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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (02/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 177359 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de setiembre de 1999 rio que ejecuten en el marco del Plan Nacional de Nutrición y Alimentación 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, consignadas, entre otros, a Instituciones y Organismos Públicos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acredita- das en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presu- puesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Opera- ciones, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Resolu- ción de Contraloría Nº 112-98-CG y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Perú, consistente en: PUERTO: SALAVERRY PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Arroz 8,600 430.975 430.000 132,242.20 216,311.82 Lentejas 3,185 159.611 159.250 55,387.15 87,140.20 Harina de Trigo 3,200 160.363 160.000 36,635.20 67,882.84 Aceite Vegetal 1,083 22.253 19.994 13,646.90 18,045.56 Totales 16,068 773.202 769.244 237,911.45 389,380.42 PUERTO: MATARANI PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Harina de Trigo 1,200 60.136 60.000 13,437.00 25,572.02 Arroz 3,200 160.363 160.000 49,206.40 81,610.70 Lentejas 1,199 60.086 59.950 20,850.61 33,224.73 Aceite Vegetal 1,083 22.253 19.994 13,646.90 18,201.33 Totales 6,682 302.838 299.944 97,140.91 158,608.78 PUERTO: CALLAO PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Arroz 6,000 300.680 300.000 92,262.00 149,411.78 Lentejas 2,194 109.949 109.700 38,153.66 59,477.19 Harina de Trigo 2,200 110.249 110.000 24,634.50 45,558.99 Aceite Vegetal 1,625 33.391 30.000 20,476.50 26,909.80 Totales 12,019 554.269 549.700 175,526.66 281,357.76 Artículo 2º.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el marco del Programa "Seguridad Alimentaria Sostenible" que ejecuta CARE-Perú en el país, cuyo objetivo es asegurar que las familias de extrema pobreza tengan acceso y un adecuado suministro de alimentos que reúna sus requerimien- tos nutricionales mínimos. Artículo 3º.- Encargar a las Gerencias de Línea para que participen en el seguimiento de las Acciones de Logística Ali- mentaria (Recepción, Almacenamiento, Manejo, Conservación, Transporte, Distribución y Uso de los alimentos donados) que ejecuta CARE-Perú. La información obtenida como resultado del seguimiento efectuado será utilizada en las evaluaciones que realiza PRO- NAA, según los términos estipulados en el Convenio de Dona- ción de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribución. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Super- intendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloría General de la República (CGR) y a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo 11143RELACIONES EXTERIORES Crean Consulado General del Perú en la ciudad de Bratislava, República Es- lovaca RESOLUCION SUPREMA Nº 389-99-RE Lima, 1 de setiembre de 1999 Visto el Mensaje Nº 397 del 27 de julio de 1999, y el Facsímil Nº 257 del 23 de julio de 1999, de la Embajada del Perú en Viena, Austria, así como el Mensaje Nº 261 del 19 de julio de 1999 de la Dirección General de Asuntos Consulares; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares; De conformidad con lo establecido en el Artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú, los Artículos 16º, 17º, 18º, 136º y 138º del Reglamento Consular del Perú, así como de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Crear el Consulado General del Perú en la ciudad Bratis- lava, República Eslovaca, con jurisdicción en todo el país. 2.- Nombrar al señor ingeniero Andrej Glatz, como Cónsul General Ad Honorem del Perú en la ciudad de Bratislava, República Eslovaca. 3.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11248 Designan delegación que participará en ronda de conversaciones con di- versas autoridades de los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 390-99-RE Lima, 1 de setiembre de 1999 Debiendo realizarse una Ronda de conversaciones con las autoridades del Departamento de Estado, del Departamento de Transporte (DOT) y de la Federal Aviation Administration (FAA), en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del 2 al 3 de setiembre de 1999; Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2152, del Gabi- nete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 25 de agosto de 1999; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163- 81-EF de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135- 90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91- PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana, que participará en la Ronda de conversaciones con las autoridades del Departamento de Estado, del Departamento de Transporte (DOT) y de la Federal Aviation Administration (FAA), a realizarse en la ciudad de Was- hington, Estados Unidos de América, del 2 al 3 de setiembre de 1999; la que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Doctor José Luis Harmes Bouroncle, Director General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, quien la presidirá; - Embajador Juan Garland Combe, Asesor para Asuntos de Política Aérea de la Dirección General de Transporte Aéreo; y, - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, don Alfredo Tejeda Samamé, Director de Asuntos Aéreos