Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2000 (26/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de agosto de 2000

Del Area Bruta de 2,696.86 m2, distribuidos de la siguiente manera: CUADRO DE AREAS MANZANA T T T T Nº DE LOTES 01 06 06 01 SUBLOTES 2A 2B al 2G 2H al 2M 2N AREA M2 158.13 874.44 864.00 156.24 2,052.81

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Confirman resoluciones referidas a la clausura de establecimiento en el que se realizaban actividades comerciales sin contar con licencia de funcionamiento
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 156-2000-ALC/MSI San MORDAZA, 2 de agosto del 2000 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA Visto los Expedientes Nºs. 133960 iniciado por VECINOS DE LA PRIMERA CUADRA DEL JR. CABO MORDAZA, ORRANTIA; y 134654 seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA AUSEJO sobre Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 297-2000-05-DM/MSI que dispuso entre otros la clausura del establecimiento instalado en MORDAZA Cabo MORDAZA Nº 169 Orrantia, San Isidro. CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de MORDAZA del ano 2000 don MORDAZA MORDAZA Ausejo interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 297-2000-05-DM/MSI argumentando que cuenta con Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional desde el 17.3.2000 fecha anterior a la expedicion de la Resolucion materia de impugnacion. Asimismo, agrega que el inmueble que ocupa es exclusivamente oficina, prestando servicio de asesoria empresarial; Que, revisado los actos administrativos se aprecia que con fecha 17.3.2000 el recurrente presenta solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional para desarrollar actividades de Asesoramiento Empresarial Administrativo en el inmueble sito en Cabo MORDAZA Nº 169 San MORDAZA, adjuntando solicitudes de acogimiento al Decreto Legislativo Nº 705 y Compatibilidad de Uso de fecha 9.7.99 con la anotacion "Procede como Oficina Profesional a titulo personal (presentar titulo); Que, la Resolucion de Alcaldia Nº 197 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establece que no procede desarrollar actividades profesionales a titulo personal en inmuebles cuya Zonificacion es Residencial excepto Consultorio Medico u Odontologico, en el presente caso el solicitante no ha cumplido con acreditar su calidad de medico odontologo; Que, de conformidad al Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 705 MORDAZA por la Ley Nº 25409, solo se considerara otorgada la Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional, cuando la actividad que se pretende desarrollar en el correspondiente local, no contravenga la normatividad sobre Zonificacion y Compatibilidad de Uso; Que, segun Informe Nº 1940-00-27-DCUC-DDU/MSI de la Division de Control MORDAZA y Catastro de fecha 15.3.2000 se verifico la existencia de mercaderia de productos de belleza en el inmueble sito en Cabo MORDAZA Nº 169 y segun Informe de Policia Municipal de fecha 13.3.2000 se verifico que en dicho inmueble se desarrollaban actividades sin Licencia de Funcionamiento, notificandose la Papeleta Nº 004364 al Sr. MORDAZA MORDAZA Ausejo por carecer de Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional; Que, se tiene a la vista MORDAZA fotostatica de la Revista MORDAZA Nº 74, de donde se desprende que la Oficina de Redaccion de tal revista funciona en MORDAZA Cabo MORDAZA Nº 169, San Isidro; Que, en ese contexto el recurrente desarrolla actividades comerciales en el inmueble MORDAZA referido sin Licencia Municipal de Funcionamiento, en consecuencia debe declararse infundado el Recurso de Apelacion; Que, asimismo, segun Resolucion Directoral Nº 612-2000-05DM/MSI de fecha 17.4.2000 se amplio el Articulo 1º de la Resolucion materia de apelacion quedando redactada de la siguiente manera: "Disponer la clausura del establecimiento instalado en MORDAZA Cabo MORDAZA Nº 169 Orrantia, San MORDAZA, conducido por don MORDAZA MORDAZA Ausejo..."; Estando al Informe Nº 300-2000-11-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA AUSEJO, en consecuencia confirmar las Resoluciones Directorales Nºs. 297 y 612-2000-05DM/MSI en todos sus extremos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 9748

AREA TOTAL DE SUBLOTES

De la diferencia, corresponde para area de ampliacion de Calles Comerciales: 644.05 m2. Articulo Tercero.- DISPONER, que la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, este a cargo de los interesados. Estableciendose en el plazo MORDAZA de 30 dias, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de la Division de Catastro y Habilitaciones Urbanas incorporar la presente Habilitacion en el Plan MORDAZA del distrito de Los Olivos. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para los efectos de la Inscripcion correspondiente en el Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9119

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Ratifican vigencia del Reglamento de Espectaculos Taurinos
ORDENANZA Nº 011-MDR MORDAZA, 18 de agosto del 2000 LA ALCALDESA DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DEL MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la senora Alcaldesa de la Municipalidad del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Armijo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; Visto el Informe Nº 2162-2000-DAL-MDR referente a la ratificacion y de su vigencia y contenido en todos sus articulos del Reglamento General de Espectaculos Taurinos; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de vistos se establece que es necesario ratificar la vigencia y contenido de todos los articulos del Reglamento de Espectaculos Taurinos aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 090-99-MDR de fecha 14 de setiembre de 1999 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de octubre de 1999; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- RATIFICAR la vigencia y contenido de todos los articulos del Reglamento de Espectaculos Taurinos, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de octubre de 1999, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal y Direccion de Servicios Sociales el cumplimiento de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 9749

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