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Pág. 189044 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de junio de 2000Oficina de Signos Distintivos Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que DerechosAuto- Evaluación Previa donde se inicia Recurso de resuelve la Recurso deAutoridad que Formales de TrámitemáticoS.A.S.A. Noel procedimientoReconsideraciónSolicitud y la Apelación resuelve la (******) PositivoNegativoRegulado Reconsideración Apelación 11. Registro, Prórroga o Modificación de Contratos de Transferencia de Tecnología Extranjera Solicitud consignando datos de identificación, domicilio y/o poderes(**) del Solicitante: 0,10 UIT X Oficina de Signos 0,09 UIT Jefe de la 0,14 UIT Sala de Copia del Contrato de Transferencia de Tecnología Extranjera con firmas debidamente legalizadas y su Distintivos Procede dentroOficina de SignosProcede dentro Propiedad traducción de ser el caso, en el que se consigne debidamente los Elementos del Contrato para efectos u de los 15 días Distintivos de los 15 días Intelectual del Registro. Oficina de Notificada la de Notificada la Tribunal de DescentralizadaResolución Resolución Indecopi Base Legal: Decreto Legislativo 807 Art 57º 12. Certificado de Gravamen Solicitud consignando Nombre o Razón Social del Solicitante, el Número de Certificado del Signo 0,010 UIT X Oficina de SignosNo Contemplado—————— No Contemplado—————— Registrado y la indicación del tipo de Signo de que se trate. Distintivos u Oficina Base Legal: Decreto Legislativo 823 Descentralizada (*)Los gastos que generen la ejecución de la Visita Inspectiva serán de cargo del Solicitante. (**)Los Poderes podrán constar en instrumento privado y deberán cumplir las siguientes formalidades: A.En el caso de Personas Naturales: la firma deberá ser legalizada por un Notario B.En el caso de Personas Jurídicas: el documento deberá contener las facultades otorgadas al representante y la representación con la que actúa el Poderdante y su firma deberá ser autenticada por Notario C.En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán además ser legalizados por Funcionario Consular Peruano. (***)El pago se realiza por cada Acto Modificatorio (****)El pago se realiza por cada Denunciado (*****)Deberá presentarse copia de los documentos que acrediten la existencia de la Persona Jurídica, en caso de ser necesario (******)La copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, deberá adjuntarse a los requisitos establecidos para cada uno de los procedimientos. Oficina de Derechos de Autor Requisitos Calificación Dependencia dondeRecurso deAutoridad que Recurso deAutoridad que Derechos deAuto- Evaluación Previa se inicia elReconsideraciónresuelve la Solicitud Apelación resuelve la Formales Trámite (**)máticoS.A.S.A. procedimiento y la Reconsideración Apelación PositivoNegativoNo Regulado 1.Registro de Obras Literarias Inéditas o Publicadas 1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 0,05 UIT X Oficina de 0,09 UITJefe de la Oficina de 0,14 UIT Sala de 2. Un Ejemplar de la Obra (en el caso de las Obras publicadas, los Ejemplares Después Derechos deProcede dentroDerechos de AutorProcede dentro Propiedad deberán consignar en un lugar visible , los requisitos establecidos en los literales b )y j) del Artículo 99 del Decreto de 15 días Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual Legislativo 822) u Notificada la de Notificada la Tribunal de 3. La Autorización y/o Cesión de Derechos, en el que se especifique claramente los derechos cedidos, el tiempo de duración Oficina Resolución Resolución Indecopi el Territorio y si el Acto es oneroso o gratuito o la Declaración Jurada de poseer tal documento Descentralizada 4. Copia de los documentos que acrediten la existencia de la Persona Jurídica 5. Los poderes que fueren necesarios (*) 6. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español. En el caso de Poderes, además deberán contar con la correspondiente Visación Consular Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º / Decreto Legislativo 822 2.Registro de Base o Compilación de Datos 1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 0,10 UIT X Oficina de 0,09 UITJefe de la Oficina de 0,14 UIT Sala de 2. Un Ejemplar del soporte material se encuentre contenida la obra y en el caso que fuera publicada ,además deberá cumplir Después Derechos deProcede dentroDerechos de AutorProcede dentro Propiedad con los requisitos señalados en el Registro de Obras Literarias Publicadas de 15 días Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual 3. Memoria Descriptiva u Notificada la de Notificada la Tribunal de 4. La Autorización y/o Cesión de Derechos, en el que se especifique claramente los derechos cedidos, el tiempo de duración, Oficina Resolución Resolución Indecopi el territorio y si el acto es oneroso o gratuito o la Declaración Jurada de poseer tal documento Descentralizada 5. Los documentos que acrediten la existencia de la Persona Jurídica. 6. Los Poderes que fueren necesarios (*). 7. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español. En el caso de Poderes, además deberán contar con la correspondiente Visación Consular Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º / Decreto Legislativo 822