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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2000 (08/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 184467 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de marzo de 2000 ción de humos y gases tóxicos de las cajas al parecer de "baterías de vehículos" que estaban en combustión, los cuales estarían afectando la salud de la población ubicada a su alrededor; asimismo, se refiere que personal del Ministe- rio de Salud, ha ubicado un puesto de atención en la Casa Comunal del Sector y en el Centro de Salud José Olaya, así como cuatro ambulancias y que el día 5 de marzo del año en curso atendió aproximadamente a cien personas, de los cuales trece han sido derivadas al Hospital San José del Callao; Que, ante la gravedad de los hechos descritos prece- dentes y habiendo tomado conocimiento de los hechos que se detallan el doctor Luis Mauricio Espinoza Mallqui, Fiscal Provincial Provisional de la Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal de Turno del Callao, es necesario designarlo como Fiscal Ad Hoc, para que con retención de su Despacho, realice una exhaustiva investigación, con la finalidad de establecer las causas y circunstancias, así como las lesiones que se han producido en agravio de personas, e identificar a los presuntos responsables y de ser el caso, denunciarlos penalmente; En consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 1864 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623, y Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al doctor Luis Mauricio Espinoza Mallqui, Fiscal Provincial Provisional de la Cuar- ta Fiscalía Provincial en lo Penal del Callao, como Fiscal Ad Hoc, para que con retención de su Despacho, se avoque al conocimiento de los hechos descritos en el considerando de la presente resolución y proceda de acuerdo a sus atribucio- nes con arreglo a ley. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Co- misión Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Fiscal Superior Encar- gado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial del Callao; Encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Fiscal designado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 2798 S B S Emiten opinión favorable para que el Banco Sudamericano realice emisión de bonos de arrendamiento financiero RESOLUCION SBS Nº 0132-2000 Lima, 25 de febrero del 2000EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Sudamericano, para que se le autorice la emisión de bonos denominado "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudame- ricano - Novena Emisión", con plazo de cinco años, y hasta por la suma de US$ 30 000 000.00 (treinta millones y 00/100 dólares americanos); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su Artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos de arrendamiento financiero; Que, el Artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Regis- tro Público del Mercado de Valores, previa opinión favora- ble expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en la Junta General de Accionistas celebrada el 20 de febrero de 1999, se acordó la aprobación de un Programa de Emisión de Obligaciones cuyos plazos fluctuaran entre uno y diez años, por un monto máximo de US$ 50 000 mil, o su equivalente en MN y bajo distintas modalidades, delegando en el Comité Ejecutivo las facultades respecti- vas; el mismo que, en reunión realizada el 24 de junio de 1999, aprobó las características de la novena emisión de bonos de arrendamiento financiero, emisión que forma parte del referido programa; Que, el Banco Sudamericano ha cumplido con remitir la documentación requerida en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores y Circular Nº B-2014-98; Estando a lo informado por la Intendencia de Institu- ciones Financieras "C" y por el Departamento Legal a través de los Informes Nºs. ASIF "C"-026-OT/2000 y 149-2000- LEG, respectivamente; y, con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurí- dica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Sudamericano realice la emisión de bonos denomi- nado "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano - Novena Emisión", con plazo de cinco años, y hasta por la suma de US$ 30 000 000.00 (treinta millones y 00/100 dólares americanos), debiéndose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- Los recursos que capte el Banco Sudamericano de la emisión de bonos por oferta pública del valor a ser inscrito por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV- en el Registro Público correspondiente, deberán destinarse exclusivamente al fi- nanciamiento de sus operaciones de arrendamiento finan- ciero. Artículo Tercero.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 2734 Autorizan organización de la empresa Wiese Aetna Seguros de Vida RESOLUCION SBS Nº 0137-2000 Lima, 28 de febrero de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS