NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (26/09/1999)
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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de setiembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7034 Pág. 178739 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " 022-96-EF, hasta por la suma de US$ 14 000 000,00 (CA- TORCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) de principal, más los intereses correspondientes a dicho monto. Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 022-96-EF, a efectos de establecer que el servicio de amortización e intereses correspondientes al monto de US$ 14 000 000,00 (CATORCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), serán atendidos con cargo a los recursos presupuestales que le corres- pondan en cada ejercicio para el servicio de Deuda Pública. Artículo 3º.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público, y COFIDE celebrarán un Addendum al Convenio Operati- vo que se indica en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 014-99, con el objeto de implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Artículo 4º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 12316 P C M Aprueban donación efectuada a favor de instituciones asistenciales, de sa- lud y centros educativos de los departamentos de Lima y Pasco RESOLUCION SUPREMA Nº 482-99-PCM Lima, 24 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resoluciones SUNAD Nºs. 000660, 000844 y 002638 de 11 junio 1996, 5 febrero 1997 y 31 diciembre 1998 respectivamente, la Superintendencia Nacional de Aduanas adjudicó al Despacho Presidencial, artefactos electrodomés- ticos y otros enseres para ser entregados en donación, en favor de Instituciones, Organizaciones Sociales y Población de escasos recursos; Que, con el propósito de apoyar a las Instituciones, Organizaciones Sociales y Centros Educativos en sus esfuer- zos orientados en el logro de sus objetivos y mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas al Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, ha procedido en sucesivos actos públicos, a entregar en calidad de donación artefactos elec- trodomésticos, menaje y vajilla diversa a favor de Institucio- nes Asistenciales y de Salud y Centros Educativos de los departamentos de Lima y Pasco, siendo del caso expedir la Resolución que formalice dichas donaciones para las subse- cuentes acciones de control; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 804;DECRETOS DE URGENCIA Disponen que COFIDE efectúe pago de cuota de cancelación de acciones a la CAF DECRETO DE URGENCIA Nº 057-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 022-96-EF se aprobó una operación de Endeudamiento Externo concertada entre la República del Perú y The Export-Import Bank of Japan - EXIMBANK- hasta por un monto de Yenes Japoneses equi- valente a US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a cofinanciar el "Pro- grama Multisectorial de Crédito", recursos que fueron tras- ladados a COFIDE a través de un Convenio de Traspaso de Recursos que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 038-96-EF/75; Que, en mérito a lo señalado por el Decreto de Urgencia Nº 014-99, el Ministerio de Economía y Finanzas y COFIDE celebraron con fecha 16 de marzo de 1999, un Convenio Operativo estableciendo los términos en que COFIDE aten- derá el servicio correspondiente a la operación de Endeuda- miento Externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 022- 96-EF; Que, por otro lado, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto Ley Nº 25549, corresponde al Minis- terio de Economía y Finanzas pagar en el presente ejercicio, a la Corporación Andina de Fomento -CAF-, la suma de US$ 14 000 000,00 (CATORCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) como antepenúltima cuota de cancelación de las Acciones Serie "B" derivadas del aumento de capital de dicha Corporación, aprobado por Decisión 96/90; Que, se ha considerado conveniente disponer que COFI- DE cancele a la CAF, en nombre de la República del Perú, la citada cuota, ascendente a la suma de US$ 14 000 000,00 (CATORCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICA- NOS), y que, en contraprestación, el Ministerio de Economía y Finanzas proporcione a COFIDE los recursos que se requieran para atender el servicio de la deuda proveniente de la operación de Endeudamiento Externo aprobada por Decreto Supremo Nº 022-96-EF, hasta por el monto de US$ 14 000 000,00 (CATORCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), en los términos del Convenio Operativo mencionado en el Decreto de Urgencia Nº 014-99; De conformidad con el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- COFIDE efectuará, en nombre de la Repú- blica del Perú, un pago a la CAF ascendente a la suma de US$ 14 000 000,00 (CATORCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) correspondiente a la antepenúltima cuota de cancelación de las Acciones Serie "B" derivadas del aumento de capital aprobado por Decisión 96/90. El Ministerio de Economía y Finanzas, en contrapres- tación por el pago a que se refiere el párrafo precedente, proporcionará a COFIDE los recursos que se requieran para atender el servicio de la deuda derivada de la operación de Endeudamiento Externo aprobada por Decreto Supremo Nº