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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (11/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 183664 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de febrero de 2000 19. Calle Cmdte. Juan Moore Nºs. 485, 489. 20. Calle Tnte. Palacios Nº 200. 21. Calle Sáenz Peña Nº 340, Plaza Principal de La Punta. 22. Calle Sáenz Peña Nº 360, Plaza Principal de La Punta. 23. Calle Sáenz Peña Nºs. 455, 465. 24. Calle Sáenz Peña s/n esquina Crnel. Francisco Bolognesi (Iglesia de La Punta). 25. Calle Tarapacá Nº 492 esquina calle García y García Nº 199. II. Distrito de Cercado del Callao: 1. Av. Sáenz Peña Nºs. 102, 104, 110, 114 y 118 esquina Jr. Paz Soldán. 2. Av. Sáenz Peña Nºs. 120, 122, 124, 126, 128. Artículo Dos.- Declarar AMBIENTE URBANO MONU- MENTAL a: 1. Plaza Principal del distrito de La Punta, comprendida entre la primera cuadra de la Av. Almirante Miguel Grau esquina calle Medina y calle Sáenz Peña, cuadra 3 calle Sáenz Peña y cuadra 1 Av. Bolognesi. 2. Calle Medina cuadras 1, 2, 3 y 4. 3. Calle García y García cuadra 2. 4. Calle Tnte. Enrique Palacios cuadra 3. 5. Calle Luis Larco cuadra 4. 6. Av. Crnl. Francisco Bolognesi desde el Malecón Pardo hasta la cuadra 3. 7. Av. Alm. Miguel Grau cuadras 1, 2 y 3. Artículo Tres.- Delimitar la ZONA MONUMENTAL del distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao, consti- tuida por el área comprendida dentro del perímetro formado por los límites con el barrio Chucuito del distrito del Cercado del Callao, las riberas del Océano Pacífico y la Escuela Naval del Perú de acuerdo al Plano Nº 01-INC/Callao, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS O. REPETTO MALAGA Director Nacional 1617 OSITRAN FE DE ERRATAS RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-99-PD/OSITRAN Por Oficio Nº 045-2000-GG-OSITRAN, el Organismo Super- visor de Inversión en infraestructura de Transporte de Uso Público, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-99-PD/OSITRAN, pu- blicada en nuestra edición del jueves 3 de febrero de 2000, en la página 183414. DICE: Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-99- PD/OSITRAN DEBE DECIR: Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 007-99- PD/OSITRAN 1624 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Fijan monto de dieta que percibirán regidores por asistencia a sesión de Concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2000-MDC Cieneguilla, 7 de enero del 2000VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, reunidos los señores Regidores, Máximo Terreros Sánchez, Macario Ruiz Barros, Prisca Naida Carhuavilca Hidalgo, Zoila Beatriz Alvarez Santi- vañez y Gustavo Pedreros Fitzgerald, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Amilcar Carrillo Velarde, y estando como Secretario General el Dr. Marcial Díaz Rojas, con el quórum de ley, y atendiendo al motivo de la convocatoria, referente a la fijación del monto de la dieta que percibirán los señores Regidores y el establecimiento de la remuneración mensual del señor Alcalde; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes perciben una remuneración mensual y los Regidores perciben dietas por se- sión; Que, la percepción de la dieta está condicionada a la asisten- cia efectiva del Regidor a la correspondiente Sesión de Concejo; Que, por otro lado la remuneración mensual que percibe el Alcalde y las dietas de los Regidores, deben corresponder a las medidas de austeridad con la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad; Estando a lo dispuesto por los Artículos 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853, y con el voto mayoritario de los señores Regidores; SE ACORDO: Artículo Primero.- Fijar para el presente año en MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,100.00), el monto de la dieta que percibirá cada Regidor por asistencia efectiva a Sesión de Conce- jo; abonándose hasta un máximo de dos (2) dietas al mes. Artículo Segundo.- Mantener para el presente año el monto de la remuneración mensual del Sr. Alcalde, establecida median- te Acuerdo de Concejo Nº 002-99-MDC, de fecha 2 de enero de 1999. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, publíquese y cúmplase. AMILCAR CARRILLO VELARDE Alcalde 0993 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban Tabla de Tasas para autori- zación de Publicidad Exterior en el dis- ORDENANZA Nº 182-2000-CDSB-C San Borja, 28 de enero de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su I-2000 Sesión Ordinaria de fecha 21.1.2000, el Dictamen Nº 001-2000-CDSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, sobre la modificación de la tabla de tasas por los diferen- tes tipos de elementos publicitarios. CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Desarrollo Urbano informa que la tabla propuesta ha sido revisada y establece los costos que deben corresponder a cada tipo de elemento publicitario, según los gastos administrativos que conlleva la verificación para su autorización, que tienen que ver con el tamaño, tipo y compleji- dad del elemento publicitario, en relación a la necesidad de cuidado del ornato y urbanismo, bienestar de los vecinos, y atención a la necesidad y al derecho de desarrollo de las activida- des comerciales a través de la publicidad; Que, la experiencia de la atención de expedientes sobre publicidad, ha indicado que los tramos elegidos, comparativa- mente por cada tipo de elemento, establecen una equidad en relación a los costos finales de las autorizaciones, teniendo en cuenta: duración de la autorización, costo administrativo para la expedición de la autorización, e inversión para el usuario de la publicidad; Que, mediante la presente se precisa la Ordenanza Nº 163-99- CDSB-C sobre los elementos tipo globo aerostático que vuelan a una altura de exposición no mayor de 30.00 Mts. llamadas BLIMPS y a la tabla de tasas por trámite de la Dirección de Desarrollo Urbano en relación a los costos por autorización de publicidad, aprobada mediante Ordenanza Nº 138-99-CDSB-C que aprueba el TUPA;