Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2000 (16/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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15.7 Secretaria General recibira el proyecto de Resolucion de Alcaldia segun lo senalado anteladamente, para la firma del Sr. Alcalde. 15.8 La Oficina de Rentas MORDAZA por extinguida la Deuda Tributaria y no Tributaria con la verificacion de la formalizacion de la transferencia del bien a la Municipalidad o con la conformidad del servicio por parte del area usuaria. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia se expediran todas las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicacion de la presente norma. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Nº 004-99-OMSS, Decreto de Alcaldia Nº 06-99-DASS, Resolucion de Alcaldia Nº 406-99-RASS y demas disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Tercera.- Los procedimientos que se encuentren en tramite a partir de la vigencia de la presente se adecuaran bajo responsabilidad, a las disposiciones que preve esta ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion, Oficina de Rentas y Oficina de Asesoria Juridica, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 4314

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZEPITA
Inician procedimiento disciplinario a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 005-2000-MDZ/A Zepita, 11 de MORDAZA de 2000 VISTOS El Informe Nº 01-CPPA-MDZ-2000 de fecha jueves seis de MORDAZA del ano en curso, emitida por la Comision de Investigacion nombrada por este despacho para establecer la procedencia o no, de instaurar MORDAZA Administrativo en contra del servidor de MORDAZA MORDAZA Calisaya MORDAZA, Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Zepita; CONSIDERANDO: Que, conforme a las denuncias respecto a la conducta del servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA, referidas a supuestos cobros indebidos que realiza por concepto de Declaracion Jurada de Autoavaluo sin que el Municipio Distrital de Zepita MORDAZA autorizado a dicho servidor a efectuar estos cobros, ni mucho menos MORDAZA tenido conocimiento del destino del dinero recaudado por dicho concepto, puesto que no existe documento alguno que sustente el cobro ni deposito en cuenta bancaria a nombre de la Municipalidad Distrital de Zepita; Que, al percatarse de estos hechos, mediante Memorandum Nº 006-2000-MDZ/A de fecha cuatro de enero del presente ano, se le requiere al servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA para que de cuenta sobre los cobros y remita el informe correspondiente, a lo que hizo caso omiso; Que, en fecha veinticinco de enero del presente ano, contando con la presencia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la senora Regidora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, el

senor MORDAZA MORDAZA Juli, el senor MORDAZA Ajalla MORDAZA, el Asesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Juez de Paz no letrado, senor MORDAZA Balboa, se realizo una inspeccion en las oficinas de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Zepita con el objeto de verificar si en realidad se hacian cobros por concepto de Declaracion Jurada de Autoavaluo, encontrandose comprobantes de pago que eran utilizados por el servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA, los cuales no estan en vigencia desde hace muchos anos y que pertenecian a la Oficina de Rentas, oficina que no esta en funcionamiento en el Municipio Distrital de Zepita, dichos comprobantes venian siendo utilizados por dicho servidor, tal como se pudo apreciar y se encuentran adheridos a las declaraciones Juradas de Autoavaluo, tambien encontradas en la Oficina de Registro Civil, con la firma de don MORDAZA Calisaya Condori. Que, para el cobro efectuado por concepto de Declaracion Jurada de Autoavaluo, por parte del servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA, se hacia uso de un sello correspondiente al area de MORDAZA, que tampoco existe el Municipio Distrital de Zepita, puesto que, desde inicios del ano mil novecientos noventinueve, para efectos de recaudacion se utiliza un sello de Tesoreria, asimismo, el referido servidor utilizaba un sello de recepcion correspondiente al area de Contribuciones, area que tampoco esta en funcionamiento en el Municipio Distrital de Zepita, por lo que se desprende que dichos sellos carecen de validez por no estar autorizados por el Municipio Distrital de Zepita, por lo que dicho servidor ha sorprendido a la poblacion en perjuicio del Municipio. Que, asimismo, se ha encontrado que la mayoria de libros de Registro de Nacimiento, Matrimonio y defunciones se encuentran incompletos, es decir no han sido llenados en forma completa, existiendo en algunos casos solo la firma del declarante, en otros casos no se aprecia la firma ni el sello del Jefe de Registro Civil, se pudieron apreciar tambien, formatos de Inscripcion de nacimiento en MORDAZA, es decir sin ninguna firma ni nombre, formatos de Inscripcion de Nacimiento que corresponden al libro de Inscripcion extraordinaria de acuerdo a la Ley Nº 25025, pudiendo haber actuado indebidamente el servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA por estar dicho libro de Registro con hojas sueltas, sin empastar y ademas contar con formatos en blanco. Que respecto a los informes que obligatoriamente debe hacer el Jefe de la de la Oficina de Registro Civil a diversas instituciones, sobre la inscripcion de nacimientos, matrimonios y defunciones, los cuales, al parecer, no se han efectuado, pese a que el servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA reconoce que en mas de dieciocho veces ha viajado a la MORDAZA de MORDAZA con el fin de realizar dichos viajes y no ha cumplido con efectuar los informes que son de su responsabilidad; Que, de lo anteriormente expuesto se desprende que el Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Zepita, don MORDAZA Calisaya MORDAZA, ha incurrido en graves faltas de caracter disciplinario en ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a), b), d), f), h) y j) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. Estando a las Facultades conferidas por los incisos 6) y 9) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con la opinion favorable de Asesoria Legal y con cargo a dar cuenta al Concejo de Regidores; SE RESUELVE: Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario en la via sumarisima, al servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- OTORGAR un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion, al servidor MORDAZA Calisaya MORDAZA, a efecto de que presente su descargo con arreglo a Ley. Tercero.- ENCARGAR a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4319

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