Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2000 (16/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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trativas disciplinarias previstas en los incisos a), h), y j) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones para el Sector Publico, al haber infringido las disposiciones contenidas en el Articulo 40º de la Constitucion Politica del Estado, el Articulo 7º y los incisos a), b), d) y h) del Articulo 21º del Decreto Legislativo en mencion, concordante con lo establecido por los Articulos 127º y 129º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, y los Articulos 14º, 15º y 16º de la Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; Que, el CPC MORDAZA MORDAZA Ugarte tiene la condicion de cesante y pensionista de la Direccion Regional de Agricultura, en el Regimen del Decreto Ley Nº 20530 - Regimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990 y mediante Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 007-95-CTARRI/PE de 10 de enero de 1995, fue designado en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Jefe del Organo de Control de la Direccion Regional de Salud del MORDAZA, Categoria Remunerativa F-4, con retroactividad al 24 de noviembre de 1994, desempenando tales funciones al 5 de enero del 2000; Que, son hechos que constituyen presunta falta administrativa de caracter disciplinario, que el CPC MORDAZA MORDAZA Ugarte, durante el ejercicio de sus funciones como funcionario publico, del 24 de noviembre de 1994 al 5 de enero del 2000, ha venido cobrando simultaneamente pension de cesantia de la Direccion Regional de Agricultura MORDAZA y remuneraciones de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, habiendo cobrado indebidamente la suma de TREINTICINCO MIL QUINIENTOS SETENTITRES CON 69/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 35,573.69) por concepto de pension de cesantia, suma que el ex funcionario ha cumplido con devolver conforme se evidencia con las Papeletas de Depositos a Favor del Tesoro Publico (T-6) de fechas 7 y 10 de febrero del 2000 respectivamente, condicion que no lo releva de la responsabilidad administrativa; Que, los funcionarios publicos de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 276, no estan comprendidos en la MORDAZA Administrativa pero si en sus disposiciones en lo que les sea aplicable; asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 174º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el servidor cesante podra ser sometido a MORDAZA administrativo por las faltas de caracter disciplinario que hubiese cometido en el ejercicio de sus funciones, siempre que no hubiere prescrito la accion; De conformidad a lo dispuesto por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, el Articulo 25º y siguientes del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones para el Sector Publico y Articulo 163º y siguientes de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y estando al Informe Nº 04-2000-CTAR-CUSCO/CEPAD de 24 de MORDAZA del 2000 emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco; y, En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 26922, el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, y la Resolucion Suprema Nº 133-99-PRES; RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a cargo de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Sede del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, en contra del CPC MORDAZA MORDAZA UGARTE, ex Director de Sistema Administrativo II, Jefe del Organo de Control de la Direccion Regional de Salud MORDAZA del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco. Articulo Segundo.- La Oficina de Secretaria General del CTAR MORDAZA, notificara con la presente Resolucion al ex funcionario procesado, asi como remitira los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR MORDAZA, dentro del termino de 72 horas, a fin de que el procesado ejercite su derecho a defensa con arreglo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo CTAR MORDAZA 8083

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban bases para otorgamiento de autorizaciones de servicio de transporte en rutas con vias de libre acceso existentes en el plan regulador de la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 563-2000-MML/DMTU MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Municipal Nº 104, que aprueba el Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras modalidades en la provincia de MORDAZA, establece la modalidad y procedimiento para otorgar concesion de ruta, cuyos recorridos comprenden vias de libre acceso. Asimismo senala en su Articulo 14º, que las condiciones para el otorgamiento de concesiones para el Transporte Publico de Pasajeros se encontraran comprendidas en las Bases; Que, la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, en su Articulo 4º, faculta focalizar su accion a aquellos mercados de Transporte que presenten distorsiones, generadas por la congestion vehicular y la contaminacion, a fin de corregir los mismos; Que, la Ordenanza Nº 131, MORDAZA del Transporte Terrestre en la provincia de MORDAZA, en el inciso "d" de su Articulo 3º, senala que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, otorgar las concesiones y autorizaciones correspondientes para la gestion del servicio. Asimismo los Articulos 33º y 30º literal a) del citado dispositivo senala que, los servicios de transporte regular masivo de pasajeros en rutas de libre acceso, podran ser objeto de utilizacion directa, previa autorizacion expresa de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por un plazo que no debera exceder a los 10 anos; Que, en la actualidad existen sectores poblacionales con necesidades de servicio, que no han sido satisfechas en su totalidad por las empresas concesionarias que brindan el servicio; y, existiendo en el Plan Regulador de Rutas de la provincia de MORDAZA, un conjunto de rutas con recorridos que comprenden vias de libre acceso, cuyos servicios no han sido autorizados, es necesario ponerlas a disposicion de las personas juridicas interesadas en brindar servicio en las indicadas rutas; Que, es necesario designar una Comision que se encargue de evaluar los expedientes presentados por las personas juridicas que participen en el MORDAZA de adjudicacion; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanza MORDAZA del Transporte Terrestre Nº 131, Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras modalidades para la provincia de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 104 y el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para 2000, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 283 y los Decretos de Alcaldia Nº 026 del 26.3.96 y Nº 054-93-MLM del 22.6.93; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las Bases, que comprenden los plazos, procedimientos, requisitos, relacion de Rutas y cronograma, para otorgar autorizacion para brindar servicio de transporte en rutas cuyos recorridos comprenden vias de libre acceso. Articulo Segundo.- Establecer como fecha de vencimiento de las concesiones que se autorizan por la presente Resolucion, el 31 de diciembre del 2001.

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