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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (16/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, Domingo 16 de abril de 2000 AÑO XVIII - Nº 7237 Pág. 185707Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros RESOLUCION SUPREMA Nº 164-2000-PCM Lima, 14 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27000 autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros a reformular su Cuadro para Asignación de Personal - CAP y su correspondiente Presupuesto Ana- lítico de Personal - PAP, en razón de la transferencia de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Interna- cional del Ministerio de la Presidencia a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, igualmente, con la finalidad de adecuar las nuevas funciones de la Presidencia del Consejo de Minis- tros, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones; Que, conforme al segundo párrafo del inciso a) de la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27212 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, los Cuadros para Asignación de Personal - CAP, de las entidades del Estado, se aprueban mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titu- lar del Sector; Que, habiéndose elaborado el correspondiente proyec- to de Cuadro para Asignación de Personal - CAP, resulta pertinente aprobar el referido documento de gestión institucional aplicando las normas y directivas sobre la materia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley Nº 27000 y Ley Nº 27212; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, de la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, el mismo que en Anexo forma parte integran- te de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministe- rio de Economía y Finanzas para los fines correspondien- tes. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 4329Autorizan créditos suplementarios en el presupuesto institucional, destina- dos a la promoción de la inversión privada en obras y servicios públicos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 054-2000-PCM Lima, 14 de abril del 2000 VISTO: El Oficio Nº 616-2000/DE/COPRI, remitido por la Directora de Administración de la COPRI; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 127-99-PCM, de fecha 20 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, de conformidad con la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; Que, la Unidad Ejecutora 007 Dirección Ejecutiva FOPRI, ha solicitado se incorporen al Presupuesto Ins- titucional del Pliego para el Año Fiscal 2000, los Saldos de Balance de la Ejecución de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 1999, correspondientes a las Fuentes de Financiamiento: 09. Recursos Directamente Recauda- dos, 11. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno y 13. Donaciones y Transferencias; Que, de acuerdo con la información al cierre del Ejercicio Presupuestario 1999, proveniente de la Conci- liación Bancaria entre los registros contables al 31 de diciembre de 1999, los Estados Bancarios, los Certifica- dos de Participación de COFIDE y los saldos que son administrados por el Programa de las Naciones Unidas - PNUD, correspondientes a las Fuentes de Financia- miento Recursos Directamente Recaudados, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, y Donacio- nes y Transferencias, determinan la existencia Saldos de Balance que deben ser incorporados en el Presupuesto Institucional del Pliego para el Año Fiscal 2000; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000", autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar en sus respectivos Presupuestos, mediante la Resolución correspondiente, la mayor disponibilidad fi- nanciera de los recursos provenientes de las fuentes de financiamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recur- sos por Operaciones Oficiales de Crédito, asimismo a incorporar los Saldos de Balance de fuentes de finan- ciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios; Estando a lo informado por la Directora de Adminis- tración de la COPRI, la Oficina de Asuntos Financieros de la Presidencia del Consejo de Ministros y con las visaciones de los Directores Generales de Administra- ción y de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado"; la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; la Ley Nº 27210 "Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2000", la Directiva Nº 001- 2000-EF/76.01 "Directiva para la aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Público - Año Fiscal 2000";