Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 1999 (03/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 1999

risticas, estado de conservacion, autenticidad de los bienes culturales a los que se contrae la presente Resolucion, a su retorno al pais. Articulo 3º.- Designar como COMISARIO a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Catalogadora de la Direccion del Registro Nacional de Patrimonio Mueble del Instituto Nacional de Cultura, quien cumplira la labor de verificacion de las piezas, del embalaje y desembalaje en MORDAZA como en Sao MORDAZA - Brasil. La senora MORDAZA MORDAZA, informara a la Direccion General del Patrimonio Monumental Cultural del Instituto Nacional de Cultura, el resultado y pormenores de la exhibicion. El viaje y estadia del comisario seran integramente cubiertos por la entidad organizadora, asi como los gastos de movilidad local, impuestos de aeropuerto y gastos ocasionales. Articulo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados de los bienes culturales y cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nacion a que se refiere la presente resolucion seran integramente cubiertos por el organizador. Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 11287

Estando a lo expuesto, y con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptase la renuncia formulada por ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y, en consecuencia, cancelase la Autorizacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 306-96-EM/VME, de fecha 15 de MORDAZA de 1996. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10550 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 436-99-EM/VME MORDAZA, 9 de agosto de 1999 VISTO: El Expediente Nº 33066696, organizado por ELECTRO SUR ESTE S.A.A., sobre Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion en la Central Termica Ayaviri, y la renuncia formulada el 10 de junio de 1999, ingresada con Registro Nº 1236518; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 312-96-EM/ VME, de fecha 16 de MORDAZA de 1996, se otorgo Autorizacion por tiempo indefinido a ELECTRO SUR ESTE S.A.A., para desarrollar actividades de generacion termoelectrica en las instalaciones de la Central Termica Ayaviri, ubicada en el distrito y provincia de Ayaviri, departamento de Puno; Que, con recurso presentado el 10 de junio de 1999, ingresado con Registro Nº 1236518, la citada empresa formula renuncia a la Autorizacion otorgada, cumpliendo con formalizarla mediante recurso presentado el 21 de MORDAZA de 1999, ingresado con Registro Nº 1244734, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 75º del Codigo Procesal Civil, y los Articulos 23º y 89º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que, la empresa autorizada ha cumplido con las obligaciones a que se refiere el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, no habiendo estado comprometido el Servicio Publico de Electricidad, razon por la cual, de conformidad con lo expresado en el inciso d) del Articulo 69º del Reglamento, procede aceptar la renuncia formulada; Estando a lo expuesto, y con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptase la renuncia formulada por ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y, en consecuencia, cancelase la Autorizacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 312-96-EM/VME, de fecha 16 de MORDAZA de 1996. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10551 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 437-99-EM/VME MORDAZA, 9 de agosto de 1999

ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncias para desarrollar actividades de generacion termoelectrica en centrales termicas de Curibamba, Ayaviri y Azangaro, formuladas por ELECTRO SUR ESTE S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 435-99-EM/VME MORDAZA, 9 de agosto de 1999 VISTO: El Expediente Nº 33066496, organizado por ELECTRO SUR ESTE S.A.A., sobre Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion en la Central Termica Curibamba, y la renuncia formulada el 10 de junio de 1999, ingresada con Registro Nº 1236518; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 306-96-EM/ VME, de fecha 15 de MORDAZA de 1996, se otorgo Autorizacion por tiempo indefinido a ELECTRO SUR ESTE S.A.A., para desarrollar actividades de generacion termoelectrica en las instalaciones de la Central Termica Curibamba, ubicada en el distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac; Que, con recurso presentado el 10 de junio de 1999, ingresado con Registro Nº 1236518, la citada empresa formula renuncia a la Autorizacion otorgada, cumpliendo con formalizarla mediante recurso presentado el 21 de MORDAZA de 1999, ingresado con Registro Nº 1244734, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 75º del Codigo Procesal Civil, y los Articulos 23º y 89º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que, la empresa autorizada ha cumplido con las obligaciones a que se refiere el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, no habiendo estado comprometido el Servicio Publico de Electricidad, razon por la cual, de conformidad con lo expresado en el inciso d) del Articulo 69º del Reglamento, procede aceptar la renuncia formulada;

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