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Pág. 184455 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de marzo de 2000 Que, del análisis y evaluación de los documentos obrantes en autos y considerando que la servidora procesada no ejercitó su derecho a defensa al no presentar su descargo; pese a haber transcurrido en exceso el plazo previsto en la Ley, consecuente- mente subsisten los cargos presentados en su contra, acredi- tándose la grave falta administrativa en que ha incurrido tipifi- cado en los incisos a) y k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; concordante con el Inc. a) del Art. 17º de la R.M. Nº 0132-92-SA- P, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud; por lo que la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Hospital Nacional HIPOLITO UNANUE, ha concluido que se encuentran acreditadas las faltas administrativas que se le imputan; Que, mediante Informe Final Nº 006-99-CPPAD-HNHU, de fecha 29 de diciembre de 1999, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, recomienda a la autoridad correspondiente, de acuerdo al Inc. d) Art. 26º del D. Leg. Nº 276, Inc. d) Art. 155º del D.S. Nº 005-90-PCM, aplicar la respectiva sanción; En concordancia a la R.M. Nº 0141-87-SA-P; Estando a lo recomendación correspondiente; y, Con la opinión favorable de la Unidad de Personal; SE RESUELVE: 1º.- IMPONER, sanción administrativa de DESTITU- CION a la servidora doña María del Carmen NOVOA MENESES, con el cargo de Auxiliar de Enfermería I, Categoría SAB, de la Unidad Ejecutora 016 - Hospital Nacional HIPOLITO UNANUE; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 2º.- Registrar en el legajo personal de la servidora; asimismo remitir copia de la presente sanción a las instan- cias correspondientes. 3º.- Notifíquese la presente resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese y comuníquese. JOSE RICARDO ALBITES JARA Director Ejecutivo (e) Hospital Nacional "Hipólito Unanue" 2765 M T C Aprueban relación de inmuebles de la Dirección General de Correos que se- rán transferidos al capital social de SERPOST S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2000-MTC/15.03 Lima, 3 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 685, creó la empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anóni- ma, SERPOST S.A., otorgándole la concesión sin exclusivi- dad del servicio postal en todo el país con carácter de administración postal del Estado; Que, el Decreto Legislativo Nº 685, dispone que el patrimonio de SERPOST S.A., estará constituido por los bienes, muebles e inmuebles, tangibles e intangibles, de la Dirección General de Correos que no le sean indispen- sables para el desempeño de sus funciones, los cuales serán aportados por el Estado al capital de la empresa; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 24-94-MTC, dispone que la relación de bienes de la Dirección General de Correos que serán transferidos como aporte del Estado al capital social de la empresa SERPOST S.A., se aprobará mediante Resolución del Titular del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-99-MTC/ 15.03, se modificó la conformación de la Comisión designa- da a través de la Resolución Ministerial Nº 331-98-MTC/ 15.03., encargada de culminar el proceso de transferencia de los bienes muebles e inmuebles y acervo documentario a la empresa SERPOST S.A.; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales, me- diante los Oficios Nºs. 0204-2000/SBN-DPI, 0313-2000/SBN-DPI y 0334-2000/SBN-DPI, detalló cinco (5) bienes inmuebles, respecto de los cuales se ha verificado su situa- ción registral y otorgado conformidad a su tasación; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Legislativo Nº 685 y Decreto Supremo Nº 024-94-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la relación de cinco (5) inmuebles de la Dirección General de Correos, que serán transferidos como aporte del Estado al capital social de SERPOST S.A., cuyas características se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a las Oficinas competentes de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción ANEXO UBICACION DATOS REGISTRALES DEPARTAMENTO PIURA 1 Jirón Palacios y calle Lima s/n, distrito y Ficha Nº 9495 provincia de Morropón Registros Públicos de Piura. 2 Calle San Martín y calle s/n, distrito La Matanza, Ficha Nº 9488 provincia de Morropón Registros Públicos de Piura. 3 Calle Ayacucho y La Libertad s/n, distrito de Ficha Nº 9485 Castilla, provincia de Piura Registros Públicos de Piura. 4 Avenida Perú s/n, distrito Rinconada Llicuar, Ficha Nº 9484 provincia de Piura. Registros Públicos de Piura. 5 Calle Grau e Ica s/n, distrito Cristo Nos Valga, Ficha Nº 9486 provincia de Piura Registros Públicos de Piura. 2724 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delitos contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 117-2000-MTC/15.02 Lima, 3 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 04716011, Infor- me Nº 2224-99-MTC/15.18.05.3.smp elaborado por la Sub- dirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informe Nº 031-2000-MTC/15.18.01. de la Dirección de Asesoría Legal de la Dirección General de Circulación Terrestre; CONSIDERANDO: Que, la Comisaría de San Martín de Porres de la Policía Nacional del Perú mediante Oficio Nº 1206-CSMP-SIAT, ha remitido la Licencia de Conducir Nº S-010032/2D, presun- tamente falsificada a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial para la verificación correspondiente; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial ha procedido a revisar a través de la Base de Datos del Centro de Cómputo, Antecedentes Registrales y Padrón General a su cargo la autenticidad de la Licencia de Conducir Nº S-010032/2D a nombre del señor Avila Cárde- nas, Adrián, requisada por la Policía Nacional del Perú en operativos de control de tránsito; Que, conforme se aprecia en el informe que sustenta esta resolución, la Subdirección de Otorgamiento de Licen- cias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, ha detectado que el número de la licencia de conducir presentada por el sujeto antes mencionado corresponde a otra persona que resulta ser el verdadero titular, por lo tanto se ha determinado que aquélla es falsa; Que, los hechos descritos constituirían delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando