Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 1999 (11/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 11 de octubre de 1999

JUSTICIA
Oficializan jornadas internacionales de Derecho Civil sobre contratacion en una economia de MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-99-JUS MORDAZA, 5 de octubre de 1999 Visto el Oficio Nº 982-99-JUS/DNAJ de la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos de fecha 17 de setiembre de 1999; CONSIDERANDO: Que mediante Carta de fecha 3 de setiembre de 1999, el Presidente del Instituto de Investigacion Juridico-Notarial INDEJ, solicita la oficializacion de las Jornadas Internacionales de Derecho Civil sobre "CONTRATACION CONTEMPORANEA: ¿COMO CONTRATAR EN UNA ECONOMIA DE MERCADO?" a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA los dias 4, 5 y 6 de noviembre de 1999. Que la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos mediante el documento de visto, expresa que el certamen a realizarse, es de trascendencia nacional y de interes para estudiosos del derecho, lo que amerita la oficializacion solicitada; Que es funcion del Ministerio de Justicia sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e inciso j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL a las Jornadas Internacionales de Derecho Civil sobre "CONTRATACION CONTEMPORANEA: ¿COMO CONTRATAR EN UNA ECONOMIA DE MERCADO?" organizado por el Instituto de Investigacion Juridico-Notarial INDEJ, la Revista de Derecho SCRIBAS y la Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas de la Universidad Particular Catolica MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, a llevarse a cabo el 4, 5 y 6 de noviembre de 1999 en la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- Los organizadores del citado evento, remitiran a la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos del Ministerio de Justicia las conclusiones a que se arriben al termino del mismo. Articulo 3º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 12836

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a Marc-Justicia y Paz Asociacion Sur para la Prevencion y Solucion de Conflictos y Controversias a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en el departamento del Cusco. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 12837 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 283-99-JUS MORDAZA, 7 de octubre de 1999 Vistos los documentos con Registro Nº 8419 y Nº 10090 de fecha 16 de MORDAZA y 26 de agosto de 1999, respectivamente, del Centro Peruano de Conciliacion Arbitraje y Negociacion (CEPECAN); CONSIDERANDO: Que el Centro Peruano de Conciliacion Arbitraje y Negociacion (CEPECAN), con sede en la MORDAZA de MORDAZA, es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que mediante documento de vistos la mencionada institucion solicita se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Arequipa; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Que estando a lo opinado en los Informes Nºs. 130 y 182-99JUS/DM-STC, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del Centro Peruano de Conciliacion Arbitraje y Negociacion (CEPECAN); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Centro Peruano de Conciliacion Arbitraje y Negociacion (CEPECAN), a funcionar como Centro de Conciliacion, con sede en la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 12838

Autorizan a instituciones funcionar como centros de conciliacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-99-JUS MORDAZA, 5 de octubre de 1999 Vista la solicitud de fecha 21 de enero de 1999 de MarcJusticia y Paz Asociacion Sur para la Prevencion y Solucion de Conflictos y Controversias; CONSIDERANDO: Que Marc-Justicia y Paz Asociacion Sur para la Prevencion y Solucion de Conflictos y Controversias con sede en el departamento del MORDAZA, es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la mencionada institucion cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y en los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Que estando a lo opinado en los Informes Nº 013-99-JUS/ DNJ-DC y Nº 018-99-JUS/DNJ-DC y los Informes Ampliatorios Nº 099-99-JUS/DM-STC y Nº 122-99-JUS/DM-STC, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion de Marc-Justicia y Paz Asociacion Sur para la Prevencion y Solucion de Conflictos y Controversias;

PRES
Modifican resolucion que afecto en uso terreno a favor de la Asociacion de Medicos del Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 172-99-PRES MORDAZA, 7 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 477-F, de fecha 11 de MORDAZA de 1962, expedida por el Ministerio de Fomento, se otorgo

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