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Pág. 185485 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de abril de 2000 De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza Municipal N° 104, la Ordenanza Municipal N° 131 y demás normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE Artículo 1º.- Declarar desierta la Licitación Pública N° 001-2000-MML/DMTU, aprobada por Resolución Directoral Municipal N° 282-2000-MML/DMTU, por los fundamentos ex- puestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Comunicar la presente resolución a las perso- nas jurídicas que adquirieron las Bases aprobadas por Resolu- ción Directoral Municipal N° 282-2000-MML/DMTU. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Transpor- te, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 4037 Disponen efectuar licitación pública para el otorgamiento de autorizacio- nes de rutas de transporte urbano RESOLUCION DIRECTORIAL MUNICIPAL N° 409-2000-MML/DMTU Lima, 5 de abril de 2000 Visto el Informe N° 01-2000-MML/DMTU-CC, comunican- do la necesidad de efectuar una segunda convocatoria de la “Licitación Pública N° 001-2000-MML/DMTU”; CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Municipal N° 282-2000-MML/ DMTU, de fecha 10 de febrero del 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 14 de febrero del 2000, se convocó al proceso denominado “Licitación Pública N° 001-2000-MML/ DMTU”; Que por Resolución Directoral Municipal N° 401-2000-MML/ DMTU, se resolvió declarar desierta la Licitación Pública N° 001-2000-MML/DMTU, aprobada por Resolución Directoral Municipal N° 282-2000-MML/DMTU; Que una de las principales funciones de la Dirección Municipal de Transporte Urbano, es velar por que el servicio público de transporte urbano de pasajeros sea brindado en las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad; y siendo que dicho servicio es considerado como de necesidad y utilidad pública de primer orden, constituye preocupación de la autoridad administrativa que las perso- nas jurídicas idóneas presten adecuadamente el servicio que se les conceda y atiendan a todas las zonas de la jurisdicción, de acuerdo a las necesidades de la población, procurando que dicho servicio sea prestado por empresas que demuestren calidad en el servicio y obtengan así la concesión; Que en tal sentido, al haberse declarado desierto el proceso de licitación pública descrito, las necesidades de servicio de las rutas propuestas en la Resolución Directoral Municipal N° 282- 2000-MML/DMTU, no han sido satisfechas, por lo que el interés público de los usuarios del servicio y de la ciudad en general se ve perjudicado al no haberse podido culminar satisfactoriamen- te el proceso de licitación indicado; Que ante este hecho, la Administración ha visto por conve- niente invitar a las personas jurídicas interesadas en prestar servicio en las rutas licitables contenidas en la Resolución Directoral Municipal N° 282-2000-MML/DMTU, a participar en la “Licitación Pública N° 001-2000-MML/DMTU”, a través de una segunda convocatoria, con el establecimiento de un nuevo Cronograma para el proceso previsto; Que en dicho proceso podrán participar las personas jurídi- cas que hubieran adquirido Bases de acuerdo al Cronograma previsto en la Resolución Directoral Municipal N° 282-2000- MML/DMTU, así como las que las adquieran de conformidad con la presente Resolución Directoral Municipal; Que de otro lado, la Resolución Directoral Municipal N° 357- 2000-MML/DMTU, del 10 de marzo del 2000, declaró nula la Resolución Directoral General N° 183-99-MML/DMTU-DGTE, del 27.5.99, que canceló la concesión de la Empresa de Transpor- tes San Felipe Express S.A. sobre la ruta licitable de código S.M.-13, por lo que dicha concesión ha sido restablecida; Que siendo así no resulta procedente la inclusión de la ruta licitable de código S.M.-13, en la licitación pública señalada;De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza Municipal N° 104, la Ordenanza Municipal N° 131 y demás normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1 °.- Disponer la realización de la “ LICITACION PUBLICA N° 001-2000-MML/DMTU - SEGUNDA CONVO- CATORIA ”, para otorgar autorizaciones de servicio en las rutas licitables que comprenden en su recorrido vías de acceso restringido, que se detallan a continuación: 01.E.C.R.-03 05.E.O.-38 09.E.O.-101 13.O.C.R.-10 17.S.O.-23 02.E.C.R.-25 06.E.O.-43 10.N.M.-03 14.S.M.-01 18.S.O.-29 03.E.M.-18 07.E.O.-45 11.N.O.-39 15.S.M.-23 04.E.M.-19 08.E.O.-58 12.N.O.-44 16.S.O.-22 Artículo 2 º.- Precísase que la ruta licitable de código S.M.- 13 no forma parte de la “ LICITACION PUBLICA N° 001- 2000-MML/DMTU - SEGUNDA CONVOCATORIA ”. Artículo 3 º.- El Cronograma a desarrollarse para la reali- zación de la “ LICITACION PUBLICA N° 001-2000-MML/ DMTU - SEGUNDA CONVOCATORIA ”, es el siguiente: 1. Venta de Bases :Del 12 al 14 de abril del 2000 2.Plazo para solicitar consultas y aclaraciones :Del 12 al 17 de abril del 2000. 3.Presentación y apertura del primer sobre :4 de mayo del 2000. de participación (acto público) 4.Plazo para la calificación de las propuestas :Del 5 al 26 de mayo del 2000. 5.Período de constatación de :Del 5 al 26 de mayo del 2000. características de vehículos 6.Otorgamiento de la Buena Pro :31 de mayo del 2000. 7.Expedición de resoluciones de autorización, :Del 1 al 10 de junio del 2000. Suscripción de contratos de concesión y Entrega de tarjetas de circulación Artículo 4 º.- Las Bases de las licitaciones públicas a que se refiere el Artículo primero son las aprobadas por Resolución Directoral Municipal N° 282-2000-MML/DMTU. El acto de licitación será público y se llevará a cabo con la presencia de notario público. Artículo 5 º.- Actuará como observador, un representante de la Inspectoría General de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 6 º.- La Comisión Calificadora de los postores en la “LICITACION PUBLICA N° 001-2000-MML/DMTU - SE- GUNDA CONVOCATORIA ”, estará compuesta conforme dis- pone la Resolución Directoral Municipal N° 282-2000-MML/ DMTU. Artículo 7 º.- El plazo de la concesión que se otorgue me- diante el presente proceso de licitación, vencerá el 31 de diciem- bre del 2000. Artículo 8 º.- Las rutas que al final del proceso no se otorguen en concesión, serán anuladas. Artículo 9 º.- Las personas jurídicas que hubieran adquiri- do las Bases, durante el plazo previsto por la Resolución Direc- toral Municipal N° 282-2000-MML/DMTU, podrán participar con las mismas, sin necesidad de adquirir nuevas Bases. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 4038 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Modifican el Reglamento de Fracciona- miento de Deudas Tributarias y no Tributarias DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2000-MSS Santiago de Surco, 7 de abril de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO