Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 1999 (26/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 26 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, el Peru, es miembro Signatario y Depositario del precitado Convenio, ratificado mediante Decreto Ley Nº 22984, razon por la cual resulta de especial interes la participacion del MORDAZA en dicho evento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG, se crea el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos CONACS el cual tiene entre sus funciones, representar al MORDAZA ante los organismos internacionales en los asuntos concernientes a los camelidos sudamericanos, por lo que es necesario designar la Delegacion del Peru que en representacion del MORDAZA asistira al citado evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27013, y Decreto Ley Nº 25902, Decretos Supremos Nº 031-89-EF y Nº 026-92-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar la Delegacion del Peru, que en representacion del MORDAZA, asistira a la XIX Reunion Ordinaria de la Comision Tecnico-Administradora del Convenio para la Conservacion y Manejo de la Vicuna a realizarse en la MORDAZA de Riobamba - Ecuador, del 24 al 27 de noviembre de 1999, la misma que estara conformada por: - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del CONACS, quien la presidira; - Blgo. MORDAZA HOCES MORDAZA, Director Tecnico del CONACS. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran cubiertos por Recursos Ordinarios del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos, de la Partida Presupuestal 5.3.11.20, Viaticos y Asignaciones, de los Programas 003 Administracion y 010 Promocion de la Produccion Pecuaria, Funcion 04 Agraria, del Pliego 161, segun el siguiente detalle: - Pasajes US$ 590.00 - Viaticos US$ 1,600.00 - Impuestos Aeropuertos US$ 100.00 Articulo 3º.- El Presidente de la delegacion dentro de los quince (15) dias posteriores a la conclusion de la reunion, presentara un informe de la comision cumplida, al Ministro de Agricultura. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuesto aduanero de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 14713

aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-74-CCFFAA del 09 de MORDAZA de 1974, es una MORDAZA que requiere ser actualizada para adecuar la labor asignada al Obispado MORDAZA, segun la Constitucion Politica del Peru y la legislacion actual vigente; Que, la Comision Conjunta nombrada ha cumplido con presentar el correspondiente Proyecto, habiendose establecido la coordinacion previa con los Institutos Armados, la Policia Nacional y el Obispado Castrense; Que, el Ministerio de Defensa ha revisado el aludido Proyecto, el cual reune los requisitos que han de permitir el adecuado funcionamiento del Servicio Religioso MORDAZA de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional; De, conformidad con lo dispuesto en el Inciso 8. del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Inciso 2. Del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560-Ley del Poder Ejecutivo-; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento del Obispado MORDAZA del Peru, el mismo que consta de 5 Titulos, 5 Capitulos, 28 Articulos, 4 Disposiciones Complementarias y 7 Disposiciones Finales, cuyo texto anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- La aplicacion del presente Decreto Supremo no generara mayores gastos a los presupuestos asignados al Obispado MORDAZA, los Institutos Armados y la Policia Nacional. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa- Despacho Ministerial- queda encargado de la impresion y difusion del Reglamento del Obispado Castrense. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo, sera refrendado por los Ministros de Defensa y del Interior. Articulo 5º.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 001-74CCFFAA del 09 de MORDAZA de 1974 y todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los diez dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BERGAMINO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior REGLAMENTO DEL OBISPADO MORDAZA DEL PERU INDICE GENERAL

DEFENSA
Aprueban Reglamento del Obispado MORDAZA del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 059-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO : Que, mediante Acuerdo entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru, del 19 de MORDAZA de 1980, aprobado por Decreto Ley Nº 23211, de 24 de MORDAZA de 1980, se ha ratificado la permanente y fecunda colaboracion existente entre la Iglesia Catolica, Apostolica y MORDAZA con el Estado Peruano para alcanzar el mayor bien de la MORDAZA religiosa en favor de la colectividad militar, policial y civil de la Nacion; Que, en el MORDAZA del citado Acuerdo, se han dictado sucesivamente la Normas Generales de la Constitucion Apostolica del "Spirituali Militum Curae", del 21 de MORDAZA de 1986; y, el Decreto de Aprobacion de Estatutos del Ordinariato MORDAZA de la Republica del Peru, de 08 de Febrero de 1991; Que, el Reglamento del Servicio Religioso MORDAZA de las Fuerzas Armadas y de las entonces Fuerzas Policiales, OBJETIVO FINALIDAD ALCANCE BASE LEGAL

TITULO I GENERALIDADES

TITULO II OBISPADO MORDAZA CAPITULO I NOMBRE Y NATURALEZA Creacion y nombre Naturaleza Mision Dependencia Sede CAPITULO II ORGANIZACION a. El MORDAZA MORDAZA b. La Curia MORDAZA c. Los Organismos Consultivos d. El MORDAZA MORDAZA

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