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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (16/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 31

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 183760 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de febrero de 2000 Autorizan crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, destinado a financiar Proyecto de Rehabilitación de Carreteras afectadas por el fenómeno El Niño DECRETO DE URGENCIA Nº 007-2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-99-EF de fecha 7 de abril de 1999, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo acordada entre la República del Perú y The Overseas Economic Cooperation Fund-OECF, hoy Japan Bank For International Cooperation, hasta por un monto de QUINCE MIL OCHOCIEN- TOS TREINTA Y TRES MILLONES Y 00/100 YENES JAPONE- SES (¥ 15 833 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Rehabilitación de Carreteras Afectadas por El Niño", a ser ejecutado por el Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción; Que, para ejecutar las obras de rehabilitación es necesa- rio incorporar en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Año Fiscal 2000, la suma de VEINTINUEVE MILLONES CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29 103 820,00), con cargo a los recursos del Endeudamiento Externo concertado con The Overseas Economic Cooperation Fund-OECF, hoy Japan Bank For International Cooperation; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y de conformi- dad con lo dispuesto en el Artículo 38º de la Ley Nº 27209 de Gestión Presupuestaria del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, hasta por la suma de, VEINTINUEVE MILLONES CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29 103 820,00), de acuerdo al siguiente detalle: (En nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 12:RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 4.0.0 :FINANCIAMIENTO 4.1.0 :OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 4.1.2. :OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 4.1.2.018 :OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO JAPAN BANK FOR INTERNATIONAL COOPERATION JBIC 29 103 820,00 TOTAL INGRESOS 29 103 820,00 ========== EGRESOS SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 015 :MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION UNIDAD EJECUTORA 009 :PROGRAMA NACIONAL DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION VIAL FUNCION 16 :TRANSPORTE PROGRAMA 052 :TRANSPORTE TERRESTRE SUBPROGRAMA 0144 :REHABILITACION DE CARRETERAS PROYECTO 2.00526 :REHABILITACION Y RECONSTRUCCION FENOMENO EL NIÑO 6. GASTOS DE CAPITAL 5. INVERSIONES 29 103 820,00 TOTAL EGRESOS 29 103 820,00 =========== Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente CréditoSuplementario, solicitará a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego instruye a la Unidad Ejecutora, indicada en el Artículo 1º, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuen- cia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto de Urgencia, será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de febrero del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1866 P C M Encargan funciones de la Secretaría del Consejo de Ministros RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2000-PCM Lima, 10 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Titular de la Secretaría del Consejo de Ministros de la Presidencia de la República se encuentra en uso de licencia sin goce de haber, de conformidad con lo dispuesto mediante el Art. 114º de la Ley Nº 26859; Que, en consecuencia, es pertinente encargar las funciones de la Secretaría del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia de la Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar al Dr. Félix Pino Figueroa, las funciones de la Secretaría del Consejo de Ministros de la Presidencia de la República, a partir del 9 de febrero del 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 1867 Designan Director de la Oficina Gene- ral de Administración de la Secretaría de Defensa Nacional RESOLUCION SUPREMA Nº 080-2000-PCM Lima, 15 de febrero del 2000 Vistos los Memoranda Nºs. 5052 y 06505 CP-JAPE 1.4 de fechas 15 y 29 de diciembre de 1999 del Ministerio de Defensa y el Oficio Nº 115-2000-SDN/F.1 de la Jefatura de la Secretaría de Defensa Nacional;