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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/11/1999)

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TEXTO PAGINA: 10

Pág. 180492 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, es indispensable asegurar la continuidad de las obras que bajo la modalidad de administración directa, viene realizando el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a efectos de mejorar las condiciones de viabilidad del Puente Sánchez Cerro, ubicado en la ciudad de Piura sobre el río del mismo nombre, y que fuera afectado por el fenómeno de "El Niño"; Que, para la culminación de la referida obra se requiere del reforzamiento del Puente y su ampliación a cuatro vías a efectos que pueda soportar el intenso tráfico vehicular y peatonal a que está sometido; Que, a fin de garantizar la culminación de la referida obra, antes de la avenida de lluvias se hace necesario adquirir 30 vigas metálicas de 1.52 m. de altura por 0.50 m. en el ala superior y 0.75 m. en el ala inferior, de acero A-36, con soldadura tipo AWS-E-7018, con pintura anticorrosiva, cuyo costo total asciende a TRES MILLONES TRESCIEN- TOS SESENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3'360,000.00); Que, la ausencia de dichos bienes constituye una situa- ción de urgencia prevista en los Artículos 19º, literal c) y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción del requisito de Licitación Pública para la adquisi- ción de los bienes antes mencionados; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27013 - Ley del Presupuesto del Sector Público para 1999, en los Artículos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, y en el Artículo 44º, literal c) de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárase en situación de urgencia, por el plazo máximo de 180 días, la continuidad de las obras de viabilidad, ampliación a cuatro vías y reforzamiento que viene realizando el Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción en el Puente Sánchez Cerro del departamento de Piura sobre el río del mismo nombre. Artículo 2º.- Exonérase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del requisito de Licitación Pública para la adquisición de las 30 vigas metá- licas con sus respectivos diafragmas, conforme a las caracte- rísticas descritas en la parte considerativa, hasta por el monto de TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3'360,000.00), autori- zándolo a efectuarla por adjudicación directa de menor cuantía. Artículo 3º.- La adquisición se efectuará con cargo al Presupuesto del Pliego 15.00 - Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aprobado para el ejercicio Fiscal del año 1999. Artículo 4º.- La contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por el presente Decreto Supremo, se regulará por las disposiciones de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será puesto de conocimiento de la Comisión del Presupuesto del Congre- so de la República, de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los diez días siguientes a su aprobación. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14574CONSEJO DE COORDINACION JUDICIAL Autorizan realización de evento deno- minado "Apoyo a la Justicia de Paz No Letrada" en la ciudad de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE COORDINACION JUDICIAL Nº 006-99-CCJ/SE Lima, 5 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Artículo segundo de la Ley Nº 26623, Ley que crea el Consejo de Coordinación Judicial, publicada con fecha 19 de junio de 1996, vigencia prorrogada mediante la Ley Nº 27009 del 4 de diciembre de 1998, establece como atribución del Consejo la implantación de proyectos conjun- tos para la capacitación de los magistrados componentes del sistema de la administración de justicia; Que el inciso d) del Artículo 6º de la Resolución Adminis- trativa del Consejo de Coordinación Judicial Nº 002-96-CCJ, Reglamento de Organización y Funciones del mismo Conse- jo, publicado con fecha 26 de julio de 1996, establece como atribución del Consejo concertar esfuerzos para dotar de mayor eficiencia al sistema, coordinando con instituciones relacionadas a la materia judicial; Que el Plan Operativo de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Coordinación Judicial para el año 1999, considera realizar en el mes de noviembre de 1999, el Seminario - Taller denominado "Apoyo a la Justicia de Paz No Letrada" con el propósito de abrir un espacio para el análisis e intercambio de información y experiencias sobre la situa- ción, necesidades e iniciativas formuladas en pro de la justicia de paz no letrada, que vincule los actores, las cortes de justicia y personalidades conocedoras del tema, cuya ejecución fue aprobada por los miembros del Consejo; Que en virtud a lo dispuesto por el inciso o) del Artículo trece de la Resolución referida en el segundo considerando y del inciso a) del Artículo seis del Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Coordinación Judicial, aprobado por Resolución Administra- tiva Nº 001-97-CCJ/SE, publicada el 24 de julio de 1997, es función del Secretario Ejecutivo expedir Resoluciones den- tro del ámbito de su competencia; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la celebración del Seminario - Ta- ller "Apoyo a la Justicia de Paz No Letrada" con la participa- ción de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Cajamarca, Cusco y Puno; represen- tantes de los Jueces de Paz No Letrados de los Distritos Judiciales ante nombrados, adicionándose Piura-Tumbes, San Martín y Junín; Congresistas de la Comisión de Justicia, Vocales de la Corte Suprema; Fiscales Superiores encarga- dos de la Gestión de Gobierno de los Distritos Judiciales del Cono Norte de Lima, Huaura y Cañete, representantes de la Academia de la Magistratura, del Ministerio de Justicia, de la Policía Nacional del Perú y del Consejo Nacional de la Magistratura, el mismo que se desarrollará en la ciudad de Lima los días 29 y 30 de noviembre de 1999. Segundo.- La Secretaría Ejecutiva del Consejo de Coor- dinación Judicial, realizará las acciones necesarias ante las entidades y autoridades correspondientes para la óptima realización del seminario indicado en el párrafo anterior. Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Presupuesto del Consejo de Coordinación Judicial incluido dentro del marco presupuestario del Poder Judicial para el presente año, cifrado con el código presupuestario CC-ORSC-04. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ANTONIO LEON PASTOR Secretario Ejecutivo Consejo de Coordinación Judicial 14483