Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2000 (09/02/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 183585

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA

Regulan ordenamiento y uso de mercados en el distrito Aprueban Reglamento de SaneamienORDENANZA Nº 010-99-MDP to Ambiental de la municipalidad
Pucusana, 14 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 131-99 de fecha 29 de setiembre de 1999, se acordo aprobar la Ordenanza Municipal que MORDAZA el ordenamiento y uso del MORDAZA de Pucusana; Que, las Ordenanzas son normas generales que regulan la organizacion, administracion o prestacion de los servicios publicos locales, el cumplimiento de las funciones generales o especificas de las Municipalidades o establecen las limitaciones y modalidades impuestas a la propiedad privada; Y, estando a lo dispuesto por el Concejo Municipal, y al MORDAZA de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza que regula el ordenamiento y uso de los mercados en el distrito de Pucusana, compuesto de siete articulos, tres disposiciones complementarias y dos disposiciones finales. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General del Concejo dar la publicidad exigida a la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1532 ORDENANZA Nº 021 San MORDAZA de Lurigancho, 25 de agosto de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 003-99-CPSMA/MSJL de la Comision Interna de Trabajo de Poblacion, Salud y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado preceptua que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de Servicios Publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el Articulo 62º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establece que corresponde a las Municipalidades impulsar y ejecutar a traves de los organismos competentes, el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de su necesidad de salubridad; Que, el Articulo 66º Inc. 1) senala que es funcion de las Municipalidades normar y controlar las actividades relacionadas con el Saneamiento Ambiental, asi como es funcion tambien el normar y controlar el aseo, higiene y salubridad en establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos; Que, los Gobiernos Locales son entes legitimados por la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades para aprobar Ordenanzas en materia de su competencia; Que, es preocupacion de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho regular lo referente a las acciones dirigidas a preservar la salud de la poblacion del distrito; tratando de evitar la proliferacion de enfermedades contagiosas, asi como la contaminacion ambiental; Que, la Municipalidad con el objetivo de optimizar las acciones referidas al bienestar del vecindario y de acuerdo a la Ley de libre competencia supervisara y calificara la labor y eficiencia de las empresas que desarrollen las actividades de Saneamiento Ambiental en el distrito; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, y el Articulo 36º numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA mayoritario del pleno del concejo, aprobo la siguiente ordenanza: APROBATORIA DEL REGLAMENTO DE SANEAMIENTO AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Saneamiento Ambiental a ser aplicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que consta de 16 articulos y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, y Direccion de Servicios Comunales el cumplimiento de la presente Ordenanza.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 003-MDR Por Oficio s/n, de fecha 4 de febrero de 2000, la Municipalidad Distrital del MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 003-MDR, publicada en nuestra edicion del dia 4.FEB.2000, en la pagina 183456. En el Articulo Tercero: DICE: - Pago al contado : 29 de febrero - Pago fraccionado : . Primera cuota : 29 de febrero DEBE DECIR: - Pago al contado : 30 de marzo - Pago fraccionado : . Primera cuota : 30 de marzo 1571

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.