Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2000 (16/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2000 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Primero.- Otorgar a la empresa de transportes DIVINO SENOR DE YATO S.R.L., la concesion de la ruta MORDAZA - MORDAZA (AREQUIPA) y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA : MORDAZA - MORDAZA (AREQUIPA) Y VICEVERSA ORIGEN : MORDAZA DESTINO : MORDAZA (AREQUIPA) ITINERARIO : JULIACA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA - CHIHUATA - MORDAZA LA JOYA - PEDREGAL - CORIRE APLAO - CHUQUIBAMBA - ARIRAHUA ESCALA COMERCIAL : ARIRAHUA - CHUQUIBAMBA - MORDAZA - JULIACA FRECUENCIAS : DOS SEMANALES HORARIOS DE SALIDA : PUNO: LUNES Y MIERCOLES A LAS 19.00 HORAS SALAMANCA: MARTES Y JUEVES 15.00 HORAS FLOTA VEHICULAR : DOS OMNIBUS FLOTA OPERATIVA : UH-3746 (1994) FLOTA DE RESERVA : UQ-1659 (1991) TIEMPO DE VIAJE : 15.00 HORAS

Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - BARRANCA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 193-2000-MTC/15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TURISMO MORDAZA CINCO ESTRELLAS S.A.C., la concesion de la ruta: MORDAZA - BARRANCA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : MORDAZA - BARRANCA y viceversa : MORDAZA : BARRANCA : HUAURA-SUPE : Veinte diarias : Seis omnibus : Cinco omnibus: VG-3008 (1991), VG-3009 (1991), VG-4237 (1991), VG-4239 (1991), VG-4240 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: VG-4236 (1991) HORARIOS : Salida de Huacho: A las 06.00, 06.45, 07.30, 08.45, 09.00, 09.45, 10.30, 11.15, 12.00, 12.45, 13.30, 14.15, 15.00, 15.45, 16.30, 17.15, 18.00, 18.45, 19.30, 20.15 horas. Salida de Barranca: A las 06.00, 06.45, 07.30, 08.45, 09.00, 09.45, 10.30, 11.15, 12.00, 12.45, 13.30, 14.15, 15.00, 15.45, 16.30, 17.15, 18.00, 18.45, 19.30, 20.15 horas. La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 4269

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 4311

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta MORDAZA - Barranca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 448-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 21 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00456010, organizado por la empresa de transportes TURISMO MORDAZA CINCO ESTRELLAS S.A.C., sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - BARRANCA y viceversa e Informe Tecnico Nº 193-2000-MTC/15.18.04.1.SCG, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;

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