NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (26/09/1999)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 10
Pág. 178748 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de setiembre de 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 484-99-EM/VME Lima, 31 de agosto de 1999 Visto, el Expediente Nº 32040796 que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1099499 y 1251103, presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización, de las servidumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 1304, 1347, 1354 y 1805, ubicadas en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 031-94-EM de fecha 8 de julio de 1994 y Resolución Suprema Nº 107-96- EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 1304, 1347, 1354 y 1805; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se auto- riza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decre- to Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 221-99-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las servi- dumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 1304, 1347, 1354 y 1805, ubicadas en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 19 y 20 de agosto de 1999. Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- LUZ DEL SUR S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- LUZ DEL SUR S.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 12248 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 509-99-EM/VME Lima, 3 de setiembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 22021296 que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1041737, 1049493, 1052205, 1065543, 1052208, 1052209, 1055330, 1062898, 1194275, 1200262, 1250371, 1251534, 1251820 y 1252009, presen- tado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposición, en vía de regularización, de las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación yreparación de las obras e instalaciones de la Subestación de Transformación San Juan, ubicada en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 031- 94-EM de fecha 8 de julio de 1994 y Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la S.E.T. San Juan; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispues- to por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93- EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95- PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 244-99-EM/ DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las servidumbres de electroducto y de tránsito para custo- dia, conservación y reparación de las obras e instalacio- nes de la Subestación de Transformación San Juan, ubicada en el distrito de San Juan de Miraflores, provin- cia y departamento de Lima; de acuerdo al siguiente cuadro técnico: Exp./ Nombre y Ubicación de la SET Area de Propietario Tipo de Código servidumbre del terreno terreno 22021296 Subestación de Transformación San Juan 6 080,48 m2 Empresa de Urbano, en Transmisión su totalidad Ubicación: Distrito de San de De uso común Eléctrica destinado a Miraflores, provincia y departamento a ETECEN S.A. Centro subestación de Lima, inscrita en la ficha Nº 51193 LUZ DEL Norte S.A. eléctrica del Registro de Propiedad Inmueble SUR S.A.: ETECEN de Lima. 192,00 m2 S.A. Linderos y medidas perimétricas: (para tránsito y El área de servidumbre se encuentra custodia de totalmente dentro de la Subestación instalaciones) San Juan, propiedad de ETECEN, y tiene las siguientes medidas perimétricas: Por el norte: una línea quebrada de tres tramos, el primero de 46,40 ml, el segundo doblando hacia el sur de 33,20 ml, y el tercero doblando hacia el oeste de 22,40 ml. Por el este: una línea de tres tramos, el primero de 52,50 ml, el segundo doblando hacia el oeste de 12,80 ml, y el tercero doblando hacia el sur de 20,00 ml. Por el sur: una línea recta de 56,00 ml. Por el este: una línea recta de 105,70 ml. Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- LUZ DEL SUR S.A. deberá adoptar las medi- das necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- LUZ DEL SUR S.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción.