Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2000 (01/05/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 186132
CATEGORIAS: A: Restaurantes, Pollerias, Panaderias, Farmacias, Ferreterias, entidades Financieras, Establecimientos Industriales, Granjas, MORDAZA de juego de azar, Salones de MORDAZA Tragamonedas, Centros de Recreacion Campestre, playeros. A1: Grifos, Hostales y Discotecas-Video Pubs B: Servicio, profesionales y otros giros no comprendidos en las categorias A1 y A inafectos. Registrese, comuniquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 4799

NORMAS LEGALES
ARBITRIO DE LIMPIEZA S/. 30.00 mensual

MORDAZA, lunes 1 de MORDAZA de 2000

Articulo 7º.- Vencimiento de la Obligacion.La fecha del vencimiento de pago es el ultimo dia habil de cada mes. Articulo 8º.- Inafectaciones.Se encuentran inafectos al arbitrio de Limpieza Publica, los predios de propiedad de:

S/ 8.00 mensual

· Los Locales y Dependencias del Gobierno Municipal y la Comisaria del distrito. · El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. · Las entidades religiosas, reconocidas por el Estado, que MORDAZA destinados a conventos, monasterios, museos y fines similares. Articulo 9º.- Exoneraciones.Las exoneraciones genericas de tributos otorgados o que se otorguen no comprenden el arbitrio regulado en la presente ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones debera ser expreso. Articulo 10º.- Justificacion Tecnica de la Determinacion.De acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley Nº 26725, los importes aprobados en la presente Ordenanza tienen como justificacion, la estructura de costos del servicio de Limpieza Publica conforme se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de este dispositivo. Articulo 11º.- Criterios de Determinacion.Para determinar los arbitrios regulados por la presente Ordenanza se ha tomado en consideracion el costo de los servicios, estableciendose los usos de los predios y categorias senaladas en los Anexos Nºs. 02, 03, 04, 05 y 06; que forman parte integrante de la presente ordenanza, adoptandose los criterios siguientes: a) El valor determinado en la declaracion Jurada de autovaluo, tratandose de MORDAZA habitacion.(Anexo Nº 02 ) y predios de usos Comercial e Industrial (Anexo Nº 03). b) Cantidad de puestos de venta en los centros de abastos, mercados, MORDAZA feriales y similares (anexo Nº 04). c) Poblacion estudiantil tratandose de los centros educativos, por guardar relacion directa con el volumen de produccion de desperdicios. En el caso de los Centros Educativos Estatales se considera los subsidios senalados en los MORDAZA anexos respectivos (Anexo Nº 05). d) Capacidad de atencion a los pacientes, infraestructura, equipamiento y servicios especializados que prestan los Centros de Salud conforme a las categorias senaladas en el Anexo Nº 06. Para estos casos se han establecido tarifas sociales (Subsidiadas) segun la categoria respectiva senalada. Articulo 12º.- Montos del Arbitrio.Los montos del Arbitrio de Limpieza Publica a cobrar por el ejercicio del ano 2000 se encuentran detallados en los Anexos Nºs. 02, 03, 04, 05, 06, de acuerdo con los criterios de determinacion. Articulo 13º.- Rendimiento del Arbitrio.El rendimiento del arbitrio regulado por esta ordenanza constituye renta de la Municipalidad y sirven unica y exclusivamente para financiar sus costos. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- El costo del servicio del relleno sanitario se incluye en el arbitrio de limpieza Publica y representa el 15% del costo total. Segunda.- El costo de emision mecanizada y gastos administrativos.Se fija en la suma de 0.30 nuevos soles el monto mensual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de gastos administrativos y emision mecanizada y distribucion de los recibos de pago, de las liquidaciones del arbitrio de Limpieza Publica por el periodo correspondiente al ano 2000. Tercera.- La Secretaria General del Concejo, y la Direccion de Servicios Publicos y de Asesoria Juridica de la Municipalidad de MORDAZA el MORDAZA, quedan encargadas de gestionar ante la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana la ratificacion de la presente ordenanza. Cuarta.- Las Direcciones de Administracion y Finanzas y Servicios Publicos, quedan encargados de ejecutar la presente ordenanza. Quinta.- Quedan derogadas las disposiciones dictadas por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, en cuanto se opongan a la presente ordenanza. Sexta.- La Secretaria General de Concejo, queda encargada de la publicacion de esta ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA

Establecen regimen tributario del arbitrio de limpieza publica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2000/MVES MORDAZA El MORDAZA, 31 marzo de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO Que, los Gobiernos Locales tienen autonomia Politica, economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, con potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos Municipales, ejerciendo funcion normativa como lo establecen el Inc. 3) del Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26725, establece que las Tasas por Servicios Publicos se calcularan dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en funcion del costo efectivo del Servicio a prestar; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 109º y el Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades y con la votacion mayoritaria y legal del Concejo Municipal, se expide la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- Ambito de Aplicacion.Por la presente ordenanza, se establece en la Jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA el MORDAZA legal del Regimen Tributario del Arbitrio de Limpieza Publica. Articulo 2º.- Definicion.El Arbitrio de Limpieza Publica es la Tasa por el servicio de recoleccion, transporte, transferencia y disposicion final en el relleno sanitario. Articulo 3º.- Condicion de Contribuyente.La obligacion de pagar el arbitrio de limpieza publica, nace el primer dia de cada mes; en caso de transferencia del predio la obligacion nace el primer dia del mes siguiente de la transferencia. Articulo 4º.- Sujetos Pasivos.Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes del arbitrio regulado por la presente Ordenanza, los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, o de los predios que se encuentren desocupados o de aquellos ocupados o conducidos por terceros, bajo cualquier titulo. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirira la calidad de sujeto pasivo el poseedor del predio. Articulo 5º.- Definicion de predio.Para efectos de la aplicacion de la presente Ordenanza, se entiende por predio a toda vivienda o unidad habitacional, local, oficina o terreno. Articulo 6º.- Periodicidad y Determinacion.El arbitrio del servicio de limpieza publica es de periodicidad y determinacion mensual. La Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA emitira los recibos de cobranza al inicio de cada trimestre.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.