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Pág. 183766 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de febrero de 2000 Debiendo realizarse la Décima Conferencia de las Nacio- nes Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD X), en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 17 al 19 de febrero del 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0366, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 9 de febrero del 2000; De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; y, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República, para que participe en la Décima Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD X), a realizarse en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 17 al 19 de febrero del 2000. 2º.- Designar al Capitán de Navío AP Vicente Rosell Berend- son, Edecán, para que acompañe al Primer Vicepresidente de la República en su viaje al Reino de Tailandia. 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 8,981.96, viáticos US$ 2,080.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 50.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res. 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 1876 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Encargan funciones de Director de Pro- grama Sectorial de la Dirección Nacio- nal de Relaciones de Trabajo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-2000-TR Lima, 14 de febrero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 018-2000-TR/VMT CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 055-99-TR, se encargaron las funciones de Directora Nacional de Relaciones de Trabajo, a la doctora MANUELA GARCIA COCHAGNE, Directora de Pro- grama Sectorial II (F-3) de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima - Callao; Que, para el presente ejercicio resulta necesario renovar el encargo de las funciones antes mencionadas; Que, la mencionada propuesta cuenta con la opinión favora- ble del Viceministro de Trabajo, señor doctor Fernando García Granara; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82º del Regla- mento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; y literal d) del Artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº 012-93-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ENCARGAR, en vía de regularización, a partir del 1 de enero del año 2000, a la doctora MANUELA GARCIA COCHAGNE, Directora de Programa Sectorial II (F-3) de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima - Callao, las funciones de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de laDirección Nacional de Relaciones de Trabajo, con retención de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 1837 M T C Aprueban Formulario de Inscripción en el Registro del "Programa Lote Fa- miliar (PROFAM)" RESOLUCION DE GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y OPERACIONES Nº 029-2000-COFOPRI/GPO Lima, 14 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, en vista al anuncio presidencial referido al programa de adjudicación de lotes de vivienda en terrenos del Estado que sería establecido por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción a través de COFOPRI, se determinó la necesidad de iniciar su implementación. En este sentido, se procedió con la elaboración e impresión de formularios de solici- tudes de adjudicación de lotes de vivienda, en los términos y con las características esbozadas por el Presidente de la República y aquéllas aplicadas por COFOPRI dentro de sus acciones de formalización, utilizándose como denominación genérica "Pro- grama Especial de Registro de Familias Solicitantes de Lotes de Terrenos con Fines de Vivienda"; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo Nº 007- 2000-MTC, se aprobaron las características y condiciones del referido programa, denominándolo "Programa Lote Familiar (PROFAM)", el mismo que será puesto en funcionamiento y administrado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, se estableció en el Artículo 1º del citado Decreto Supre- mo que los interesados solicitarán inscribirse en el registro del PROFAM mediante los formularios que para tal fin establezca COFOPRI y en los cuales se consignará su carga familiar y la carencia de vivienda; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las caracterís- ticas y el contenido del Formulario de Inscripción en el Registro del PROFAM, de conformidad a las precisiones establecidas en el Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC, cuyo encabezamiento refe- rirá "Programa Lote Familiar (PROFAM)"; Que, el literal M) del Artículo 23º del Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, establece que la Gerencia de Planeamiento y Operaciones expedirá resolu- ciones que establezcan los criterios, las metodologías y los proce- dimientos de formalización que deberán aplicar los órganos de la Estructura Orgánica Funcional y las resoluciones sobre otros asuntos de su competencia; Que, debido al carácter y alcance general del Formulario de Inscripción en el Registro del PROFAM, se requiere que el mismo sea publicado; Con la opinión favorable de la Gerencia General y el visado de la Gerencia de Asesoría Legal de COFOPRI; De conformidad con lo establecido en el Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98- MTC, el Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99- MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Apruébase las características y el conte- nido del Formulario de Inscripción en el Registro del "Programa Lote Familiar (PROFAM)", que como Anexo forma parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aquellos Formularios de Inscripción en el Registro del "Programa Lote Familiar (PROFAM)" que fueron impresos en virtud del primer considerando de la presente Resolución, quedarán habilitados para el uso exclusivo de COFO- PRI mediante el sellado de las siglas PROFAM en el encabezado de los mismos. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir de la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CANTUARIAS SALAVERRY Gerente de Planeamiento y Operaciones de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI