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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2000 (01/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 186130 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de mayo de 2000 Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca, Seguros y Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7 y 9 del Artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Precisar que las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del Artículo 20º de la Ley General son aquéllas referidas a inhabilitación o destitución originadas por infracciones consideradas muy graves conforme lo dispone el Reglamento de Sanciones. Artículo Segundo.- Los directores o gerentes de empresas supervisadas que hayan sido sancionados según lo señalado en el artículo anterior, no podrán ser organizadores, organizadores responsables, accionistas, directores, ni gerentes de empresas supervisadas, por un período de diez (10) años a partir de la fecha en que la sanción haya quedado firme. En caso de reincidencia, dicho impedimento será permanente. Artículo Tercero.- Las personas jurídicas que tengan como accionistas, directores, gerentes o representantes legales a los sancionados según lo señalado en el Artículo primero, no podrán ser organizadores, organizadores responsables o accionistas de empresas supervisadas durante los plazos señalados en el artí- culo anterior. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 4766 I N E I Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de abril del año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 116-2000-INEI Lima, 30 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legisla- tivo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Norma Legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la variación mensual que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar men- sualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumula- da del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de abril del 2000 y la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre de 1999 y aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcen- tual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 1994 = 100,0) correspondien- te al mes de abril del 2000: AÑO 2000 NUMERO VARIACION PORCENTUAL MES INDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 151,80 0,07 0,07 FEBRERO 152,53 0,48 0,55 MARZO 153,36 0,54 1,09 ABRIL 154,14 0,51 1,61 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, corres- pondiente al mes de abril del 2000, documento que contiene la Información Oficial de Precios al Consumidor.Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 4863 Aprueban Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril del año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 117-2000-INEI Lima, 30 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de Ajuste por Inflación del Balance General con Incidencia Tribu- taria, usando para tal caso de corrección, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informá- tica (INEI) publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, el INEI a fin de uniformizar los períodos base de los Indices de Precios que elabora, ha actualizado el período base del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando la Base: 1994 = 100,0, a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la serie de índices correspondiente a la anterior Base: 1990 = 100,0, así como la serie empalmada de la nueva Base: 1994 = 100,0, correspondientes al año 1999, y la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de abril del 2000, y del Boletín Mensual Sistema de Precios, que contiene la informa- ción oficial del Indice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que contiene la serie de índices correspondiente a la anterior Base: 1990 = 100,0, así como la serie empalmada de la nueva Base: 1994 = 100,0, correspondiente al año 1999, y del mes de abril del 2000, así como la publicación de la variación mensual y acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional. AÑO/MES NUMERO INDICE VARIACION PORCENTUAL BASE 1990 BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 1999 ENERO 1576,913340 141,940326 0,13 0,13 FEBRERO 1595,051057 143,572929 1,15 1,28 MARZO 1605,225768 144,488770 0,64 1,93 ABRIL 1614,513882 145,324807 0,58 2,52 MAYO 1617,392459 145,583912 0,18 2,70 JUNIO 1619,249211 145,751041 0,11 2,82 JULIO 1628,340027 146,569319 0,56 3,39 AGOSTO 1630,254205 146,741617 0,12 3,51 SETIEMBRE 1637,934146 148,182310 0,47 4,00 OCTUBRE 1646,259861 147,432900 0,51 4,53 NOVIEMBRE 1654,485355 148,922699 0,50 5,05 DICIEMBRE 1661,207974 149,527812 0,41 5,48 2000 ENERO 1662,570967 149,650497 0,08 0,08 FEBRERO 1668,572489 150,190703 0,36 0,44 MARZO 1674,926678 150,762653 0,38 0,83 ABRIL 1682,444095 151,439307 0,45 1,28 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual Sistema de Precios, que contiene la información Oficial del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril del 2000. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 4864