TEXTO PAGINA: 66
Pág. 189416 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de junio de 2000 ADUANAS Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delito de libramiento indebido RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000965 Callao, 27 de junio de 2000 VISTO, el Atestado Nº 022-2000-ADUANAS-PP/UIE del 6.JUN.2000; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación alcanzada por la Intendencia de Aduana Marítima del Callao con el Memorándum Nº 146-98-ADUANAS/0111 del 2.FEB.98, se tomó conocimiento de la devolución del cheque Nº 06898063-0 girado por la Agencia de Aduana Agentes Internacionales S.A. por falta de fondos; habiéndose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigacio- nes Especiales adscrita a Aduanas, para su indagación técnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad, con conocimiento de la Fiscalía Provincial Penal Especiali- zada en Delitos Tributarios y Aduaneros de Lima, se ha formulado el Atestado de Vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal por parte de ALEJANDRO ALBERTO QUEVEDO MORZAN y LUIS MIGUEL VIA- CAVA VALLE, quienes, en representación de la Agencia de Aduana Agentes Internacionales S.A., giraron el cheque Nº 06898063-0 del Banco Sur y lo presentaron ante el Banco Continental, a fin de cancelar los tributos correspondientes a la Declaración Unica de Importación Nº 006223-98; poste- riormente, el 26.JUN.98, el cheque en mención fue devuelto por el Banco Continental por falta de fondos y, requerido que fue por la Intendencia de Aduana Marítima del Callao para su cancelación dentro del término de Ley, el mismo no fue efectivizado; Que, los hechos anteriormente expuestos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran el delito CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOS - LIBRAMIENTO INDEBIDO, previsto y penado en el Artículo 215º inciso 1) del Código Penal, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Público de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley General de ADUANAS, Decreto Legislativo Nº 809; y, En ejercicio a las facultades establecidas por la Ley Orgánica y Estatuto de esta Superintendencia Nacio- nal, aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 01223, respectivamente; y en mérito a lo dispuesto por Resolu- ción Suprema Nº 168-99-EF del 22.ABR.99; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas para que en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales que hubiere lugar en contra de ALEJANDRO ALBERTO QUEVEDO MORZAN y LUIS MIGUEL VIA- CAVA VALLE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, debiéndose para el efecto remitírsele la documentación actuada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 7450CONASEV Autorizan viaje de funcionaria de la Gerencia de Emisores y Empresas a España, para participar en el "Segun- do Curso de Regulación y Supervisión para Supervisores de Mercados de Valores" RESOLUCION CONASEV Nº 037-2000-EF/94.10 Lima, 28 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores, ha cursado una invitación, para que represen- tantes de nuestra Institución asistan al "Segundo Curso de Regulación y Supervisión para Supervisores de Mer- cados de Valores", que se realizará del 3 al 7 de julio en Madrid - España; Que, mediante comunicación de fecha 28 de junio de 2000, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, informó al Ministerio de Economía y Finanzas su no objeción para que la participación de la señorita Jeanet- te Aliaga Farfán, Analista de la Gerencia de Emisores y Empresas, sea financiada con cargo a los recursos del Préstamo de Cooperación Técnica - BID Nº 1196/OC- PE; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la señorita Jeanette Aliaga Farfán, Analista de la Gerencia de Emisores y Empresas de la Comisión Nacio- nal Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, cuyos gastos, como se ha señalado, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y lo que éste no cubra por el mismo trabajador, no irrogando gasto alguno con cargo al presupuesto de esta Comisión Nacional; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupues- tario, aprobada por Resolución Ministerial Nº 292- 98-EF/15; y, Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 19 de junio de 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, del 2 al 8 de julio del 2000, de la señorita Jeanette Aliaga Farfán, Analista de la Gerencia de Emisores y Empresas de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONA- SEV, para asistir al "Segundo Curso de Regulación y Supervisión para Supervisores de Mercados de Valo- res", que se desarrollará en la ciudad de Madrid - España. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, será asumido con fondos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE; no significando gasto alguno con cargo al presupuesto de la Institución. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funciona- rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE DIAZ ORTEGA Presidente 7431