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Pág. 184048 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de febrero de 2000 El Concejo Municipal de Chorrillos Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de febrero del 2000, el pedido formulado por el Regidor doctor Efraín Teves Muñoz, para que se prorrogue la situación de Urgencia establecida con Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MDCH, (14 de enero del 2000) para la adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 24059 se crea el Programa del Vaso de Leche destinado a la atención de la población Materna-Infantil, de Madres gestantes y en período de lactancia con derecho a la provisión diaria de parte del Estado, a través de los Municipios sin costo alguno para ellas, de 250 c.c. de leche o equivalente; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2000, Ley Nº 27212 establece que la ración alimenticia diaria del Programa del Vaso de Leche debe estar compuesta por insumos de origen nacional, con excep- ción de enriquecidos lácteos que deberán tener en un mínimo de 75% de Insumos Nacionales; Que, la Administración Municipal de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 26850 y su Reglamento apro- bado con D.S. Nº 039-98-PM ha convocado al Proceso Licitario para adquirir insumos para el Programa del Vaso de Leche en expreso cumplimiento de la Ley Nº 27212; Que, el Art. 21º de la Ley Nº 26850, establece que se considera situación de Urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones; Que, la Convocatoria a proceso licitario para la adquisición de alimentos para el Programa del Vaso de Leche, efectuada los días 11 y 12 de febrero, demanda determinados plazos legales, cuyo cumplimiento conlle- varía a la demora en la distribución de los insumos para el mencionado Programa; Que, con Informe Nº 004-2000-OA-MDCH, la Oficina de Administración comunica de manera por- menorizada todo el procedimiento llevado a cabo desde la dación de la Ley Nº 27212, para determinar el tipo de Recurso a adquirir para atender el Progra- ma del Vaso de Leche, solicitando se prorrogue la situación de Urgencia aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 001-2000, hasta la culminación del Pro- ceso Licitario; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26850, por el D.S. Nº 039-98/CM, por la Ley Nº 27212, Informe Nº 004-2000-OA-MDCH, en uso de sus funciones estable- cidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el voto en mayoría de los señores Regidores del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; SE ACORDO: Artículo Primero.- PRORROGAR, los alcances del Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MDCH, que de- claró en situación de Urgencia por 45 días la Adquisi- ción de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, hasta la culminación del Proceso de Licitación Pública Nº 002-2000-CE-MDCH. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Administración el cabal cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 2193MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Establecen medidas sobre saneamien- to físico legal de inmuebles de la mu- nicipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0112-2000/MDR-AL Rímac, 25 de enero de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTOS: El Memorando Nº 030-2000-MDR/DM de fecha 18 de enero del 2000 emitido por la Dirección Municipal, Informe Nº 001-2000-DDU/MDR de fecha 6 de enero del 2000 de la Dirección de Desarrollo Urbano e Infor- me Nº 043-2000-DAL/MDR de fecha 14 de enero del 2000 emitido por la Oficina de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de vistos, se desprende que en la Municipalidad Distrital del Rímac, existe patrimonio inmobiliario de propiedad municipal que necesita ser objeto de Saneamiento Físico Legal y su posterior inscripción de Dominio, ante la Oficina Regis- tral de Lima y Callao; Que, por Decreto Supremo Nº 018-90-VC se otorga a las Municipalidades la facultad de gestionar la Ins- cripción de Dominio de los bienes inmuebles que le pertenezcan y no cuenten con título comprobatorio de dominio; Que, asimismo por Decreto Supremo Nº 026-96- PCM se dispuso que las entidades de Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Corporaciones de Desarrollo, Gobiernos Locales y demás dependencias públicas, dicten medidas específicas para el Saneamiento Físico Legal de los bienes inmuebles de su propiedad, cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Públicos; Que, con la finalidad de administrar de manera óptima los bienes inmuebles que constituyen patrimo- nio de la Municipalidad, es necesario dictar normas para regular el Saneamiento Físico Legal; a efectos de poder utilizar los proyectos de interés para los vecinos del distrito del Rímac; Que, asimismo es necesario contar con un procedi- miento simplificado ágil y eficaz, que permita acceder con celeridad a la Titulación de bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad, a fin de cumplir con los objetivos y con la ejecución de diversos proyectos de envergadura en beneficio de la comunidad rimense; Estando a lo dispuesto en Art. 191º de la Constitu- ción Política del Estado y en uso de las facultades que nos confiere los Arts. 2º, 10º, Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR de necesidad y de utilidad pública el SANEAMIENTO FISICO LE- GAL DE LOS BIENES INMUEBLES DE LA MUNI- CIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC, que a la da- ción de la presente Resolución de Alcaldía no se en- cuentran debidamente registrados en la Oficina Regis- tral de Lima y Callao. Artículo Segundo.- DISPONER el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital del Rímac, tramitando para tal