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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 180484 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de noviembre de 1999 departamento de HUANUCO; y las provincias de MARIS- CAL CACERES y TOCACHE del departamento de SAN MARTIN. Artículo 2º.- Suspéndase con dicho fin en las juris- dicciones antes mencionadas, el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11) y 12) del Artículo 2º y en el inciso 24) apartado f. del mismo artículo, de la Constitución Política del Perú. Artículo 3º.- Las Fuerzas Armadas asumirán el control del Orden Interno, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24150, modificada con el Decreto Legislativo Nº 749. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Minis- tros de Defensa e Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de Mil Novecientos Noventinueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BERGAMINO CRUZ Ministro de Defensa CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 14563 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban operación de endeudamien- to externo destinada a financiar par- cialmente proyecto de fomento de la pequeña y micro empresa DECRETO SUPREMO Nº 171-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27012, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Público para 1999, se autoriza al Gobier- no Central a acordar o garantizar operaciones de Endeuda- miento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 3 200 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará un préstamo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau -KFW-, hasta por un monto de DM 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 MARCOS ALEMANES), destinado a financiar, parcialmente, el Proyecto "Fomento de la Pequeña y Micro Empresa a través del Financiamiento de Créditos Subordinados", a cargo de la Corporación Finan- ciera de Desarrollo S.A. - COFIDE; Que, la indicada operación de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 16º de la Ley Nº 27012; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la operación de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la República del Perú y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau -KFW-, hasta por un monto de DM 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 MARCOS ALEMANES), destinada a financiar, parcialmente, el Pro- yecto "Fomento de la Pequeña y Micro Empresa a través del Financiamiento de Créditos Subordinados". El préstamo será cancelado en un plazo total de 30 años, que incluye 10 años de gracia, mediante cuotas semestrales, iguales y consecutivas, devengando una tasa de interés del 2% anual y una comisión de compromiso del 0.25% anual sobre el saldo del préstamo no desembolsado.Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora del Proyecto "Fomen- to de la Pequeña y Micro Empresa a través del Financiamien- to de Créditos Subordinados" será COFIDE. Artículo 3º.- Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el Contrato de Préstamo y de Ejecución del Proyecto correspondiente a la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Artículo 1º de este dispositivo legal; así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los demás documentos que se requieran para implementar la citada operación. Artículo 4º.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público, trasladará a COFIDE, los recursos provenientes de la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba por el presente dispositivo legal, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Minis- terial de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- El servicio de amortización, intereses, comisión y demás gastos que ocasione la presente operación de Endeudamiento Externo serán atendidos por el Ministe- rio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que para tal efecto proporcionará oportunamente COFIDE. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 14572 Aprueban donaciones a favor del Mi- nisterio de Salud, entidades perte- necientes a dicho sector e instituciones privadas RESOLUCION SUPREMA Nº 515-99-EF Lima, 20 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, instituciones privadas y agencias de gobiernos ex- tranjeros han efectuado donaciones a favor del Ministerio de Salud, entidades pertenecientes a dicho Sector e Institucio- nes Privadas sin Fines de Lucro; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impues- to General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR en vía de regularización, las donaciones efectuadas por instituciones privadas y agencias de gobiernos extranjeros, a favor del Ministerio de Salud y de entidades pertenecientes a dicho Sector, de acuerdo a las Resoluciones Directorales expedidas por el Ministerio de Salud, que a continuación se detallan: - Resolución Directoral Nº 104-98-SA/OFICE Donación efectuada por la Organización Mundial de la Salud a través de la Organización Panamericana de la Salud a favor del Hospital Nacional Cayetano Heredia del Ministe- rio de Salud, consistente en ampollas anticonceptivas, según Certificado de Donación Nº PER/CPS/010/20/04/0695/98 de fecha 2 de abril de 1998 y un peso aproximado de 55 kgs., según Guía Aérea Nº 976 0006 3335 de Aeromexpress.