Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2000 (16/02/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

Pag. 183756
CATEGORIA DE GASTO 7 SERVICIO DE LA DEUDA 8 9 Intereses y Cargos de la Deuda Amortizacion de la Deuda TOTAL EGRESOS A LA: UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 001 03 006 0019 00010 00 : : : : :

NORMAS LEGALES
(EN NUEVOS SOLES)

MORDAZA, miercoles 16 de febrero de 2000

"Articulo 1º.- Autorizacion de Credito Suplementario Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para 1999 hasta por la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 310 612,00), de acuerdo al siguiente detalle: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3.0.0 3.1.0 3.1.2 3.1.2.009 13 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS : : : : TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS INTERNAS DEL SECTOR PUBLICO TRANSFERENCIAS DE INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 7 310 612 ---------- TOTAL INGRESOS 7 310 612 ======== GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario y Financiero Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

25 517 000 27 479 000 ------------------733 963 000 ==========

Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario y Financiero Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

: RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS SOLES) EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 009 001 03 006 0019 00010 : : : : : : :

CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia TOTAL 733 963 000 -----------733 963 000 =========

Articulo 3º.- Autorizase, en via de regularizacion, una operacion de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 1999 hasta por la suma de DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 599 240 862,00), conforme al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 009 001 03 : GOBIERNO CENTRAL : Ministerio de Economia y Finanzas : Administracion General : Administracion y Planeamiento

13

: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1 275 127 ---------- 1 275 127 ======== INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado : CONSUCODE : Administracion y Planeamiento : Administracion : Administracion General : Gestion Administrativa : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 2 197 813 1 530 596 2 307 076 ---------- 6 035 485 ---------- 7 310 612 =========

GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia TOTAL MEF

SECCION MORDAZA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5

: 009 001 03 003 0006 00267 13

006 : Planeamiento Gubernamental 0019 : Planeamiento Presupuestario y Financiero 00010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 00 : RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS SOLES)

CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL SECCION SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL 1 386 319 179 1 212 921 683 ____________ 2 599 240 862 =========== 2 599 240 862 ____________ 2 599 240 862 =========== 6

GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital TOTAL CONSUCODE TOTAL EGRESOS

Los Pliegos y Grupos Genericos de Gasto habilitados en la Seccion Primera y Seccion MORDAZA del presente articulo son detallados en los Anexos Nºs. 1, 1A y 1B conformantes de la presente MORDAZA legal. Articulo 4º.- Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en los Articulos 1º y 3º, mediante Resolucion de su Titular, aprueban dentro del plazo establecido en el Articulo 5º de la Directiva Nº 008-99-EF/76.01 para el Cierre y Conciliacion del Presupuesto del Sector Publico 1999, el detalle de los recursos Transferidos a nivel de Seccion, Pliego, Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico de Gasto. MORDAZA de la Resolucion resultante, es remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el Articulo 5º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999. La documentacion a ser enviada a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico comprende ademas, el envio de los diskettes pertinentes conteniendo la informacion presupuestal resultante de la aplicacion del presente Decreto de Urgencia. Articulo 5º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos comprendidos en los Articulos 1º, 2º y 3º del presente dispositivo legal, instruye a las respectivas Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en los articulos MORDAZA mencionados. Articulo 6º.- Modificase el Articulo 1º de la Ley Nº 27148, por el siguiente texto:

Articulo 7º.- El gasto ejecutado durante el ano fiscal 1999, en aplicacion del MORDAZA Fiscal autorizado por la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 628-98-MP-CEMP, queda exceptuado de lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 002-98. Articulo 8º .- Los gastos totales efectuados por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), por concepto de Personal y Obligaciones Sociales, durante los meses de enero a marzo de 1999, no exceden la suma de SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 696 189,00) que corresponde a las remuneraciones pagadas durante dicho periodo. La aplicacion de lo MORDAZA dispuesto, no implica la atencion de nuevos calendarios de compromisos ni pagos adicionales a los realizados durante el periodo enero - marzo 1999, quedando el CONSUCODE facultado a emitir las disposiciones internas necesarias que permitan la adecuada aplicacion del presente articulo. Articulo 9º.- El Ministerio de Economia y Finanzas queda autorizado a dictar las normas que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion del presente dispositivo legal. Articulo 10º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su promulgacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.