Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 1999 (02/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, sabado 2 de octubre de 1999 ORDENANZA

NORMAS LEGALES
OFICINA DE FISCALIZACION Unidad de Control MORDAZA
CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION

Pag. 178983

Articulo Primero.- Ampliar la Amnistia Tributaria otorgada a favor de los contribuyentes del distrito del MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 074-99-MDR, del 1 de setiembre al 30 de octubre de 1990, del pago de multas, reajustes y/o intereses moratorios de todas aquellas deudas pendientes de pago vencidas al 1 de setiembre de 1999, respecto a los tributos del Impuesto al Valor del Patrimonio Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Licencias de Construccion, Arbitrios de Limpieza Publica, Relleno Sanitario y Parques y Jardines, Anuncios y Propaganda, Terrenos sin Construir y Licencias Especiales. Asimismo, se comprende dentro de este beneficio a los expedientes que se encuentren en ejecucion coactiva suspendiendose su cobranza con caracter general, en cualquier estado en que se encuentre, hasta que dure la presente amnistia, exonerandose el pago de costas procesales. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que mantengan convenios de fraccionamiento de deuda con saldos pendientes a la fecha, cancelaran los mismos intereses. Articulo Tercero.- Vencido el plazo para acogerse a la amnistia concedida por la presente Ordenanza, se procedera a ejecutar el cobro integro de la deuda, incluyendo los reajustes, intereses moratorios y multas. Articulo Cuarto.- Precisar que durante el periodo de la amnistia los contribuyentes estan obligados solo al pago del valor principal de la deuda tributaria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 12546

SANCION

% UIT

HABILITACIONES URBANAS UCU 40 Por ocupacion clandestina de terrenos por H.A. UCU 41 Por obras de habilitacion ejecutadas sin Autorizacion UCU 42 Por ocupacion de areas de intercambios viales, areas del Plan Vial Metropolitano, areas de aportes UCU 43 Alteracion no autorizada de Proyectos aprobados UCU 44 Alteracion de calidad de obras UCU 45 De no cumplir con la regularizacion en el plazo senalado, mensualmente por desacato a la Autoridad Municipal Multa Multa Multa 50 50 50

Multa Multa Multa

100 200 100

Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Fiscalizacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12541

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

Disponen quiebra de saldos pendientes por concepto de Tasa de Licencia de Anuncios y Publicidad desde el ano 1994, correspondiente a diversos Modifican Ordenanza que aprobo el contribuyentes del distrito Reglamento de Aplicacion de SancioORDENANZA Nº 011-MSI nes Administrativas y Cuadro de InSan MORDAZA, 2 de setiembre de 1999 fracciones y Sanciones de la MuniciEL MORDAZA MORDAZA DISTRITAL DE palidad SAN MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

ORDENANZA Nº 171-99-CDSB-C San MORDAZA, 23 de setiembre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en su XIX-99 Sesion Ordinaria de fecha 20.9.99, el Informe Nº 089-99-CDSB-OF de la Oficina de Fiscalizacion, sobre la propuesta de incorporacion al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 150-99-CDSB-C se aprobo el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas, asi como el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas; Que, mediante el informe indicado en la parte expositiva de la presente Ordenanza, la Oficina de Fiscalizacion, senala que en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad, aprobado mediante la Ordenanza Nº 15099-CDSB-C no se han considerado infracciones relacionadas con habilitaciones urbanas en esta jurisdiccion, siendo necesaria su incorporacion; Estando a lo expuesto, lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ORDENANZA Articulo Primero.- Incorporar en la Ordenanza Nº 150-99-CDSB-C que aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San MORDAZA, y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, las siguientes sanciones:

POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA En Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, dentro de las cuentas por cobrar que se encuentran en la Oficina de Rentas existen saldos por conceptos de pago (periodico) de la Tasa de Licencia de Anuncios y Publicidad de los anos 1994 en adelante, los cuales no son exigibles tal como se explica en el Informe Nº 088-99-21OREN/MSI emitido por la Oficina de Rentas de la Municipalidad de San Isidro; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 74º de la Constitucion establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3) del Articulo 192º de dicha norma; Que, el numeral 2, II del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 771, Ley MORDAZA del Sistema Tributario Nacional dispone que los tributos para los Gobiernos Locales son los establecidos por la Ley de Tributacion Municipal, cualesquiera que sea su denominacion o destino, diferentes a los expresamente senalados en el referido articulo; Que, el Articulo 61º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal dispone que las municipalidades no pueden imponer ningun MORDAZA de tasa o contribucion que limite el libre acceso al mercado; Que, en consecuencia las municipalidades estan impedidas de establecer gravamenes a la actividad publicitaria, sea que se efectue por cualquier mecanismo de difu-

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