Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2000 (01/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 1 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de profesional de ESSALUD a Espana para realizar pasantia sobre histologia de organos trasplantados
RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2000-TR MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2000 VISTO: El Oficio Nº 111-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Barcelona, Espana, se llevara a cabo la PASANTIA EN HISTOLOGIA DE ORGANOS TRASPLANTADOS, organizada por el Instituto MORDAZA de la Salud, MORDAZA Universitaria de Bellvitge, del 1 de MORDAZA al 30 de junio del 2000; Que, el senor MORDAZA SOMOCURCIO MORDAZA, Medico Patologo del Departamento de Anatomia Patologica del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD; el numeral 1.5.1. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para el ano 2000 aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 0172000/003-FONAFE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA SOMOCURCIO MORDAZA, Medico Patologo del Departamento de Anatomia Patologica del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Barcelona, Espana del 1 de MORDAZA al 30 de junio del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; debiendo a su retorno presentar el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Pasajes Tarifa CORPAC : : : US$ US$ US$ 2,272.00 1,428.00 25.00

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 004-97-MTC/15.12, del 8.1.97 se aprobo el Reglamento de Infracciones y Sanciones de Aeronautica Civil, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 291-97-MTC/15.16, del 30.6.97; Que, se considera necesario brindar las facilidades correspondientes a las personas naturales o juridicas que brinden servicios aereos o que realicen actividades aeronauticas en general, con relacion al pago de las multas resultantes de la aplicacion del Reglamento de Infracciones y Sanciones MORDAZA citado; siendo pertinente el fraccionamiento del pago de la multa impuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil - Ley Nº 24882 y la Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion - Decreto Ley Nº 25862; Estando a las facultades descritas en el Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo Primero.- Podran acogerse al beneficio de fraccionamiento de pago de multas resultantes de la aplicacion del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Aeronautica Civil, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 004-97-MTC/15.12, del 8.1.97, las empresas de transporte aereo, talleres de mantenimiento aeronautico, centros de instruccion, personal aeronautico y controladores de MORDAZA aereo. El plazo para acogerse a este beneficio sera de treinta (30) dias contados a partir de la vigencia de la presente norma. Articulo Segundo.- A efectos de acogerse al beneficio del pago fraccionado, los infractores deberan presentar una solicitud con caracter de Declaracion Jurada, suscritas por aquellos o sus representantes legales, dirigida a la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. En caso existan impugnaciones en tramite, los infractores deberan desistirse de la pretension. Articulo Tercero.- La solicitud a la que se refiere el articulo anterior debera contener la siguiente informacion: - Identificacion del infractor. - Identificacion del representante legal, de ser el caso. - Numero de Resolucion que impone la multa. - Monto de la multa a fraccionar. - Numero de cuotas solicitadas. - Importe de cada cuota, incluyendo el interes del fraccionamiento. Articulo Cuarto.- Los infractores podran solicitar el fraccionamiento de la multa impuesta por un plazo minimo de dos (2) cuotas mensuales y un plazo MORDAZA de doce (12) cuotas mensuales. Articulo Quinto.- Cada cuota mensual esta compuesta por la cuota de amortizacion y los intereses de fraccionamiento. Articulo Sexto.- La aceptacion o denegacion de la solicitud de fraccionamiento compete al Director General de Transporte Aereo, el que tendra un plazo no mayor de siete (7) dias habiles para expedir la Resolucion Directoral correspondiente. Articulo Setimo.- La Direccion General de Transporte Aereo podra declarar la perdida del fraccionamiento por la falta de pago de (2) cuotas consecutivas o alternadas. Se entendera por falta de pago, la no realizacion del pago de la cuota correspondiente dentro del plazo previsto, asi como el pago parcial de la misma. Articulo Octavo.- Ocurrida la perdida del fraccionamiento se producen los siguientes efectos: - Se dan por vencidos todos los plazos, siendo exigibles las cuotas de fraccionamiento pendientes de pago, mas los intereses de fraccionamiento correspondientes. - Se procedera a la cobranza coactiva de la deuda. Articulo Noveno.- La Direccion General de Transporte Aereo declarara la perdida del fraccionamiento mediante Resolucion Directoral, en la que senalara el monto de la deuda actualizada a fin de proseguir con la cobranza coactiva. Articulo Decimo.- La Direccion General de Transporte Aereo adoptara las medidas mas convenientes para el cumplimiento de la presente Resolucion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 4822

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 4855

MTC
Otorgan beneficio de fraccionamiento de pago de multas resultantes de la aplicacion del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Aeronautica Civil
DECRETO SUPREMO Nº 017-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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