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Pág. 186144 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de mayo de 2000 sele copia autenticada de la presente resolución para los fines legales correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VARGAS DE ZELA Gerente de Registros 4829 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican ordenanza de la Municipali- dad de Villa El Salvador que establece tasa de estacionamiento vehicular en playas del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 069 Lima, 30 de marzo de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Villa El Salva- dor, mediante Oficio Nº 0063-2000-AMD1/MVES para la ratificación de la Ordenanza Nº 005-99-MDVES que esta- blece la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las playas de su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Admi- nistración Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 129-2000-SAT/04 y Oficio Nº 0134-00-SAT/MML de la Jefatu- ra del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planifica- ción y Presupuesto en su Dictamen Nº 033-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211; y, CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 213 de 23 de febrero de 1999, establece que a partir de su vigencia las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima fijarán a las Ordenanzas y Edictos que aprueben el número cardinal que les corresponda en forma correla- tiva continua, según el orden en que se promulguen; Que, la misma Ordenanza establece que los Acuerdos de Concejo, Decretos y Resoluciones Municipales, llevarán la numeración correlativa anual que les corresponda; Que, en tal virtud, las Ordenanzas Municipales deben llevar numeración correlativa continua sin referencia de año, a lo que en algunos casos no se está dando cumpli- miento, situación que es necesario corregir; ACORDO: Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 005-99-MVES de 11 de febrero de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio de 1999 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular, en las playas de su jurisdicción para el Ejercicio 2000. Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipalidad Distrital de Chorrillos que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referencia de año, conforme establece la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Tercero.- Señalar que la publicación del presente Acuerdo se deberá efectuar antes del 30 de abril, conforme establece el Artículo 2º de la Ley Nº 26725, que adiciona el Artículo 69-A al Decreto Legislativo Nº 776. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 4797MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican artículos del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administra- tivas de la municipalidad ORDENANZA Nº 192-2000-CDSB-C San Borja, 19 de abril de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su VI-2000 Sesión Ordinaria de fecha 06.04.2000, el Informe Nº 001-2000-CDSB-NTM de la Reg. Norma Tengán de Hokama, sobre la modificación del Reglamento de Aplicación de Sanciones Adminis- trativas y Cuadro de Infracciones y Sanciones Admi- nistrativas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 185-2000-CDSB-C se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Admi- nistrativas, así como el Cuadro de Infracciones y Sancio- nes Administrativas; Que, mediante el informe indicado en la parte exposi- tiva de la presente Ordenanza, la Regidora Norma Tengán de Hokama, señala que en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, aprobado mediante la Ordenanza Nº 185-2000-CDSB-C, se han verificado errores en su redacción siendo necesaria su modificación; Con el voto aprobatorio en mayoría de los miembros del Concejo Municipal y la abstención del Reg. Javier Morales Rueda, y a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero .- Modificar los Artículos 27º y 32º de la Ordenanza Nº 185-2000-CDSB-C que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Borja, quedando como sigue: Artículo 27º.- SANCION DE DEMOLICION Y/O DES- MONTAJE La sanción de demolición será impuesta por la Direc- ción de Desarrollo Urbano mediante Resolución Directo- ral. La orden de demolición y/o desmontaje deberá ser ejecutada por el infractor en el plazo máximo de treinta (30) días calendarios contados a partir de la fecha de la notificación de la Resolución. Artículo 32º.- RECURSO DE APELACION El Recurso de Apelación se interpondrá, cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió la Resolución y/o Multa para que eleve lo actuado a la Comisión de Asuntos Legales y Secretaría de Concejo, quien actuará como segunda y última instancia. El término para la interposición de este Recurso es de quince (15) días y deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días, expidiéndose la correspondiente Resolución de Concejo. Con esta Resolución queda agotada la vía administrativa. Artículo Segundo.- Modificar el Cuadro de Infraccio- nes y Sanciones Administrativas, en la División de Control Urbano de la Dirección de Medio Ambiente y Servicios, según anexo adjunto 01. Artículo Tercero .- Rectifíquese el error material ob- servado en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Adminis- trativas en cuanto a que la División de Policía Municipal depende de la Dirección de Seguridad, según anexo 02. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde