Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1999 (23/11/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 180494

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de noviembre de 1999

como suplentes los dos siguientes, para el caso de los demas gremios profesionales. Articulo 18º.- El MORDAZA Nacional de Elecciones comunicara inmediatamente tal proclamacion al Consejo Nacional de la Magistratura para su incorporacion. DISPOSICION FINAL Unica.- En lo no previsto en el presente reglamento, se aplicara supletoriamente la Ley Organica de Elecciones, en tanto sea pertinente; quedando facultado el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a dictar las disposiciones necesarias para la organizacion y desarrollo del MORDAZA electoral. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Para este MORDAZA electoral la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicitara el presupuesto respectivo a la entidad correspondiente. 14548

JNE
Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de Jayanca
RESOLUCION Nº 1887-99-JNE MORDAZA, 12 noviembre de 1999 VISTOS: El recurso de revision y escritos recibidos el 1, 14, 27, 29, 30 de setiembre, 7, 14 de octubre y 8 de noviembre de 1999, interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de Jayanca, provincia y departamento de MORDAZA, quien impugna el acuerdo de sesion ordinaria Nº 19-99 del citado concejo del 25 de agosto de 1999, que declara improcedente la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que viene ejerciendo MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alegando que se ha dictado sentencia condenatoria contra el referido MORDAZA, por lo que no puede ejercer dicho cargo; El Oficio Nº 934-S-99-IISPT-CS-ETID, recibo el 6 de octubre de 1999, del presidente de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, quien comunica que, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue sentenciado el 11 de octubre de 1996, a la pena privativa de la MORDAZA de tres (3) anos con el caracter de suspendida por igual termino, por la comision del delito contra la fe publica, en agravio del Estado; sentencia que se encuentra ejecutoriada por resolucion suprema del 26 de marzo de 1997; Los escritos recibidos el 19 de octubre de 1999, remitidos por MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Jayanca, provincia y departamento de MORDAZA, quien remite el expediente y acuerdo de concejo que declaro improcedente el pedido de MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la declaratoria de vacancia del cargo que desempena en el citado concejo y contra el cual el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha interpuesto recurso de revision; ademas, designa a sus abogados defensores y solicita se les conceda el uso de la palabra en la audiencia de la vista de la causa; El Oficio Nº 3318-97-JPPR, recibido el 29 de octubre de 1999, de la juez del Juzgado Penal Especializado en Procesos Reservados por Delito de Trafico Ilicito de Drogas, quien remite copias certificadas de la sentencia, resolucion suprema y resolucion de rehabilitacion del MORDAZA penal seguido contra MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el delito contra la fe publica y otro en agravio del Estado; El escrito recibido el 10 de noviembre de 1999, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogado de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presente alegatos y acompana copias certificadas del MORDAZA penal seguido contra su patrocinado; Oidos los informes solicitados en sesion del 9 de noviembre de 1999; CONSIDERANDO: Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 1 de setiembre de 1999 interpuso ante este supremo organo electoral, recurso de revision contra el acuerdo de sesion ordinaria Nº 19-99 del

Concejo Distrital de Jayanca de fecha 25 de agosto de 1999, que declara improcedente la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que viene ejerciendo MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Jimenez; alega que se ha dictado sentencia condenatoria contra el referido MORDAZA, por lo que no puede ejercer dicho cargo; Que MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue sentenciado el 11 de octubre de 1996, a la pena privativa de la MORDAZA de tres (3) anos con el caracter de suspendida por el mismo plazo, por la comision del delito contra la fe publica, en agravio del Estado, y fijaron en la suma de doscientos cincuenta nuevos soles el monto por reparacion civil a favor del Estado y sesenta dias multa de su renta, tal como consta de las copias certificadas de fojas 99 a 157; sentencia ejecutoriada por resolucion suprema de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas del 26 de marzo de 1997 que declaro no haber nulidad en la sentencia que condena a MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Jimenez; conforme aparece de las copias certificadas que obran de fojas 158 a 174; Que, al momento de solicitarse la declaratoria de vacancia de su cargo de MORDAZA y al interponerse el recurso de revision el 1 de setiembre de 1999, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encontraba incurso en la causal de vacancia por haber sido sentenciado por delito doloso que, solamente se rehabilita a quien ha cumplido la pena o medida de seguridad impuestas en la sentencia; y en autos no existe indicio del pago de la multa ni de la reparacion civil; procede por tanto, declararse la vacancia del cargo de MORDAZA que viene ejerciendo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, corresponde asumir el cargo de MORDAZA a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado regidor integrante de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de regidora a Genera MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la citada agrupacion independiente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Navarro; en consecuencia, NULO el acuerdo de sesion ordinaria Nº 19-99 del 25 de agosto de 1999, que declara improcedente la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que viene ejerciendo MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Concejo Distrital de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Jayanca, provincia y departamento de MORDAZA, que desempena MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Jimenez; por haber estado incurso en la causal de vacancia al haber sido condenado por delito doloso. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato proclamado regidor de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Jayanca, provincia y departamento de MORDAZA, quien juramentara el cargo que asume ante el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por vacancia del cargo de MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Cuarto.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Jayanca, provincia y departamento de MORDAZA, quien juramentara el cargo que asume ante el MORDAZA del citado Concejo, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Quinto.- Otorgar las correspondientes credenciales a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Bruno. Articulo Sexto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.