Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 1999 (09/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 1999

para que la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Grau S.A. proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Grau S.A. debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca ANEXO DE LA RESOLUCION SBS Nº 0812-99 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702) Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Grau S.A. prorroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION / UBICACION FECHA DE ADJUDICACION 98.8.25 VALOR EN LIBROS PRORROGA DE TENENCIA

arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Disposicion Transitoria de la Circular Nº B2017-98 de fecha 98.9.23 establece que, las empresas que hayan recibido bienes adjudicados o recuperados con anterioridad a la vigencia de la misma, no se encuentran obligadas a cumplir con lo dispuesto en su numeral 5. Sin embargo, deberan constituir provisiones por el equivalente al 100% del valor neto en libros de dichos bienes dentro de los cinco (5) dias posteriores al vencimiento de los plazos senalados en el Articulo 215º de la Ley General; De acuerdo con el Informe Nº ASIF "C" 0175-OT/99, y con la opinion favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99 de fecha 99.8.26; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; para que el Banco de Comercio proceda con la enajenacion de los bienes inmuebles que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco de Comercio, sin que MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en la Disposicion Transitoria de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca

Inmueble Ubicado en la Manzana B-3, Lote 20. Predio Urbanizacion MORDAZA Horizonte, 2da. Etapa Piura. Area 200.00 m2. Inscrito con Ficha Nº 2650 RRPP. Deudor MORDAZA MORDAZA Sandoval.

S/. 11 333,33

2000.2.25

ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 0827-99 Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco de Comercio, prorroga de seis (6) meses para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702.
Fecha Adjudic. 04-set.-98 Descripcion Inmueble ubicado en MORDAZA Aspillaga Nº 2310, Urb. Fundo San MORDAZA - El MORDAZA, San Isidro. Inmueble ubicado en General Montagne Nº 460 - Miraflores Valor Contable S/. 645,434.57 Prorroga de Tenencia 04-mar.-00

11513

Prorrogan plazo otorgado a institucion bancaria para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0827-99 MORDAZA, 1 de setiembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le otorgue prorroga para la enajenacion de los bienes recibidos y adjudicados en cobro de acreencias conforme a lo previsto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el

21-set.-98

S/. 874,570.32

21-mar.-00

11430

Sustituyen anexo de resolucion que prorrogo plazo otorgado a institucion bancaria para enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0830-99 MORDAZA, 1 de setiembre de 1999 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por el Banco de Credito del Peru, conforme a

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