Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2000 (16/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 16 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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Visto, el Informe Nº 013-2000-DA/MDSA de la Direccion de Administracion de fecha 11 de febrero del 2000, mediante el cual se expone la necesidad de declarar en Situacion de Urgencia, la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 24059 se crea el Programa del Vaso de Leche, destinados a la atencion de la poblacion MORDAZA Infantil, con derecho a la provision diaria por parte del Estado, a traves de los Municipios y sin costo alguno, de leche o alimento equivalente; Que, la Ley Nº 26637 dispuso que las Municipalidades Distritales de MORDAZA Metropolitana asumieran la administracion del referido Programa. Que, de acuerdo al Art. 15º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado la Licitacion Publica se convoca para la adquisicion de bienes dentro de los margenes que establece la Ley Anual de Presupuesto; Que, en tal sentido mediante Informe Nº 013-2000-DA/MDSA del 11 de febrero del 2000, la Direccion de Administracion da cuenta que el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2000-CE/ MDSA, convocado para la adquisicion de insumos para el Programa en mencion, ha sido declarado DESIERTA, de conformidad al Art. 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Comite Especial de Seleccion para procesos de Concursos y Licitaciones Publicas inmediatamente ha procedido a publicar la consiguiente MORDAZA Convocatoria del MORDAZA licitario MORDAZA citado, publicandose este el 10 de febrero del ano en curso, cuya buena pro esta programada a otorgarse el 20 de marzo proximo; Que, a fin de evitar que se produzca el desabastecimiento de insumos que pongan en serio riesgo la atencion a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, en tanto se concluya con el MORDAZA licitario MORDAZA acotado, se hace necesario declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de los mencionados recursos, al MORDAZA de lo preceptuado en los Arts. 20º y 21º de la Ley Nº 26850; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarese en Situacion de Urgencia la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por el lapso que dure el MORDAZA licitario convocado para tal fin, al que se hace referencia en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion de Administracion para que a traves de la Unidad de Abastecimiento proceda a la adquisicion de los insumos que se requieran para la atencion normal del Programa del Vaso de Leche mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, en tanto dure la Situacion de Urgencia declarada en el articulo anterior. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento la presente Resolucion, de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas, de la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal y Direccion de Administracion el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1858

EL MORDAZA DEL CONCEJO PROVINCIAL DE TALARA; CONSIDERANDO: Que, la Asesoria de Saneamiento Tecnico Legal ha recomendado la aprobacion del procedimiento respectivo para establecer y regular el saneamiento e inscripcion de todos los inmuebles de dominio municipal, que se encuentran en zonas urbanas, comerciales e industriales dentro de la jurisdiccion Provincial, con el fin de asegurar el desarrollo y crecimiento ordenado de la provincia de Talara; Que, la Resolucion Suprema Nº 387-71-EM/DS sobre "Talara MORDAZA Abierta" y la Ley Nº 24184 sobre las areas a desaportar por Petroperu, establecen que dicha empresa solo mantendra posesion sobre las areas factibles de exploracion y explotacion petrolera; por lo que no existe impedimento para que la Municipalidad realice el saneamiento de los inmuebles consolidados en zonas urbanas, comerciales e industriales; Que, Petroperu, MORDAZA International Petroleum Company, tenia el dominio e inscribio los campamentos La MORDAZA y Parinas incluyendo las zonas urbanas, dentro de las lotizaciones de las zonas urbanas, existen las areas de equipamiento comunal y de servicios publicos complementarios, las mismas que legalmente deben ser aportadas a favor de la Municipalidad para el uso y administracion respectiva, por lo que la Municipalidad Provincial de Talara resulta propietaria de dichas areas; Que, el D.S. Nº 018-90-VC faculto a las Municipalidades a gestionar la primera inscripcion de dominio de los bienes inmuebles ubicados dentro de su jurisdiccion, sin contar con los titulos comprobatorios de dominio; Que, el D.S. Nº 026-96-PCM faculta a las Municipalidades a dictar las medidas especificas para obtener el saneamiento Tecnico Legal de los inmuebles ubicados dentro de su jurisdiccion, cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Publicos a su nombre; asi mismo, dispone que la Superintendencia de los Registros Publicos otorgue las facilidades del caso para el cumplimiento de lo dispuesto Estando a los considerandos indicados, a la Sesion de Concejo del 22/10/99 y a la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se acordo la promulgacion de la siguiente: ORDENANZA: 1.- APRUEBESE el MORDAZA de Saneamiento Tecnico Legal de los inmuebles de dominio de la Municipalidad Provincial que no se encuentren inscritos en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, presentando para tal efecto la solicitud de inscripcion correspondiente. 2.- La Solicitud de inscripcion, que tendra valor de Declaracion Jurada, contendra los siguientes documentos del inmueble a inscribir: - Resolucion Municipal aprobando la inscripcion. - Memoria Descriptiva. - Planos Perimetrico y de ubicacion. - Declaracion Jurada haciendo constar que el inmueble esta libre de todo MORDAZA de gravamen, embargo, medida judicial o extrajudicial. 3.- Presentada la solicitud de inscripcion, la oficina de Registros Publicos de MORDAZA extendera la anotacion preventiva de primera de dominio en la partida que corresponda, la cual quedara inscrita en forma definitiva en un plazo no mayor de 30 dias calendario, previa publicacion en el diario oficial del departamento de MORDAZA y de no mediar oposicion justificada de terceros. 4.- La Municipalidad provincial regularizara la inscripcion de la Declaratoria de Fabrica de todos los inmuebles construidos bajo cualquier modalidad, con la sola MORDAZA de los formularios, la Memoria Descriptiva y distribucion de las mismas. 5.- Los inmuebles que se inscriban a merito de la presente Ordenanza, estan exonerados de todo pago por derechos registrales, de conformidad con lo dispuesto por el D.S. Nº 018-90VC; 6.- ENCARGAR a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y a la Asesoria de Saneamiento Tecnico Legal, realizar las acciones establecidas en la presente Ordenanza Municipal. 7.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y dese cuenta. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1787

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA
Aprueban MORDAZA de saneamiento de inmuebles municipales no inscritos en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-10-99-MPT Talara, veinticinco de octubre de mil novecientos noventinueve

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