NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/09/1999)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 10
Pág. 177912 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de setiembre de 1999TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) UNIDAD ORGANICA: DIRECCION NACIONAL DE EXTRACCION DENOMINACION PAGO CALIFICACIONPLAZODEPENDENCIAAUTORIDAD AUTORIDAD QUE N° DEL REQUISITOS DERECHOS EVALUACIONEN INICIA QUE APRUEBARESUELVE RECUR. PROCEDIMIENTO TRAMITEAUT.POS.NEG.DIASTRAMITE TRAMITE IMPUGNATIVO 1Permiso de pesca para la operación 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción. (Hacer referen- X30Of. Adm. Doc. DNE DNE de embarcaciones pesqueras de mayor cia de resolución autoritativa de Incremento de Flota) del MIPE DVM escala de bandera nacional del ámbito 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. marítimo. Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro correspondiente. 3. Copia simple del Certificado de Anotación Preventiva de Dominio o Certi- ficado Compendioso de Dominio, con vigencia de 30 días calendario. 4. Copia simple del Certificado de Matrícula vigente. 5. Características técnicas de la embarcación según Formato 1, con carácter de Declaración Jurada. 6. Pago de derechos por explotación de recursos hidrobiológicos, de acuerdo a lo establecido para cada pesquería. (1) 7. Certificado de Inspección de Condición que demuestre la operati- vidad de la embarcación emitido por una Sociedad de Clasifica- ción reconocida por el IACS, la misma que debe incluir verificación de capacidad de bodega. 8. Declaración Jurada comprometiéndose a instalar los equipos del SISESAT, una vez obtenido el Permiso de Pesca. 9. Constancia del pago por derechos de trámite. 0.50 UIT 10. Constancia de pago por publicación de Resolución (1ra. Instancia TOTAL o por cada recurso impugnativo que se interponga). 0.25 UIT0.75 UIT Además: Cuando se haya transferido la Autorización 11. Documento que acredita la transferencia de Autorización de I. Flota del Incremento de flota (Artículo 50 del Reg. L.G.P) En caso de transferencia de Autorización de Incremento12. Certificado Compendioso de Dominio de las embarcaciones sustitui- de Flota por sustitución de E/P. das o, consentimiento expreso del propietario de las mismas para la cancelación del correspondiente Permiso de Pesca. 2Permiso de pesca para la operación 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción o al Director X30Of. Adm. Doc. DNE o Dirección Regional de embarcaciones pesqueras de Regional de Pesquería del MIPE o Dirección DNE mayor escala del ámbito continental. 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. Dirección Regional DVM Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Regional de Social inscrita en el registro correspondiente. Pesquería. 3. Copia simple del Certificado de Matrícula vigente. 4. Características técnicas de la embarcación según Formato 2, con carácter de Declaración Jurada. 5. Pago de derechos por explotación de recursos hidrobiológicos, de acuerdo a lo establecido para cada pesquería. (1) 6. Verificacón de Operatividad de la embarcación emitida por la Dirección Regional de Pesquería. Debe incluir verificación de capacidad de bodega. (2) 7. Constancia del pago por derechos de trámite. 0,10 UIT 8. Copia simple del Documento que acredita la transferencia de Autorización de Incremento de Flota.