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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (03/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 191253 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de agosto de 2000 De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, aprobada por Decreto Ley Nº 17537, modificada por Decreto Ley Nº 17667, la Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, aprobada por Decreto Ley Nº 25862 y la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales correspondientes contra la señora Inés Georgina Aguirre Villamarín y los que resulten responsables en los hechos ilícitos a que se contrae la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público para los fines consi- guientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8835 Otorgan concesión a Servicios Cable Sur S.A.C. para la explotación del ser- vicio público de distribución de radio- difusión por cable RESOLUCION MINISTERIAL Nº 327-2000-MTC/15.03 Lima, 27 de julio de 2000 Vista la solicitud presentada por SERVICIOS CABLE SUR S.A.C., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable en los distritos de Chincha Alta, Chincha Baja, Pueblo Nuevo, Sunampe, Grocio Prado y Tambo de Mora, provincia de Chincha, del departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificato- rias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, así como las atribuciones referidas al otorga- miento de las concesiones de éste, las que se perfec- cionan mediante contrato escrito aprobado por resolu- ción del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requi- sitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 145-2000- MTC/15.03.UECT y 167-2000-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de SERVICIOS CABLE SUR S.A.C.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, apro- bar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a SERVICIOS CABLE SUR S.A.C. concesión para la explotación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende los distritos de Chincha Alta, Chincha Baja, Pueblo Nuevo, Sunampe, Grocio Prado y Tambo de Mora, provincia de Chincha, del departamento de Ica. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con SERVICIOS CABLE SUR S.A.C. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión, SERVICIOS CABLE SUR S.A.C. deberá cum- plir con el pago del derecho de concesión y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución minis- terial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8836 Aprueban transferencia de concesión para prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por ca- ble a favor de DKR VISION S.R.L. RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 274-2000-MTC/15.03 Lima, 27 de julio de 2000 Vista, la solicitud presentada por la empresa SAT- COMTRONIC S.A., sobre transferencia de concesión a favor de la empresa DKR VISION S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-99-MTC/ 15.03 del 23.4.99 se otorgó concesión a favor de la empresa SATCOMTRONIC S.A. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la zona urbana del distrito de Caraz, provincia de Huaylas, del departamento de Ancash, suscribiéndose el contrato de concesión el 6.7.99; Que, la empresa SATCOMTRONIC S.A. solicita la transferencia de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 167-99-MTC/15.03 a favor de la empresa DKR VISION S.R.L., requiriendo la aprobación previa de este Ministerio; Que, el Artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que: "Las concesiones y asignaciones de espectro relativas a aquellas son intrans- feribles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, formalizadas mediante Resolu- ción Viceministerial...."; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Tele- comunicaciones, a través del Informe Nº 173-2000-MTC/ 15.03.UECT, ha evaluado la solicitud, encontrando proce- dente la aprobación de la transferencia; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General y modifi- catorias;