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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (02/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

Pág. 178987 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 1999 Artículo Quinto.- Los beneficios a que se refiere la presente Ordenanza tendrá vigencia durante el ejercicio económico 1999. Artículo Sexto.- La Dirección de Rentas y las oficinas que competan quedan encargadas del fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 12504 Aprueban participación del municipio en la Mesa de Concertación de Municipalidades del Cono Sur de Lima ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-99 San Juan de Miraflores, 21 de mayo de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: Visto el Informe del señor Alcalde sobre el Acta de trabajo de los Alcaldes del Cono Sur de Lima, suscrita el 24 de marzo de 1999. CONSIDERANDO: Que, es de interés común trabajar concertadamente todas las Municipalidades del Cono Sur de Lima bajo un Plan de Desarrollo Estratégico Interdistrital y único, eje- cutando acciones conjuntas, complementando esfuerzos y recursos para la prestación de eficientes servicios públicos, a fin de mejorar la calidad de vida de nuestras poblaciones; Que, la Concertación permitirá racionalizar esfuerzos, reducir costos operativos y actuar con mayor eficacia en la solución de los diversos problemas del Cono Sur de Lima, atrayendo recursos financieros, económicos y tecnológicos a través de la cooperación técnica nacional e internacional; Que, a efectos de tener representación jurídica colecti- va de las Municipalidades del Cono Sur de Lima, es preciso constituir una Institución a ser registrada en los Registros Públicos correspondientes y así poder suscribir convenios, contratos y otros actos jurídicos de naturaleza común y darle permanencia en el tiempo; Estando a lo dispuesto en los Artículos 47º, 62º, 63º, 125º y 126º de la Ley Orgánica de Municipalidades; por mayoría de votos de los señores Regidores; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la participación de la Municipalidad del distrito de San Juan de Miraflores en la Mesa de Concertación de Municipalidades del Cono Sur de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR al señor Alcalde el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 12495 Amplían plazo para el pago de Tasas de Licencia de Funcionamiento y de Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario DECRETO DE ALCALDIA Nº 064-99 San Juan de Miraflores, 27 de setiembre de 1999EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que con Ordenanza Municipal Nº 009-99, se aprueba la Determinación y Aplicación de los Arbitrios Municipa- les por la prestación de servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario; Que, con Ordenanza Municipal Nº 010-99, se regula la Tasa de Licencia de Funcionamiento en la jurisdicción del distrito; Que, el Art. 29º del D. Leg. Nº 816, Código Tributario establece en su último párrafo que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, es Política de esta Administración Municipal, brindar las máximas facilidades para que los contri- buyentes cumplan con sus obligaciones tributarias co- rrespondientes al ejercicio gravable 1999; y, En uso de sus facultades contenidas en la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, y de conformidad con lo dispuesto con la Norma IV y Art. 29º del D. Leg. Nº 816, Código Tributario y el Art. 60º del D. Leg. Nº 776, y con cargo a dar cuenta a el Concejo; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, el plazo para el pago de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario como sigue: 1º Trimestre hasta el 30-10-99 2º Trimestre hasta el 30-10-99 3º Trimestre hasta el 15-11-99 4º Trimestre hasta el 15-12-99 Artículo 2º.- PRORROGAR, el plazo para el pago de la Tasa de Licencia de Funcionamiento como sigue: 1º Trimestre hasta el 30-10-99 2º Trimestre hasta el 30-10-99 3º Trimestre hasta el 15-11-99 4º Trimestre hasta el 15-12-99 Artículo 3º.- ENCARGAR, a la Dirección de Rentas, y las Oficinas que competen quedan encargadas del fiel cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 12505 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Otorgan beneficio de reducción de mul- tas administrativas y conceden fraccio- namiento de deuda tributaria y no tribu- taria a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 011-99-MSS Santiago de Surco, 30 de setiembre de 1999 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia;