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Pág. 183444 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2000 INDECOPI Autorizan operaciones de concentra- ción económico empresarial en el Sec- tor Eléctrico Nacional, generadas por adquisiciones de acciones de empre- sas e imponen multa a Eléctrica Cabo Blanco S.A., Generalima S.A. e Inver- siones Distrilima S.A. RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI Nº 007-2000-INDECOPI/DIR Lima, 2 de febrero de 2000 Vista la comunicación remitida por la Secretaría Téc- nica de la Comisión de Libre Competencia, por lo que se solicita la publicación de la Resolución Nº 012-1999-IN- DECOPI/CLC, conforme a los Artículos 43º del Decreto Legislativo Nº 807 y Artículo 4º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-98-ITINCI; CONSIDERANDO: Que el Artículo 43º del Decreto Legislativo Nº 807 esta- blece que el Directorio del Indecopi puede disponer, a solici- tud de los órganos funcionales del Instituto, la publicación de las resoluciones que emita la institución en el Diario Oficial El Peruano, en los casos en que tales resoluciones aprueben precedentes de observancia obligatoria o desarrollen aspec- tos de interés general para los consumidores; Que conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 26876, la Comisión de Libre Competencia fue notificada de una operación de concentración económica en el Sector Eléctrico; Que el referido órgano funcional del Indecopi ha pro- cedido a evaluar los alcances de la operación de concentra- ción económica surgida entre las empresas que operan en las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en el país, habiendo procedido a dictar medidas necesarias para que dicha operación no distor- sione la competencia en el sector eléctrico; Que las empresas comprendidas en el procedimiento administrativo de concentración empresarial en el Sector Eléctrico, han acatado la Resolución expedida por la Comisión de Libre Competencia del Indecopi, no interpo- niendo ningún recurso contra la misma, concluyendo así dicho procedimiento; Que resulta pertinente hacer de conocimiento de los consumidores y agentes económicos en general, las conside- raciones tomadas en cuenta por la Comisión de Libre Com- petencia para autorizar la referida operación de concentra- ción económico empresarial en el Sector Eléctrico Nacional; En uso de las facultades que confiere el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868 segundo párrafo del Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 26876, aprobado por D.S. Nº 017- 98-ITINCI; y estando a lo acordado por el Directorio; RESUELVE: Artículo Unico.- Disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, de la Resolución Nº 012-1999-INDE- COPI/CLC expedida por la Comisión de Libre Competen- cia del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directori COMISION DE LIBRE COMPETENCIA RESOLUCION Nº 012-99-INDECOPI/CLC Lima, 3 de diciembre de 1999 VISTO: Las solicitudes de autorización de las operaciones de concentración generadas por la adquisición de ac-ciones de Enersis S.A. por parte de la Empresa Nacio- nal de Electricidad S.A. de España (Expediente Nº 002-99-CLC) y por la adquisición de acciones de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. de Chile por Enersis S.A. (Expediente Nº 003-99-CLC), presenta- das por las empresas Eléctrica Cabo Blanco S.A., Generandes Perú S.A. Generalima S.A. e Inversiones Distrilima S.A., en aplicación de lo dispuesto por la Ley Nº 26876; Tomando en cuenta el informe de la Secretaría Técni- ca - Informe Nº 011-99-CLC -; y CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES 1. Luego del proceso de privatización del sector eléctrico peruano, la Empresa Nacional de Electricidad S.A. de España - en adelante Endesa España - pasó a controlar las siguientes empresas generadoras: Em- presa Termoeléctrica Ventanilla S.A. (Etevensa) y Empresa Eléctrica de Piura S.A. (Eepsa). Endesa Espa- ña participaba también junto con el holding chileno Enersis S.A. en la distribuidora Empresa de Distribu- ción de Lima Norte S.A. (Edelnor). Por su parte, Ener- sis S.A. – en adelante Enersis - también tenía partici- pación indirecta en la generadora Empresa de Genera- ción Eléctrica de Lima S.A. (Edegel), a través de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. de Chile – en adelante Endesa Chile -. 2. En agosto de 1997, a través de la toma de control de cuatro de las cinco empresas denominadas "Las Chispas", Endesa España obtuvo indirectamente el 26.2% de la distribuidora eléctrica chilena Enersis. Posteriormente, llegó a adquirir más acciones de Enersis, llegando a alcanzar hasta el 32%. 3. En noviembre de 1997 se promulgó la Ley Nº 26876, Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico, a través de la cual se estableció un sistema de autorización previa de los actos u operaciones de concentración empre- sarial en el sector eléctrico peruano, sujetando a un procedimiento de notificación aquellas integraciones ver- ticales u horizontales que se produjeran en las actividades de generación y/o transmisión y/o distribución de energía eléctrica que tuvieran por efecto disminuir, dañar o impe- dir la competencia y la libre concurrencia en los mercados de las actividades mencionadas o en los mercados relacio- nados. Esta Ley fue reglamentada en octubre de 1998, mediante Decreto Supremo Nº 017-98-ITINCI. 4. En enero de 1999, Endesa España lanzó, a través de sus filiales Endesa Internacional S.A. y Elesur S.A., una Oferta Pública de Adquisición (OPA) hasta por el 32% de acciones de Enersis, condicionando dicha oferta a que la Junta General de Accionistas de dicha empresa acordara incrementar el límite de tenencia individual de acciones del 32% al 65%. El 30 de marzo de 1999, la Junta General de Accionistas de Enersis acordó elevar el límite de tenencia individual de acciones al 65%. Con fecha 6 de abril de 1999, se cerró en Chile y Estados Unidos la OPA por las acciones de Enersis, concluyendo con la compra del 32% adicional de acciones por parte de Endesa España. 5. El 8 de abril de 1999, la Junta General de Accionistas de Endesa Chile acordó elevar el límite de tenencia individual de acciones de la empresa al 65%. El 20 de abril, Enersis lanzó una OPA por el 30% de acciones de Endesa Chile. Con fecha 12 de mayo, se dio por concluida la OPA y Enersis adquirió un 30% adicional de acciones de dicha empresa. II. NOTIFICACION Y PROCEDIMIENTO ADMI- NISTRATIVO 2.1. Adquisición de acciones de Enersis por En- desa España 6. El 10 de febrero de 1999, Endesa España informó a la Comisión que dos filiales suyas habían lanzado una OPA para adquirir el 32% de Enersis. El 31 de marzo de 1999, las empresas Generalima S.A., Inversiones Dis- trilima S.A. y Eléctrica Cabo Blanco S.A. presentaron ante la Comisión de Libre Competencia diversa infor- mación referida a la OPA antes señalada, solicitándole evaluar dicha documentación para comprobar que la