NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (09/09/1999)
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Pág. 177578 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de setiembre de 1999 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al señor JUAN JOSE BLOSSIERS HÜME en el cargo público de confianza de Director General del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios - CENECP, nivel remunerativo F-4, del Instituto Nacional Peniten- ciario, organismo descentralizado del Sector Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 11544 Designan Director de Administración del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios del INPE RESOLUCION SUPREMA Nº 212-99-JUS Lima, 8 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo público de confianza de Director de Administración del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitencia- rios - CENECP, nivel remunerativo F-2, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentralizado del Sector Justicia; Que a fin de garantizar la continuidad del servicio, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto con el Decreto Legis- lativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595, Decretos Leyes Nº 25515, Nº 25957 y Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al señor Crnl. PNP JAIME GOMEZ SANCHEZ VARGAS en el cargo público de confianza de Director de Administra- ción del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios - CENECP, nivel remunerativo F-2, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentrali- zado del Sector Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 11545 Aceptan renuncia de Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 258-99-JUS Lima, 7 de setiembre de 1999 Vista la renuncia formulada por el doctor José Víctor Alberto Armas Blengeri, al cargo de Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 056-97- JUS, de fecha 4 de marzo de 1997, se designó al doctor José Víctor Alberto Armas Blengeri, como Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, en representa- ción del Ministro de Justicia; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, modi- ficado por el Decreto Ley Nº 17667, y el Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el doctor JOSE VICTOR AL- BERTO ARMAS BLENGERI, al cargo de Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 11490 FE DE ERRATAS * ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 011-99-JUS Por Oficio Nº 552-99-SCM-PR se solicita publicar la Fe de Erratas del Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Justicia, aprobado por De- creto Supremo Nº 011-99-JUS, publicado en nuestra edición del día 30 de agosto de 1999, en la página 177305. ENTIDAD : MINISTERIO DE JUSTICIA Nº de Denominación del Orden ProcedimientoRequisitos Dice: 3 Autorización para el funcionamien- - Solicitud dirigida al Ministro de Justicia. to de Centros de Capacitación de - Recibo de pago por derecho de trámite. Conciliadores. - Copia autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia del Certificado de inscripción en los Registros Públicos. - Copia autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia del Estatuto del Centro de Conciliación, Colegio Profe- sional o institución especializada. - Copia del Testimonio de Escritura Públi- ca de modificación parcial del Estatuto (tratándose de Centros que se adecuan de acuerdo a Ley), si es que en el mis- mo no se ha precisado como objetivo y fin la formación de conciliadores. - Programa académico de los cursos de capacitación con descripción de las ho- ras lectivas, contenido del curso y rela- ción de plana docente. - Autorización del Ministerio de Educa- ción como Centro de Capacitación. Debe Decir: 3 Autorización para el funcionamien- - Solicitud dirigida al Ministro de Justicia. to de Centros de Capacitación de - Recibo de pago por derecho de trámite. Conciliadores. - Copia autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia del Certificado de inscripción en los Registros Públicos. - Copia autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia del Estatuto del Centro de Conciliación, Colegio Profe- sional o institución especializada. - Copia del Testimonio de Escritura Públi- ca de modificación parcial del Estatuto (tratándose de Centros que se adecuan de acuerdo a Ley), si es que el mismo no se ha precisado como objetivo y fin la formación de conciliadores. - Programa académico de los cursos de capacitación con descripción de las ho- ras lectivas, contenido del curso y rela- ción de plana docente. (*) Los requisitos de los procedimientos del TUPA del Ministerio no mencionados en la presente Fe de Erratas, así como los rubros correspondientes a: Derecho de Pago, Calificación, Dependencia donde se inicia el trámite, Autoridad que aprueba el trámite, Autoridad que resuelve el recurso Impugnativo, se mantienen inalterables. 11549