Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1999 (23/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de noviembre de 1999

Que, es indispensable asegurar la continuidad de las obras que bajo la modalidad de administracion directa, viene realizando el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a efectos de mejorar las condiciones de viabilidad del MORDAZA MORDAZA Cerro, ubicado en la MORDAZA de MORDAZA sobre el rio del mismo nombre, y que fuera afectado por el fenomeno de "El Nino"; Que, para la culminacion de la referida obra se requiere del reforzamiento del MORDAZA y su ampliacion a cuatro vias a efectos que pueda soportar el intenso trafico vehicular y peatonal a que esta sometido; Que, a fin de garantizar la culminacion de la referida obra, MORDAZA de la avenida de lluvias se hace necesario adquirir 30 vigas metalicas de 1.52 m. de altura por 0.50 m. en el ala superior y 0.75 m. en el ala inferior, de MORDAZA A-36, con soldadura MORDAZA AWS-E-7018, con pintura anticorrosiva, cuyo costo total asciende a TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3'360,000.00); Que, la ausencia de dichos bienes constituye una situacion de urgencia prevista en los Articulos 19º, literal c) y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de los bienes MORDAZA mencionados; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27013 Ley del Presupuesto del Sector Publico para 1999, en los Articulos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en el Articulo 44º, literal c) de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase en situacion de urgencia, por el plazo MORDAZA de 180 dias, la continuidad de las obras de viabilidad, ampliacion a cuatro vias y reforzamiento que viene realizando el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion en el MORDAZA MORDAZA Cerro del departamento de MORDAZA sobre el rio del mismo nombre. Articulo 2º.- Exonerase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de las 30 vigas metalicas con sus respectivos diafragmas, conforme a las caracteristicas descritas en la parte considerativa, hasta por el monto de TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3'360,000.00), autorizandolo a efectuarla por adjudicacion directa de menor cuantia. Articulo 3º.- La adquisicion se efectuara con cargo al Presupuesto del Pliego 15.00 - Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado para el ejercicio Fiscal del ano 1999. Articulo 4º.- La contratacion que se efectue en virtud de la autorizacion otorgada por el presente Decreto Supremo, se regulara por las disposiciones de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera puesto de conocimiento de la Comision del Presupuesto del Congreso de la Republica, de la Contraloria General de la Republica y del Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los diez dias siguientes a su aprobacion. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 14574

CONSEJO DE COORDINACION JUDICIAL
Autorizan realizacion de evento denominado "Apoyo a la Justicia de Paz No Letrada" en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE COORDINACION JUDICIAL Nº 006-99-CCJ/SE MORDAZA, 5 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Articulo MORDAZA de la Ley Nº 26623, Ley que crea el Consejo de Coordinacion Judicial, publicada con fecha 19 de junio de 1996, vigencia prorrogada mediante la Ley Nº 27009 del 4 de diciembre de 1998, establece como atribucion del Consejo la implantacion de proyectos conjuntos para la capacitacion de los magistrados componentes del sistema de la administracion de justicia; Que el inciso d) del Articulo 6º de la Resolucion Administrativa del Consejo de Coordinacion Judicial Nº 002-96-CCJ, Reglamento de Organizacion y Funciones del mismo Consejo, publicado con fecha 26 de MORDAZA de 1996, establece como atribucion del Consejo concertar esfuerzos para dotar de mayor eficiencia al sistema, coordinando con instituciones relacionadas a la materia judicial; Que el Plan Operativo de la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Coordinacion Judicial para el ano 1999, considera realizar en el mes de noviembre de 1999, el MORDAZA Taller denominado "Apoyo a la Justicia de Paz No Letrada" con el proposito de abrir un espacio para el analisis e intercambio de informacion y experiencias sobre la situacion, necesidades e iniciativas formuladas en pro de la justicia de paz no letrada, que vincule los actores, las cortes de justicia y personalidades conocedoras del tema, cuya ejecucion fue aprobada por los miembros del Consejo; Que en virtud a lo dispuesto por el inciso o) del Articulo trece de la Resolucion referida en el MORDAZA considerando y del inciso a) del Articulo seis del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Coordinacion Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 001-97-CCJ/SE, publicada el 24 de MORDAZA de 1997, es funcion del Secretario Ejecutivo expedir Resoluciones dentro del ambito de su competencia; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la celebracion del MORDAZA - Taller "Apoyo a la Justicia de Paz No Letrada" con la participacion de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Puno; representantes de los Jueces de Paz No Letrados de los Distritos Judiciales ante nombrados, adicionandose Piura-Tumbes, San MORDAZA y Junin; Congresistas de la Comision de Justicia, Vocales de la Corte Suprema; Fiscales Superiores encargados de la Gestion de Gobierno de los Distritos Judiciales del MORDAZA Norte de MORDAZA, Huaura y Canete, representantes de la Academia de la Magistratura, del Ministerio de Justicia, de la Policia Nacional del Peru y del Consejo Nacional de la Magistratura, el mismo que se desarrollara en la MORDAZA de MORDAZA los dias 29 y 30 de noviembre de 1999. Segundo.- La Secretaria Ejecutiva del Consejo de Coordinacion Judicial, realizara las acciones necesarias ante las entidades y autoridades correspondientes para la optima realizacion del MORDAZA indicado en el parrafo anterior. Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Presupuesto del Consejo de Coordinacion Judicial incluido dentro del MORDAZA presupuestario del Poder Judicial para el presente ano, cifrado con el codigo presupuestario CC-ORSC-04. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario Ejecutivo Consejo de Coordinacion Judicial 14483

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