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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (04/08/2000)

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Pág. 191272 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de agosto de 2000 tural Nº 065-98-INRENA a la bióloga Ada Ruth Castillo Ordinola, a quien se le encargó las funciones de Jefe del Parque Nacional del Manu y Zona Reservada del Manu, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha las funciones de Jefe del Parque Nacional del Manu y Zona Reservada del Manu al ingeniero MODESTO CHALLCO LLAMPI. Artículo 3º.- El personal comprendido en la presente Resolución efectuará la entrega de cargo correspondien- te a la brevedad bajo responsabilidad administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSEFINA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA 8939 Amplían plazo de adecuación al Regla- mento de Uso Turístico de la Red de Caminos Inca del Santuario Histórico de Machupicchu RESOLUCION Nº 003-2000-UGM-CD Lima, 3 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los Artículos 17º y 19º del Decreto Ley Nº 25902, y el Artículo 8º de la Ley Nº 26834, se establece que el Instituto Nacional de Recursos Natura- les - INRENA, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura, es la autoridad nacional com- petente del Sistema Nacional de Areas Naturales Prote- gidas por el Estado - SINANPE; Que, la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, establece que el Ins- tituto Nacional de Cultura - INC, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Educación, es la auto- ridad nacional competente para la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-99-AG se constituye la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu (UGM), que está encargada de la ges- tión integral de la mencionada Area Natural Protegida; Que, mediante Resolución Nº 002-2000-UGM-CD se aprueba el Reglamento de Uso Turístico de la Red de Caminos Inca del Santuario Histórico de Machupicchu, el cual establece en su Tercera Disposición Final que los usuarios de la Red de Caminos Inca del SHM, en el plazo de noventa (90) días calendario, a partir de su publica- ción, se adecuarán a las disposiciones establecidas en este Reglamento; Que, luego de una evaluación y consultas con los diferentes usuarios de la Red de Caminos Inca, el Comité Directivo de la UGM ha considerado conveniente la ampliación del plazo de adecuación establecido en el mencionado Reglamento; En uso de las atribuciones que se establecen en el Decreto Supremo Nº 023-99-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Amplíase el plazo de adecuación a que se refiere la Tercera Disposición Final de la Resolución Nº 002-2000-UGM-CD - Reglamento de Uso Turístico de la Red de Caminos Inca del Santuario Histórico de Machupicchu, hasta el 31 de diciembre del año 2000. Artículo 2º.- Encargar a la Gerente Técnica de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu- picchu, la presentación al Comité Directivo de la UGM, de propuestas de normas complementarias del Regla- mento de Uso Turístico de la Red de Caminos Inca del Santuario Histórico de Machupicchu, en especial las referidas al establecimiento de tarifas promocionales para el turismo interno, la aplicación del sistema de reservas para el manejo de la capacidad de carga, asícomo las vinculadas a los cursos de capacitación necesa- rios para los Guías de Turismo y otras para la adecuada aplicación del mencionado Reglamento de Uso Turístico. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSEFINA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA LUIS REPETTO MALAGA Director Nacional del INC 8938 ECONOMIA Y FINANZAS FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 223-2000-EF Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 223-2000- EF, publicada en nuestra edición del día 29 de julio de 2000, en la página 191010. En el Artículo 1º, en la Descripción de bienes: DICE: (...) las partidas Nºs. 30.02 ó 30.06. DEBE DECIR: (...) las partidas Nºs. 30.02 ó 30.06. De laboratorio: 8947 ENERGIA Y MINAS Autorizan viaje de asesor del Ministe- rio a Ecuador, para participar en ac- tualización y redacción de reglamen- tos relativos a la OLADE RESOLUCION SUPREMA Nº 074-2000-EM Lima, 3 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Comité de Estrategia y Programación de la Organización Latinoamericana de Desarrollo - OLADE, del cual Perú es miembro, se reunirá del 7 al 11 de agosto del 2000, en la ciudad de Quito, Ecuador, a fin de actualizar los reglamentos de dicha organización en concordancia con las modificaciones del Tratado Consti- tutivo y para redactar el reglamento del Comité; Que, ha sido designado el Dr. Oscar Arrieta Orjeda, Asesor del Despacho Ministerial, del Ministerio de Ener- gía y Minas, para que participe en la reunión precitada; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Oscar Arrieta Orjeda, Asesor del Despacho Ministerial, del Ministerio de Energía y Minas, del 7 al 11 de agosto del 2000, a la