRAL DE RESERVA Establecen disposiciones para la com- pra de moneda extranjera a empresas del sistema financiero, con compromi- so de recompra CIRCULAR Nº 031-99-EF/90 Lima, 19 de noviembre de 1999 El Directorio de este Banco Central ha resuelto modificar el horario y la operatividad de la compra al contado de moneda extranjera, con compromiso de re- compra, la que a partir de la fecha se sujetará a lo establecido en la presente circular. 1. GENERALIDADES El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) podrá comprar diariamente moneda extranjera a las empre- sas del sistema financiero (ESF) con el compromiso de recompra por parte de éstas al día útil siguiente. Con este propósito el BCRP anunciará diariamente la dispo- nibilidad de esta facilidad. 2. ENTIDADES PARTICIPANTES Podrán participar las ESF que accedan al módulo 3 del Artículo 290º de la Ley Nº 26702 (Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros). 3. HORARIO Las ESF deberán presentar sus solicitudes, vía fac- símil, al Departamento de Operaciones Internas de la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera del BCRP, hasta las 17.30 horas del día de la operación, firmadas por funcionarios debidamente autorizados, regularizan- do su solicitud, al día útil siguiente, con la entrega del original. 4. OPERATIVIDAD 4.1 La compra de moneda extranjera a las ESF se hará al promedio ponderado de los tipos de cambio de las transacciones cerradas en el sistema DATA- TEC entre las 09.30 horas y las 13.30 horas del día de la compra, redondeado a cuatro decimales, el mismo que será comunicado diariamente mediante los sistemas DATATEC, BLOOMBERG y REUTERS a partir de las 13.45 horas. Las ESF autorizarán el débito en las cuentas corrientes en moneda extranje- ra que mantienen en el BCRP, con indicación del monto a acreditar en sus cuentas en moneda nacio- nal en el BCRP, de acuerdo con el formulario que proporcionará el Departamento de Operaciones In- ternas de la Gerencia de Crédito y Regulación Fi- nanciera del BCRP. 4.2 Las compras de moneda extranjera se harán en múltiplos de US$ 100 000,00. 4.3 La recompra de moneda extranjera se hará el día útil siguiente, al mayor de los tipos de cambio entre:- El tipo de cambio al que se efectuó la compra el día útil anterior, ajustado por una comisión establecida por el BCRP el día de la compra, redondeado a cuatro decimales. La comisión será comunicada diariamente mediante los sistemas DATATEC, BLOOMBERG y REUTERS; y - El promedio ponderado de los tipos de cambio de las transacciones cerradas en el sistema DATATEC entre las 09.30 horas y las 13.30 horas del día de la venta, redondeado a cuatro decimales. Al vencimiento de la operación, el BCRP acredita- rá en las cuentas corrientes en moneda extranjera de las ESF el monto de moneda extranjera que les hubiere vendido, debitando sus cuentas en moneda nacional. 5. NORMAS COMPLEMENTARIAS 5.1 El BCRP se reserva el derecho de aceptar las solicitudes que se le presenten. 5.2 Las ESF que vendan moneda extranjera al BCRP, de acuerdo con lo establecido en la presente circular, se comprometen irrevocablemente a efectuar la operación de recompra de moneda extranjera al BCRP, autori- zando a afectar sus cuentas corrientes en moneda nacio- nal y moneda extranjera. 5.3 En caso de que, por razones de fuerza mayor, no se cuente con la información de los tipos de cambio de las transacciones cerradas en DATATEC, se utilizará el promedio simple del tipo de cambio venta interbancario que reporte REUTERS entre las 09:30 horas y las 13:30 horas (página PDSB), redondeado a cuatro decimales. De no contarse con la información de REUTERS, el BCRP proporcionará los tipos de cambio aplicables a la compra y la recompra. 5.4 El solo hecho de presentar una solicitud implica el conocimiento de la presente circular y su someti- miento expreso a ésta. 5.5 Se deja sin efecto la Circular Nº 019-97-EF/90. JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 14480 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Autorizan participación de magistra- dos en curso sobre derecho penal, a realizarse en el Distrito Judicial de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 922-99-MP-CEMP Lima, 18 de noviembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, a través del Cuadro Anual de Cursos elabora- do por el Instituto de Investigaciones del Ministerio Público, se aprueba la realización del Curso "DERE- CHO PENAL I (PARTE GENERAL)", a realizarse los días 1, 2, 3, 6, 7 y 9 de diciembre de 1999, dirigido a los señores Fiscales Superiores, Adjuntos Superiores, Pro- vinciales y Adjuntos Provinciales del Distrito Judicial de Lima, y estando al Acuerdo Nº 7614 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha; con dispensa de la lectura