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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (02/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de setiembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7010 Pág. 177347 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " AGRICULTURA Conforman la Unidad de Desarrollo de la Amazonía - UDA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0641-99-AG Lima, 23 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27037 se ha dictado la "Ley de Promoción de la Amazonía" que tiene como objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada; Que, el Ministerio de Agricultura, tiene como finalidad promover el desarrollo sostenible del Sector Agrario, marco dentro del cual, para el caso de la Amazonía, debe impulsar y apoyar proyectos, programas y acciones que apunten a este objetivo; Que, para los fines indicados es necesario, conformar la Unidad de Desarrollo de la Amazonía (UDA), que se encargue de la promoción, facilitación y supervisión de los programas, pro- yectos y acciones de Desarrollo Agrario en la Amazonía; De conformidad con el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar la Unidad de Desarrollo de la Amazonía (UDA) dependiente del Viceministro de Agricultura, la misma que estará a cargo de un Consejo Directivo integrado por el Director General de la Oficina de Planificación Agraria - OPA, el Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, y un Coordinador Ejecutivo que será designado me- diante Resolución del Titular del Sector. Artículo 2º.- La Unidad de Desarrollo de la Amazonía, es el Organo funcional del Ministerio de Agricultura, encar- gado de la promoción, facilitación y supervisión de los pro- gramas, proyectos y acciones de Desarrollo Agrario en la Amazonía de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Promo- ción de la Amazonía. Artículo 3º.- Para el cumplimiento de sus fines, la UDA formulará un Programa de Desarrollo Amazónico Sectorial, el que tomará en cuenta los componentes necesarios para una eficaz aplicación de la política de Desarrollo Sostenible. Artículo 4º.- Los Organos y Organismos del Ministerio de Agricultura, brindarán el apoyo necesario a la referida Unidad, para el mejor desempeño de sus funciones. Artículo 5º.- Los recursos económicos que el funciona- miento de la UDA y la ejecución que el Programa de Desarrollo de la Amazonía demande, podrán provenir de las siguientes fuentes: - Presupuesto Anual del Pliego Agricultura. - Transferencia presupuestaria de otras entidades del Sector Público. - Convenios con entidades de Cooperación Técnica Naciona- les e Internacionales. - Donaciones. Artículo 6º.- Designar a partir de la fecha, al Ing. Juan Peralta Ginocchio como Coordinador Ejecutivo de la Unidad de Desarrollo de la Amazonía. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 11151ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de Presidente del Conse- jo Directivo del OSINERG para asistir a conferencia sobre riesgos en la infra- estructura privada, a realizarse en Italia RESOLUCION SUPREMA Nº 409-99-EF Lima, 1 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 6315-1999-OSINERG-SECD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG-, solicita se autorice el viaje de directivo a la ciudad de Roma, Italia, del 7 al 12 de setiembre de 1999, para asistir a la Conferencia Internacional sobre Riesgos Políticos y Regulato- rios en la Infraestructura Privada; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía correspon- diente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Thorn- berry Villarán, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG- a la ciudad de Roma, Italia, del 7 al 12 de setiembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del OSINERG: - Pasajes US$ 1 136,19 - Viáticos US$ 1 560,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del directivo cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 11245 Modifican índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal co- rrespondientes a diversos distritos de los departamentos de La Libertad y Lambayeque RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-99-EF/15 Lima, 1 de setiembre de 1999