Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (23/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 184031 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de febrero de 2000 F.03.4.214.I DIAZIPRIM - 48%S VMD N.V. BELGICA AGROVET MARKET S.A. 27 de enero del 2000 F.01.1.109.N CALOI Emulsión Inyectable LABORATORIOS BIOMONT S.A. NACIONAL (PRODUCTO NACIONAL) 27 de enero del 2000 F.01.2.108.I LABHIDRO AD3E + C LIQUIDO BASF LABIANA S.A. ESPAÑA BASF PERUANA S.A. 27 de enero del 2000 F.08.2.091.N MICROALBENDACOR 4% + COBALTO REANA E.I.R.LTDA. NACIONAL (PRODUCTO NACIONAL) 27 de enero del 2000 OVINO F.15.2.004.I BROMESOL VETANCO S.A. ARGENTINA ROCSA INTERNACIONAL S.A. 27 de enero del 2000 A.01.5.282.I NUTRA PRO PUPPIES FORMULA DE ALIMENTSA, Dietas y Alimentos S.A. ECUADOR AGROVET MARKET S.A. 27 de enero del 2000 CRECIMIENTO A.01.5.284.I NUTRA PRO 26% MAINTENANCE - ALIMENTSA, Dietas y Alimentos S.A. ECUADOR AGROVET MARKET S.A. 27 de enero del 2000 ALIMENTO PARA PERROS ADULTOS A.01.5.283.I NUTRA PRO HIGH PERFORMANCE ALIMENTSA, Dietas y Alimentos S.A. ECUADOR AGROVET MARKET S.A. 27 de enero del 2000 ALIMENTO PARA PERROS ACTIVOS Regístrese y comuníquese. OSCAR DOMINGUEZ FALCON Director General Dirección General de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA 2099 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la caducidad de las autoriza- ciones para el desarrollo de las actividades de acuicultu- ra, otorgadas a los señores Luis Andrés Zúñiga Rosas, Concebido Gamaliel Velarde Romero, José Eduardo Delgado Las Heras y Jaime Pedro Chávez Flores me- diante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 064-96-PE; 146-96-PE, 153-96-PE y 391-96-PE respectivamente, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Dirección Regional de Pesquería de Arequipa y a la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 2097 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2000-PE Lima, 21 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que las Resoluciones Ministeriales Nºs. 152-96- PE, 243-96-PE y 272-96-PE del 13 de marzo, 7 y 14 de mayo de 1996, otorgaron a los señores Luis Huamaní Huamaní, Atilio Víctor Zúñiga Zegarra y Román Darío Echevarría Jaimez, respectivamente, autori- zación para desarrollar la actividad de acuicultura a menor escala con la especie "Camarón Gigante de Malasia" (Macrobrachium rosenbergii) en los pre- dios de su propiedad, ubicados en los distritos de Aplao, Huancarqui y Uraca-Corire, provincia de Cas- tilla, departamento de Arequipa; Que el Artículo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Artículo 4º de las Resoluciones Ministeria- les citadas en el considerando anterior, establecen como causales de caducidad de la autorización concedi- da para el desarrollo acuícola, el incumplimiento de los objetivos prefijados en los proyectos o utilizar la auto- rización con finalidad distinta a aquella para la cual fue otorgada; Que según consta en el Informe Nº 10-99-PE/Dac- Control del 30 de diciembre de 1999, la Dirección Nacional de Acuicultura ha comprobado que los señores Luis Huamaní Huamaní, Atilio Víctor Zúñi-PESQUERIA Declaran caducidad de autorizaciones otorgadas para desarrollar activida- des de acuicultura en el departamento de Arequipa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2000-PE Lima, 21 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que las Resoluciones Ministeriales Nºs. 064-96-PE, 146-96-PE, 153-96-PE y 391-96-PE del 31 de enero, 13 de marzo y 23 julio de 1996, otorgaron a los señores Luis Andrés Zúñiga Rosas, Concebido Gamaliel Velarde Romero, José Eduardo Delgado Las Heras y Jaime Pedro Chávez Flores, respectivamente, autorización para desarrollar la actividad de acuicultura a menor escala con la especie "Camarón Gigante de Malasia" (Macrobrachium rosenbergii) en los predios de su propiedad, ubicados en el distrito de Aplao, provincia de Castilla, departamento de Arequipa; Que el Artículo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Artículo 4º de la Resoluciones Ministeria- les citadas en el considerando anterior, establecen como causales de caducidad de la autorización concedi- da para el desarrollo acuícola, el incumplimiento de los objetivos prefijados en los proyectos o utilizar la auto- rización con finalidad distinta a aquella para la cual fue otorgada; Que según consta en el Informe Nº 09-99-PE/Dac- Control del 22 de diciembre de 1999, la Dirección Nacional de Acuicultura ha comprobado que los señores Luis Andrés Zúñiga Rosas, Concebido Gama- liel Velarde Romero, José Eduardo Delgado Las Heras y Jaime Pedro Chávez Flores no han efectua- do actividades de acuicultura, incumpliendo con los fines para los cuales les fueron otorgadas las autori- zaciones, por lo que procede declarar la caducidad de las mismas; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aproba- do por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro;