Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2000 (10/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de agosto de 2000

Otorgan a Corporacion Pesquera MORDAZA S.A. autorizacion para reubicar linea de harina de pescado de alto contenido proteinico en establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 081-2000-PE/DNPP MORDAZA, 8 de agosto del 2000 Visto el escrito con Reg. Nº CE-00118003 de fecha 2 de junio de 2000, presentado por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 049-98-PE/DNPP del 6 de MORDAZA de 1998 se otorgo a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. autorizacion para el aumento de la capacidad instalada de su planta de harina de pescado de 68 a 170 t/h de procesamiento de materia prima, distribuidos con las capacidades de 120 t/h para la planta de harina de pescado convencional y 50 t/h para la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA de Bayovar, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; Que por Resolucion Directoral Nº 131-99-PE/DNPP del 11 de octubre de 1999 se otorgo a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. autorizacion para el cambio de ubicacion de la linea de harina de pescado de alto contenido proteinico con una capacidad de 50 t/h de procesamiento de materia prima, de su planta de harina de pescado ubicada en Bayovar hacia su establecimiento industrial ubicado en el puerto de Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que mediante escrito del visto la recurrente solicita autorizacion para reubicar la linea de harina de pescado de alto contenido proteinico, a que se refiere el considerando anterior en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA de Bayovar, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, conforme a lo inicialmente autorizado; Que la Direccion del Medio Ambiente, mediante Oficio Nº 1178-97-PE/DIREMA de 29 de diciembre de 1997 y Certificacion Ambiental Nº 023-2000-PE/DIREMA del 31 de MORDAZA de 2000, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 080-2000-PE/DNPP-Dn del 15 de junio del 2000, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y que concluye que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 23 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º, inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55º, 57º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., autorizacion, para el cambio de ubicacion de la linea de Harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad de 50 t/h de procesamiento de materia prima, de su establecimiento industrial pesquero ubicado en el puerto de Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, hacia su establecimiento ubicado en la MORDAZA de Bayovar, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura. Articulo 2º.- CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., debera instalar y equipar su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad

pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como cumplir con ejecutar su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente mediante Oficio Nº 1178-97-PE/DIREMA, de 29 de diciembre de 1997. Articulo 3º.- CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., debera instalar y equipar su linea de procesamiento de harina de pescado de alto contenido proteinico, cumpliendo con el plazo establecido en la R.D. Nº 131-99-PE/DNPP, de fecha 11 de octubre de 1999. Previo al inicio de su actividad productiva solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en los Articulos 2º y/o 3º de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria - Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 9107

Amplian permiso de pesca otorgado a Envasadora Chimbote Export S.A. para operar embarcacion de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 205-2000-PE/DNE MORDAZA, 8 de agosto del 2000 Visto el expediente de registro N° CE-00270002 con escrito del 17 de MORDAZA del 2000 presentado por ENVASADORA CHIMBOTE EXPORT S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial N° 160-98-PE del 1 de MORDAZA de 1998, se otorgo a ENVASADORA CHIMBOTE EXPORT S.A. permiso de pesca a plazo determinado para operar, entre otras, la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "COPETSA 3" con matricula N° CO17362-PM, de 576.86 m3 de volumen de bodega, con R.S.W. como sistema de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas de la costa; Que de otra parte, por Resolucion Ministerial N° 101-95PE del 27 de febrero de 1995, se otorgo entre otras a PESQUERA TACNA S.R.Ltda. permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CONTUMAZA 1" con matricula Nº IO-0966-PM, de 320 TM de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que asimismo por Resolucion Directoral N° 074-2000PE/DNE del 24 de MORDAZA del 2000, se otorgo a FIMA S.A. autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion, via sustitucion de igual volumen de bodega de la embarcacion siniestrada "ALBERTO II" con matricula N° IO-10473-PM, de 282.83 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que a traves del escrito del visto ENVASADORA CHIMBOTE EXPORT S.A. por efecto y en su condicion de asociante en el contrato de asociacion en participacion a perpetuidad que tienen celebrado con los asociados que a continuacion se indican y con la intervencion del BANCO MORDAZA propietario de la embarcacion "COPETSA 3", solicita la ampliacion del permiso de pesca otorgado a su favor por Resolucion Ministerial N°16098-PE, via sustitucion y acumulacion de los derechos de

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