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Pág. 191270 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de agosto de 2000 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Amplían plazo de beneficio de re - ducción de pago de arbitrios otorgado a favor de contribuyentes del distrito mediante Ordenanza Nº 007-MDR ORDENANZA Nº 010-2000-MDR Rímac, 31 de julio del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Eco. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernan- do Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo, se trató como punto de la agenda ampliar la vigencia del plazo del Beneficio otorgado mediante Ordenanza Nº 007- MDR, hasta el 31 de agosto del 2000, referente a la reducción y/o rebaja del 50% por concepto del pago de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y sere- nazgo años 1995, 1997, 1998 y 1999; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir con- tribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos munici- pales; Que, mediante Ordenanza Nº 007-MDR de fecha 29 de abril del 2000 se estableció en la jurisdicción del distrito del Rímac, el beneficio de reducción y/o rebaja del cincuen- ta por ciento (50%) por concepto del pago de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, corres- pondiente a los años 1995, 1997, 1998 y 1999 para aque- llos contribuyentes que tengan adeudos por tal concepto, otorgándose este beneficio siempre y cuando se pague todo al contado y también siendo aplicable a aquellos contribuyentes que hayan suscrito Convenio de Fracciona- miento de pago y cancelado hasta la fecha el 50% del monto del pago de la deuda fraccionada, otorgándose dicho beneficio hasta el 31 de julio del 2000, sin intereses ni reajustes; Que, es necesario ampliar por un mes más el plazo del beneficio otorgado mediante Ordenanza Nº 007-MDR de fecha 29 de abril del 2000, a fin de dar al vecino rimense las facilidades del caso para que puedan cumplir con el pago oportuno de su deuda tributaria; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contri- buciones, arbitrios y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispues- to en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR hasta el 31 de agosto del 2000, el plazo del beneficio otorgado mediante Orde- nanza Nº 007-MDR de fecha 29 de abril del 2000, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Ordenanza. Artículo Segundo.- La Dirección de Administración Tributaria y Oficinas que competan quedan encargadas del fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 8889 Autorizan realización de matrimonio civil comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2000/MDR Rímac, 18 de abril del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, es política de la Municipalidad brindar las facili- dades necesarias a todos los ciudadanos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su Estado Civil, de conformidad con lo preceptuado en el Código Civil; Que, la Fundación "Misión Dar" representada por el pastor Luis Moisés Zúñiga Salas, ha organizado la cele- bración del Matrimonio Civil Comunitario, que se realiza- rá el día 12 de agosto del presente año, quien cuenta con el apoyo de la Sra. Alcaldesa Eco. GLORIA JARAMILLO AGUILAR; Que, de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 47º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; DECRETA: 1º.- AUTORIZAR la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en coordinación con la Funda- ción "Misión Dar", en el distrito del Rímac, para los vecinos rimenses, el mismo que se llevará a cabo el 12 de agosto del 2000, con el único pago de S/. 25.00 (veinticinco y 00/100 nuevos soles) por gastos administrativos, expe- diente matrimonial y ceremonia, así como la exoneración de la dispensa de publicación de edictos matrimoniales. Sin incluir los derechos de pago por examen médico. 2º.- ESTABLECER, que los ciudadanos se adecuarán a lo dispuesto por la Ley de Simplificación Administrativa Nº 25035 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 070-89- PCM, señalándose como requisitos mínimos los siguientes: - Partida de Nacimiento original o dispensa judicial de ambos contrayentes (actualizada). - Documentos de identidad en original y fotocopia fedateada de cada contrayente. - Certificado médico de ambos contrayentes (exám. Serológico, de rayos X). - Dos testigos mayores de edad con documento de identidad. - Asistencia a las charlas de prevención de enfermeda- des de transmisión sexual. - Recibo de agua, luz o teléfono para acreditar el domicilio real cierto en el Rímac. 3º.- Encargar, a la Oficina de Administración, Direc- ción de Servicios Sociales a través de su División de Registros Civiles el cumplimiento de la presente disposi- ción municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 8833