Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2000 (04/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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modificado por Decretos Supremos Nºs. 005-98, 022-98 y 002-99-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de las concesiones para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) en las areas de cobertura de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, otorgadas a las empresas que a continuacion se indican reconociendose su nueva forma societaria y denominacion social y por las siguientes Resoluciones Ministeriales, a favor de SMR DIRECT PERU S.R.LTDA., que se efectivizara una vez se formalice instrumentalmente la fusion por absorcion:
Resoluciones Numeros 131-95-MTC/15.04 (30.3.95) 418-95-MTC/15.17 (12.10.95) Empresas C-COMUNICA S.R.LTDA. (antes C-COMUNICA S.A.) TELECOM SUPPLY S.R.LTDA. (antes BEACOM SUPPLY COMUNICACIONES S.A.) POMPANO S.R.LTDA. (antes POMPANO S.A.) TRANSNET DEL PERU S.R.LTDA. (antes TRANSNET DEL PERU S.A.) PERU TEL S.A.

Otorgan concesiones a empresas para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas MORDAZA - Runcua, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3163-99-MTC/15.18 MORDAZA, 23 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05658010, organizado por la empresa de transportes EXPRESO TRASANDINO S.A., sobre Concesion de Ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 1057-99-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO TRASANDINO S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado las concesiones de las rutas: MORDAZA - RUNCUA (AYACUCHO) y viceversa y MORDAZA - MORDAZA (AYACUCHO) y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 1057-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRESO TRASANDINO S.A., las concesiones de las rutas: MORDAZA RUNCUA (AYACUCHO) y viceversa y MORDAZA - MORDAZA (AYACUCHO) y viceversa para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA Nº 1 : MORDAZA - RUNCUA (AYACUCHO) y VICEVERSA ORIGEN : MORDAZA DESTINO : RUNCUA (AYACUCHO) ITINERARIO : MORDAZA - MORDAZA - VISCHONGO - VILCASHUAMAN - CARHUANCA ACCOMARCA - INDEPENDENCIA. ESCALA COMERCIAL : MORDAZA FRECUENCIAS : UNA SEMANAL HORARIOS DE SALIDA : DE MORDAZA : VIERNES A LAS 19.00 HORAS DE RUNCUA : SABADO A LAS 15.00 HORAS FLOTA OPERATIVA : UF-1799 (1988) FLOTA DE RESERVA : UF-1659 (1986) : MORDAZA - MORDAZA (AYACUCHO) y VICEVERSA. : MORDAZA : MORDAZA (AYACUCHO) : ICA - PALPA - LUCANAMARCA - HUANCASANCOS - SACCSAMARCA - PUTAJASA HUALLA - CANARIA - PATAPUQUIO - QUEROBAMBA - CHICAYOC - CHALCOS ESCALA COMERCIAL : ICA FRECUENCIAS : UNA SEMANAL HORARIOS DE SALIDA : DE MORDAZA : LUNES A LAS 19.00 HORAS DE MORDAZA : MIERCOLES A LAS 19.00 HORAS FLOTA OPERATIVA : UF-1799 (1988) FLOTA DE RESERVA : UF-1659 (1986)

447-95-MTC/15.17 (3.11.95) 043-96-MTC/15.17 (26.1.96)

069-96-MTC/15.17 (7.2.96)

Articulo 2º.- Aprobar la transferencia de las concesiones para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) en distintas ciudades del MORDAZA y de buscapersonas en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, otorgadas a PERU TEL S.A. y C-COMUNICA S.R.LTDA. por Resoluciones Ministeriales Nºs. 295-97-MTC/15.03 (30.6.97) y 059-98-MTC/15.03 (5.2.98) respectivamente, a favor de SMR DIRECT PERU S.R.LTDA., que se efectivizara una vez que se formalice instrumentalmente la fusion por absorcion. Articulo 3º.- Aprobar la transferencia de las concesiones para el caso de la escision de SMR DIRECT PERU S.R.L., en las dos (2) sociedades que se denominaran TRANSNET DEL PERU S.R.L. y C-COMUNICA S.R.L., conforme se detalla a continuacion: - SMR DIRECT PERU S.R.LTDA. mantendra las concesiones para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. - TRANSNET DEL PERU S.R.L. tendra a su favor las concesiones para la prestacion del servicio publico troncalizado en varias ciudades del interior del MORDAZA, de los que actualmente son titulares SMR DIRECT PERU S.R.LTDA y PERU TEL S.A. - C-COMUNICA S.R.L. tendra a su favor las concesiones para la prestacion del servicio publico de buscapersonas en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, de los que actualmente son titulares SMR DIRECT PERU S.R.LTDA. y C-COMUNICA S.R.LTDA. Articulo 4º.- La transferencia de las concesiones aprobadas por los articulos precedentes, esta condicionada a la inscripcion de la escritura publica de la fusion y escision empresarial respectiva en los Registros Publicos, de acuerdo a la Ley General de Sociedades. Los correspondientes instrumentos publicos debidamente registrados sobre fusion, escision y constitucion social de las nuevas sociedades, deberan presentarse a la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, dentro del plazo de treinta (30) dias contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion, caso contrario, se procedera a dejar sin efecto dicha transferencia. Articulo 5º.- Cumplida con la formalidad exigida en los articulos precedentes, se efectuara el reconocimiento de la titularidad de los derechos y obligaciones que se deriven de la transferencia de concesiones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 1348

RUTA Nº 2 ORIGEN DESTINO ITINERARIO

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